SUPERTRANSPORTE - Resolución 2942 de 2012
Superintendencia de Transporte
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Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Resolución 2942 de 2012
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2012
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTER IO DE TR ANSPORTE SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCION No DE 2 4 ABR. 2012
002942 Por medio de 1a cual se fust,fica una contratación directa LA SECRETAR IA GENERAL, en uso de sus funciones y en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993. Ley 1150 de 2007 y sus Oec,eto Reglamenlario, y CONSIDERANDO: Que la supenntendencia de Puertos y Transporte es un organismo de naturaleza ptiblica creada por la Ley 1•, de confom1idad con la delegación otorgada por el Presidente de lo República, mediante Decreto 101 de 2000, Decreto 1016 de 2000 y Decreto 2741 de 2001, adscrita al Mir'listerio de Transporte, la cual tiene a su cargo las funciones de inspección, vigilancia y control que le corresponden al Presidente de la República como Suprema .Autoridad Administrativa en materia de Tránsito y Transporte y su infraestructura. Así, al pertenecer a la naturaleU; pública, esta Superintendencia e$lá sometida a los principios de la fur"lción administrativa y, como consecuencia de ello, en el desarrollo del norte institucional que se indicó, debe procurar al máximo la aplicación de Jos postulados de la buena te, igualdad, moralidad, celeridad. economía, imparetalidad, eficacia, eficiencia, participación. publicidad. responsabilidad y transparencia, cumpliendo a satisfacción la prestación del servicio de inspección. vigilancia y control que se lo ha encomendado. Es por ello, teniendo en cuenta las íunciones asignadas a la Superintendencia de
cumpliendo a satisfacción la prestación del servicio de inspección. vigilancia y control que se lo ha encomendado. Es por ello, teniendo en cuenta las íunciones asignadas a la Superintendencia de Puertos y Transporte que tiene como objetivos fundamentales. supervisar el cumpJimienlo de la norrnatividad vigente en el sector transporte. vigilar las concesior.cs portuarias y operadores portuarios tanto madtimos como fluviales, asi como ejercer las funciones de inspección y vigilancia y control. sobre todos los organismos de transito del po.is, los altos funcionarios de la entidad maneJan y conocen temas delicados de interés nacional y de carácter reservado. que hacen que aumenlen el riesgo en su segwidad. Lo anterior y con fundamento en el COr"ICepto que brindó la Unidad Nacional de Protección1 donde recomienda a la Superintendencia de Puertos y Traosporte, ·1a ' Ellti:l:tC.:: élead:t /Tlt"Jr.Jnlc <lefiQ •OG$ 08' 3fi de QctUbra de 2011 CO!l'IO Uold;:.d /\r.'-ni'li:;.1.it,-.·3 t.swcia! d!N o;O:ri nac10.'l&I, adficrl!e al M!nl9tetlo dl!! lñléli:lr cuyo abjr.:i.•o C$ el d;;-a"t.ac:uiar coo101nar y eje-cu!at la p:é':11acldn d::l .sc:,.iicio oo -::11>'!ec::
i:':n .:i q1.cnr.$ dt:1orm1no ol (:,ot,1emo N&ciorial qut:' poi >'irh.d de "'fi a::t/.-i(:l;il)it.. oJn:,X;,:,net o sitv::iaone:1 ;o!lbcaa. pilbliee.s. go:i11:e9 1'11.rn11nilfif1:1!1,, <.:1111:m:iter. elnic.o:;. do 9&,ero. dfi $fi t&ld&ü dfi .,\<.:tima fi l;I VQIG<'loa, di:r.p'.iiit.:ir.o, dr.,;pl;i,-,¡i(lo. ;;Q1'-/\&11 de deraohos h11msoc,s.. se en:: llenlren er, sr.wio:ón fie nefio e>.':fS!Oí(f óll:lo o ex:rcrno de tulflr canfi cor,1u:i su '1ic'u, ir..tr.grii.;id, lbi;filld. >' $C;¡:aria.ad penanal o fi,) r:u:<il'I al e;ercieio Dv "" e.argo plbloo u olmll .iictA·.id.)d(l$ .q11c pvOOan generar r,&sgo e11b'30Allii.:,ii::- o:irno el !lder:ug() $!nt1k;11 de ONG '/ de 9111po-s dfi perfin.,i:s Oespi&t&'J39 9.f'Sl'!lil':ir l:s o rltJr,id.aé, cf.c.enei;; s:; '-lor.e1ds.o de lafi me:: dSíl ui: !le olor ;inRESOLUCION Nq'.)029fi2 DE 2012 2 4 ABR. 2012 Hota No, 2
