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SUPERTRANSPORTE - Resolución 3065 de 2009

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 3065 de 2009
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2009

REPÚBLICA DE COLOMBIA

M I N I S T E R I O D E T R A N S P O R T E

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE

RESOLUCION No 003065 DE 2009

(02 MARZO 2009 )

Por la cual se reajusta el valor de las fotocopias en cumplimiento del artículo 29 de la resolución No. 1075 del 11 de Diciembre de 2000

EL SUPERINTENDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 25 de la Ley 1 de 1991, el parágrafo del artículo 40 del Decreto 101 de 2000, el numeral 18 del artículo 7 Decreto 1016 de 2000, modificados por el Decreto 274 de 2001, articulo 6 numeral 20, y

CONSIDERANDO

Que mediante resolución No. 1075 del 11 de Diciembre de 2000, se estableció el procedimiento interno para la atención de peticiones, quejas y reclamos sobre las materias de competencia de la Superintendencia de Puertos y Transporte.

Que de acuerdo al artículo 29 de la resolución No. 1075 del 11 de diciembre de 2000, el valor de las fotocopias se reajustará cada año conforme a la meta de inflación como estimativo del comportamiento de los precios del año en que se aplican dichos valores de acuerdo al artículo 3 de la Ley 242 de 1995.

Que la resolución No. 1374 de febrero 9 de 2007, se fijó el valor unitario de las

estimativo del comportamiento de los precios del año en que se aplican dichos valores de acuerdo al artículo 3 de la Ley 242 de 1995.

Que la resolución No. 1374 de febrero 9 de 2007, se fijó el valor unitario de las fotocopias expedidas por la Superintendencia, en la suma de ciento cuarenta y nueve pesos $149.oo M/L,

Que para el año 2009, la junta directiva del banco de la República, en su sesión del 21 de noviembre de 2008, fijó la meta de inflación del año 2009 en el rango entre 4.5% y 5.5%, con el 5% como meta puntual para efectos legales, por lo tanto aplicando a ciento cuarenta y nueve pesos $149.oo a la meta de inflación antes mencionada se obtiene el siguiente valor:

AÑO META DE INFLACION VR. REAJUSTE VR. FOTOCOPIA

2009 5% 7.45 $ 156.45RESOLUCION No 003065 DE 02 DE MARZO 2009 .

Por la cual se reajusta el valor de las fotocopias en cumplimiento del Art. 29 de la resolución 1075 del 2000

2 Hoja No. Hoja No. Hoja No. Hoja No.

Que de acuerdo con el cálculo anterior, se debe ajustar el valor de la fotocopia a ser cobradas en la vigencia del año 2009, aproximado a valor absoluto de $ 156.45 es decir dejar el valor de las fotocopias en ciento cincuenta y seis pesos ($ 156.oo) Moneda Legal.

cobradas en la vigencia del año 2009, aproximado a valor absoluto de $ 156.45 es decir dejar el valor de las fotocopias en ciento cincuenta y seis pesos ($ 156.oo) Moneda Legal.

Que en desarrollo del artículo 24 del Código Contencioso Administrativo, este Despacho puede modificar la tarifa anteriormente establecida como costo unitario de las fotocopias, por razón de la actualización de sus costos.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: Fijar para el año 2009, en ciento cincuenta y seis pesos $156.oo el valor unitario de las fotocopias expedidas por la Superintendencia de

Puertos y Transporte.

ARTICULO SEGUNDO: El valor de las copias deberá consignarse en la cuenta corriente No. 050-00125-4 del Banco Popular Tasa de Vigilancia código No. 04, debiendo presentar ante la Tesorería de la Superintendencia de Puertos y Transporte copia de la consignación con el fin de autorizar la expedición de las respectivas fotocopias.

ARTICULO TERCERO: Dejar sin efecto la Resolución 1374 del 09 de febrero de

2007.

ARTICULO CUARTO: Por Secretaria General publíquese el presente acto administrativo en el diario Oficial y en la página Web de la Entidad, por ser carácter general según disposición de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO: La presente decisión rige a partir de la su fecha de su publicación.

Dada en Bogotá, D.C., a los

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

ARTÍCULO QUINTO: La presente decisión rige a partir de la su fecha de su publicación.

Dada en Bogotá, D.C., a los

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

CARMEN ANTONIA MARTIN BACCI Superintendente de Puertos y Transporte (E)

Proyectó: Jenny Sofía Solano Dumar – Grupo Administrativa Revisó. Ana Mercedes Pinto Betancourt – Coordinadora Grupo Administrativa Vo.Bo: Dr. Gustavo de Jesús Arroyave A. – Jefe Oficina Jurídica con funciones de Secretario Gral.

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