SUPERTRANSPORTE - Resolución 329 de 2011
Superintendencia de Transporte
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Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Resolución 329 de 2011
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2011
REPÚBLICA DE COLOMBIA • LlbMad y 0tdfi1
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE
RESOLUCION No 000329 DE O 8 MAR. 2011
Por medio de la cual se justifica una contratación directa LA SECRETARIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere la Resolución No. 024535 de noviembre 29 de 2010, y CONSIDERANDO: Que la Supertransporte es un organismo de naturaleza pública creada por la Ley 1ª, de 1991 de conformidad con la delegación otorgada por el Presidente de la República, mediante Decreto 101 de 2000, Decreto 1016 de 2000 y Decreto 2741 de 2001, adscrita al Ministerio de Transporte, la cual tiene a su cargo las funciones de inspección, vigilancia y control que le corresponden al Presidente de la República como Suprema Autoridad Administrativa en materia de Tránsito y Transporte y su infraestructura. Que se hace necesario contratar UN (1) ABOGADO TITULADO, para desarrollar el / siguiente objeto contractual: "El contratista se obliga para con la Superintendencia de Puertos y Transporte, a prestar sus servicios profesionales en la Superintendencia Delegada de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor, previa designación en uno de los grupos internos de trabajo por parte del Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte, apoyando las actividades que le sean asignadas con el fin de dar cumplimiento a las , funciones y competencias de la Superintendencia Delegada, según su experiencia, formación académica y el alcance de las obligaciones generales y específicas contenidas en el contrato."
apoyando las actividades que le sean asignadas con el fin de dar cumplimiento a las , funciones y competencias de la Superintendencia Delegada, según su experiencia, formación académica y el alcance de las obligaciones generales y específicas contenidas en el contrato." Que se elaboraron los estudios y documentos previos respectivos para la contratación que se comenta por parte de la Superintendencia Delegada de Tránsito y Transporte Terrestre I Automotor, según lo señalado en el artículo 3 del decreto 2474 de 2008. Que se cuenta con los recursos necesarios para cubrir las contrataciones conforme al certificado de disponibilidad presupuesta! No 16311 del 08 de marzo de 2011, con cargo al 1 presupuesto de la Superintendencia de Puertos y Transporte vigencia 2011. Que en atención al objeto de la contratación se adelantará un contrato de prestación de servicios conforme al artículo 1 del Decreto 4266 de noviembre 12 de 201 O, modificatorio del articulo 82 del Decreto 2474 de 2008 el presente contrato se puede celebrar directamente. Que el señor MIL TON JAVIER BOLAÑOS ZAMBRANO cumple con los requisitos / requeridos en los estudios y documentos previos. Que conforme al artículo 77 del decreto 2474 de 2008 y providencia del Consejo de Estado fi . del 06 de Agosto de 2009, M.P. Ramiro Saavedra Becerra, Expediente No, 37.044 se hace necesario justificar la contratación directa que se invoca. Que en mérito de lo expuesto la Secretaria General: N 1 íRESOLUCION No. o o o 3 2 9 DE O 8 MAR. 2011 HolaNo. 2 Por medio de la cual se justifica una contratación directa.
RESUELVE:
N 1 íRESOLUCION No. o o o 3 2 9 DE O 8 MAR. 2011
HolaNo. 2 Por medio de la cual se justifica una contratación directa.
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar y señalar como causal para la celebración de esta modalidad de contratación directa con MIL TON JAVIER BOLAÑOS ZAMBRANO /
identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.085.248.305/ para que preste sus servicios profesionales como abogado titulado, en el Grupo Investigaciones a Informes Únicos de Infracciones de Transporte de la Superintendencia Delegada de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor, en los temas de su competencia, según el alcance de las actividades / que se establecen como obligaciones, y las demás actividades que le sean asignadas de acuerdo con su perfil. ARTICULO SEGUNDO.- Determinar el cumplimiento de lo señalado en el artículo 77 del Decreto 2474 de 2008, la contratación objeto del presente acto administrativo reúne además del objeto antes señalado las siguientes características: a) Señalamiento de la Causal que se invoca: Se ha determinado en cumplimiento de lo dispuesto en el literal h, numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el artículo 1 del Decreto 4266 de noviembre 12 de 2010, modificatorio del artículo 82 del Decreto 2474 de 2008, la modalidad de contratación directa. b) Presupuesto para la Contratación:
12 de 2010, modificatorio del artículo 82 del Decreto 2474 de 2008, la modalidad de contratación directa. b) Presupuesto para la Contratación: Se estableció como presupuesto oficial la suma de DIECISEIS MILLONES DOSCIENTOS / MIL PESOS ($16.200.000), conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. / 16311 del 08 de marzo de 2011, con cargo al presupuesto de la Entidad. Se exigirá al contratista que demuestre los requisitos de idoneidad y experiencia directamente relacionados con el objeto de la presente contratación de acuerdo con los estudios y documentos previos de febrero de 2011. e) Lugar donde se pueden consultar los estudios y documentos previos El estudio de conveniencia y oportunidad se podrá consultar físicamente en la Oficina de la Coordinación Administrativa de la Secretaria General, ubicada en la Calle 13 No. 18-24, Estación de la Sabana, tercer piso, edificio número 1. ARTICULO TERCERO. Ordenar al Coordinador del Grupo de Notificaciones disponer lo necesario para que se publique el presente acto administrativo en la página web de la entidad, lo cual deberá hacerse a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su expedición. ARTICULO CUARTO. Vigencia.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C, a los O 8 MAR.
Elaboró: Alejandra Tovar Góme( .TA GUERRA fi'
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