Por medio de la cual se justifica fa contratación directa adopción de medidas de protección, para salvaguardar los derechos a la \11da. integridad, libertad y seguridad de sus aJtos funcionarios. Que la ley 1150 de 2007 ''por medio de ta cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la ley 80 de 1993 y se diclan otras disposiciones generales sobre la contratación con recursos públicos" y, previo en su Art. 2 modificado por el artículo 92 de fa Ley 147'1 de 2011 una de sus modalidades para la selección de contratistas denominada CONTRATACIÓN DIRECTA, Que el literal e del numeral 4 a,ticulo 2 de la ley 1150 de 2007 modificado por el articulo 92 de la Ley 1474 de 2011, estableció el "contrato lnteradrninistrativofi y Articulo 3.4.2.1.1 del decrelo 0734 de 201 serialo que el c.ontrato interadministrativo se realizara con entidades q1..1e tengan relactón directa con el objeto de la entidad ejecvtora, Que de acuerdo con el Articulo 3 4, 1.1º del decreto 0734 de 2012-. se hace necesario que la erHidad contratante reatice previamente al dar inicio al proceso precontractual un ac-to administrativo que justifique el procedimiento a seguir en el futuro proceso de contratación. Que la Superintendencia de Puertos y Transporte, ha identificado la necesidad de 1Je11ar a célbo la contratación para la prestar los servícios de protección y seguridad a tos funciona.nos de la Superintendencia de Puertos y Transpone pot los riesgos que en razón a su cargo y funciones puedan atentar contra su vida e integndad ñsica. Lo
a célbo la contratación para la prestar los servícios de protección y seguridad a tos funciona.nos de la Superintendencia de Puertos y Transpone pot los riesgos que en razón a su cargo y funciones puedan atentar contra su vida e integndad ñsica. Lo anterior y con fundamento en el concep10 que btmdó la Untdad Nacional de Protección2 donde recomienda a ta Superintendenci a de Puertos y Transporte, la adopción de medjdas de protección, para salvaguardar los derechos a la vida, integridad, libertad y seguridad de sus altos funcionarios. Que de acuerdo a lo expuesto se elabotar◊n los estudios y documentos previos respectivos para la contratación que se comenta. según lo señalado en el Articulo 2, 1.1" del decreto 0734 de 2012-, por parte de la Secretaria General. Que la UNIDAD NACIONAL DE PROTECCION es una entidad creada mediante decreto 4065 del 31 de octubre de 2011 como Unidad Administrativa Especial del orden nacional. adscrita al Ministerio del Interior cuyo objetivo es el de articular coordinar 'I ejecutar la prestación del servicio deprotección a quienes determine el Gobierno Nacional que por virtud de sus actividades, condiciones o situaciones politicas, públicas. sociales, humanitarias. culturales, étnicas, de género, de su calidad de victima de ta violencia. desplazado. desplazado, activista de derechos humanos. se encuentten en situación de riesgo extraordinario o extremo de sufrir daños contra su vida, íntegridad. libertad, y seguridad personal, o en razón a1 ejer<:ício de un cargo público u otras actividades (¡ue puedan generar riesgo extraordinan o, como el liderazgo sindical, de
libertad, y seguridad personal, o en razón a1 ejer<:ício de un cargo público u otras actividades (¡ue puedan generar riesgo extraordinan o, como el liderazgo sindical, de ONG y de grupos de personas desplazadas y garantizar la oportunidad, eficiencia e idonei dad de las medidas que se otorgan Que por ser la UNIDAD NACIONAL DE PROTECCION una de las entidades señaladas en el arlículo 2 de la Ley 80 de 1993 y cumpliendo los requisitos que permito que ta presenle contratación se adelante mediante contratación directa. Que para el proceso de contratación se cuenta con los certificados de disponibilidad presupuesta! No . 20412 y 20512 del 24 de abril de 2012. Que en ménto de lo espuesto se,RESOLUCION No. 0029fi2 DE2012 2 4 ABR. 2012 Hola No. ] Por medio de fa cual se justifica la contratac¡ón directa RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar justificada la modalidad de selección directa para la celebración de un contrato imeradministrativo cuyo objeto es prestar los servicios de protección y segur idad al Superintendente de Puertos y Transporte por los riesgos qu-e en razón a su cargo y runciones puedan atentar contra su vida. integridad. libertad y seguridad; en la modalidad de contratación directa, con la UNIDAD NACIONAL DE
PROTECCION.
