SUPERTRANSPORTE - Resolución 3043 de 2015
Superintendencia de Transporte
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Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Resolución 3043 de 2015
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2015
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
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SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN No DE 000030fi;3 12 FEB. 2015· "Por medio de la cual se justifica una contratación directa". LA SECRETARIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios, las Resoluciones 5731 de 2012 y 7730 de 2013 de Supertransporte, y CONSIDERANDO: Que la Superintendencia de Puertos y Transporte es un organismo de naturaleza pública creada por la Ley 1 ª de 1991, adscrita al Ministerio de Transporte, la cual, de conformidad con la delegación otorgada por el Presidente de la República mediante Decretos 101 de 2000, 1016 de 2000 y 27 41 de 2001, tiene a su cargo las funciones de inspección, vigilancia y control que le corresponden al Presidente de la República como suprema autoridad administrativa en materia de tránsito. y transporte y su infraestructura. Que conforme a su la naturaleza pública, la Superintendencia de Puertos y Transporte está sometida a los principios de la función administrativa y, por ende, debe procurar al máximo la aplicación de los postulados de la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia,
aplicación de los postulados de la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia, cumpliendo a satisfacción la prestación del servicio de inspección, vigilancia y control que se le ha encom1ndado. Que mediante Resoluciones 5731 de 2012 y 7730 de 2013 se faculta a la Secretaría General de la Superintendencia de Puertos y Transportei para adelantar todos los trámites y suscribir todos los actos inherentes a la actividad contractual. Que la Superintendencia de Puertos y Transporte, funcionó en el Edificio Estación de la Sabana, ubicado en la calle 13 No. 18-24, y se trasladó en el año 2011 a la sede actual, ubicada en la calle 63 # 9 A - 45. Que las condiciones de la sede, en la cual se presta e,I servicio actualmente, son óptimas para el funcionamiento de la entidad, para sus funcionarios y para la atención al público que diariamente visita sus instalaciones, y sus condiciones de seguridad y salubridad son adecuadas. Que el área de dos mil doscientos metros cuadrados (2.200 Mts.2), es propicia para la prestación del servicio de la Superintendencia de Puertos y Transporte. Que se elaboraron por parte del Coordinador del Grupo Administrativo los estudios y documentos previos respectivos para la contratación en mención, según lo previsto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y el Decreto 151 O de 2013. Que el día 12 de febrero de 2015, se reunió el comité de contratación y en el cual se expuso por
de 1993, Ley 1150 de 2007 y el Decreto 151 O de 2013. Que el día 12 de febrero de 2015, se reunió el comité de contratación y en el cual se expuso por parte del coordinador administrativo, la necesidad de contratar el arrendamiento de losRESOLUCION OOD o 3 ofi 3 DE 2015 1 z FEB. 2015. HoiaNo. 2 Por medio de la cual se justifica una contratación directa inmuebles ubicados en la Avenida calle 63 No. 9A - 45 y Avenida calle 63 No. 9A - 57, y se procedió a su aprobación por parte del comité, hecho que reposa en el acta del mismo día. Que la Ley 1150 de 2007 "por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con recursos públicos" previó en su artículo 2° , la contratación directa como una de las modalidades para la selección de contratistas. Que el bien objeto del contrato de arrendamiento está conformado por dos (2) inmuebles contiguos que se encuentran plenamente individualizados como cuerpo cierto y conforman una unidad inmobiliaria. Que se establficjó como presupuesto oficial la suma de SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLOfiES. CIENTO CINP4Efi,rfi :V. ,ocyp MIL DOSCIENTOS TREINTA v SEIS PESOS M/CTE ($734.158.236.oo) incluido IVA, que la contratación se encuentra respaldada por su respectivo Certificado de Disponibilidad Presupuesta!, de acuerdo al presupuesto de la Superintendencia de Puertos y Transporte para la presente vigencia.
M/CTE ($734.158.236.oo) incluido IVA, que la contratación se encuentra respaldada por su respectivo Certificado de Disponibilidad Presupuesta!, de acuerdo al presupuesto de la Superintendencia de Puertos y Transporte para la presente vigencia. Que los Estudios Previos, el contrato derivado del presente Acto Administrativo y todos los documentos relacionados con este proceso de contratación se podrán revisar, en la página web www. colombiacompra. gov. co. Que en mérito de lo expuesto RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar justificada la contratación directa para el arrendamiento de un bien conformado por dos (2) inmuebles contiguos que se encuentran plenamente individualizados como cuerpo cierto y conforman una unidad inmobiliarii; para efectos del presente contrato son las aéreas ubicadas en el SEGUNDO Y TERCER NIVEL de los inmuebles identificados con la direcciones Avenida calle 63 No. 9 A - 45 y Avenida calle 63 No. 9 A - 57 de la ciudad de Bogotá, con matrículas inmobiliarias números 50C-15729 y 50C-718800, con un área aproximada de dos mil doscientos metros cuadrados (2.200 Mts.2). ARTICULO SEGUNDO. Contra el presente acto no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencjoso Administrativo, Ley 1437 de 2011. ARTICULO TERCERO. - La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dado en Bogotá, a los 12 FEB. t015 tllL ,,ja¡uuu¿(Ji ALEXfiVARRO ERAZO Secretaria General
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, a los 12 FEB. t015 tllL ,,ja¡uuu¿(Ji ALEXfiVARRO ERAZO Secretaria General
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Elaboró: Fabián Andrés Oiaz Olarte - Asesor Secretaria General
Revisó: Mauricio Gracia Oíaz -Asesor Secretaria General
Aprobó: Juan Manuel Cipagauta Correa - Coordinador Administrativo