ARTICULO SEGUNDO.- Determinar el cumplimiento de lo señalado en la ley 80 de 1993 y 1150 de 2007 y su decreto reglamentario. la contratación objeto del presente .acto fidministrativo reúne además del objeto antes sel'ialado tas siguientes caracteristicas: a} Señalamiento de la Causal que se invoca:
1993 y 1150 de 2007 y su decreto reglamentario. la contratación objeto del presente .acto fidministrativo reúne además del objeto antes sel'ialado tas siguientes caracteristicas: a} Señalamiento de la Causal que se invoca: La contralación que se analiza en el presente tiene como soporle legal lo seilalado en la Ley 80 de 1993, articulo 2º, Ley 1150 de 2007. artículo 2º numeral 4°, literal c} 2007 modificado por et articulo 92 de la Ley 1474 de 2011 y Decreto 0734 de 2012, artículos 2.1. 1, 3.4.1.1 y 3.4 .2.1.1 Ley 80 de 1993, articulo 3° : ,AR'f iCULO 3o. DE LOS FINES DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL. Los seNidores públicos tendrán en consideración que al celebrar con/rotos y coo la 01ecuciót1 de los mismos. las entidades !)asean el cumplimiento de los fines estatales, la conlinua y Gficiente preslación de los servicios públicos y la efectividad de los clorecllos e inlereses de los administrados qoe colaboran con ellas en la consecución de dichos fines. Los particulares, por su parle, iendrtm eo cventa al celebror y ejecuta, contratos con fas enlidDdos estatales qoe, colaboran con ella!i eo el rogw de sus finos y cumplen uoa fuoción social qoe. como tal, implica obligaciones, Ley 1150 de 2007, articulo 2' numeral 4°, literal c):
ARTÍCULO 2o. DE LAS MODALIDADES DE SELECCIÓN. La CSCOrJ$0Cia del
Ley 1150 de 2007, articulo 2' numeral 4°, literal c): ARTÍCULO 2o. DE LAS MODALIDADES DE SELECCIÓN. La CSCOrJ$0Cia del coolmtista se efecluani con arreglo n /ns mod(llldades de selección de fic,tación públics, selección abreviada, concorso de mén'tos y co11tr-a1sci6r, directa, con base en las siguientes reglas: ( ... )
4. Controtación directa. l.s modalidad de sclacci6n (le cuntralación dirccrfi. solamente procederá e,) ros sigoientes casos: (. . .) e) <Inciso 10. modificado por el articulo 92 de la Ley 1474 de 2011. Ef nuevo texto es el siguienle:> Contratos interadministrativos. siempre que las oblt9ac1ones derivadas del mismo tengan relación directa con el objeto de la entidad ejecutora señalado en la ley o en sus reglamentos. fi-----------------------'fiRESOLUCION No. 002942 DE 2012
Por medio do la cual se Justifica la contratadón directa 2 4 ABR. 2012 HOia No, a Se exceptúan Jos contratos de obra. suministro, prestación de. serv,c,os de evaluación de conformidad respecto de Jas not1nas o reglamentos técnicos. encargos fiduciarios y fiducla púb lica cuando las instituciones de educación superior púb lfcas o las Sociedades de Economía MiX1a con participación mayoritaria del Estado. o las personas jurídicas sin ánimo de lucro conformadas por la asociación de entidades públicas, o las federacion es de entidades territoriales sean fas ejecutoras. Estos contratos podrán ser ejecutados por las
mayoritaria del Estado. o las personas jurídicas sin ánimo de lucro conformadas por la asociación de entidades públicas, o las federacion es de entidades territoriales sean fas ejecutoras. Estos contratos podrán ser ejecutados por las mismas, siempre que participen en procesos de licitación púbfica o contratación abreviada de acuerdo con lo dispuesto por los numerales 1 y 2 del presente articulo Decreto 0734 de 2012 arocuto 3.4.2.1.1: "Articulo 3.4.2.1 , 1" Contratos interadrninistrativos . Las entidades señaladas er1 el articulo 2" de la Ley 80 de 1993 celebrarán directamenle contratos enlre ellas. siempre que las obligaciones del mismo tengan relación directa con el objeto de la entidad ejecutora. Cuando fuere del caso y de con fom1idad con lo dispuesto por las n ormas 0r'Qánicas de presupuesto serán objeto del correspondiente registro presupuestal . b} Presupuesto para la Contratac ión: Se estableció como presupuesto oficial la suma de CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES DE PESOS M/CTE ($133.000.000) incluido IVA. los cuales se cancelarán con cargo a los certificados de disponibilidad presupuesta! No. 20412 y 20512 del 24 de abril de 2012 . de acuerdo al presupuesto de la Superh1tendencia de Puertos y Transporte para la presente vigencia, e) Lugar donde so pueden consultar los estudios y documentos previos El estudio de conveniencia y oportunidad se podra consu ltar físicamente en las instalaciones de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la Calle 63 No. 9'-45.
e) Lugar donde so pueden consultar los estudios y documentos previos El estudio de conveniencia y oportunidad se podra consu ltar físicamente en las instalaciones de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la Calle 63 No. 9'-45. ARTICULO TERCERO. Contra el presente acto no proc<>de recurso alguno, de confonnióad con lo establecido en el artículo 49 del Código Contencioso Administrabvo ARTICULO CUARTO. Ordenar la publicación del presente acto administrativo en el SECOP. ARTICULO QUINTO. Vigencia.• La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición PU fi . LíQUES fi MP fi ,r I lr/,,.,... L._(_---.;; 2 4 ABR. 2012 ADELA DEL PILAR PARRA GONZÁLEZ Secretaria General (E) -- --. ---