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SUPERTRANSPORTE - Resolución 3641 de 2018

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 3641 de 2018
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2018

REPÚBLICA DE COLOMBIA ,flfi -"..eyJ'fi.fi---;\fi '. --- uoertod y Orden

MI NIS TERIO DE TRANSP ORTE

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE

RESOLUCIÓN No. ( 3 6 4 1

) DE O 5 FEB 2018 "Por medio de la cual se aprueba un operador biométrico, presentado mediante radicado 20185600105542 de 26 de enero 2018" LA SUPERINTENDENTE DELEGADA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial los numerales 4, 5 y 14 del Decreto 1016 de 2000, modificado por el artículo 10 del Decreto 2741 de 2001, el numeral 2.1 del anexo adoptado mediante la Resolución 60832 del 2016, y CONSIDERANDO Que el Artículo 4° del Decreto 1016 de 2000, modificado por el Artículo 6° fiel Decreto 2741 de 2001 le asigna como funciones a la Superintendencia de Puertos y Transporte, entre otras, las siguientes: ··4_ Inspeccionar, vigilar y controlar el cumplimiento de las normas nacionales de tránsito, y sancionar y aplicar las sanciones correspondientes salvo en materia de tránsito terrestre automotor, aéreo y marítimo--, "19. Establecer mediante actos de carácter general las metodologías, criterios y demás elementos o instrumentos técnicos específicos necesarios para el cumplimiento de sus funciones dentro del marco que éstas establecen .. _ Que el Código Nacional de Tránsito en el Parágrafo 3 del Artículo 3, modificado por el

específicos necesarios para el cumplimiento de sus funciones dentro del marco que éstas establecen .. _ Que el Código Nacional de Tránsito en el Parágrafo 3 del Artículo 3, modificado por el Artículo 2 de la Ley 1383 de 2010, establece que ·Las autoridades, los organismos de tránsito, las entidades públicas o privadas que constituyan organismos de apoyo, serán vigiladas y controladas por la Superintendencia de Puertos y Transporte .. ; estableciendo también el Parágrafo 1 de la misma disposición que "Las entidades públicas o privadas a las que mediante delegación o convenio les sean asignadas determinadas funciones de tránsito, constituirán organismos de apoyo a las autoridades de tránsito ... Que el Superintendente de Puertos y Transporte, expidió las Resoluciones 5790 del 12 de Febrero de 2016, "Por la cual se reglamentan las características técnicas del Sistema de Control y Vigilancia de los Centros de Enseñanza Automovilística - CEA y de los Centros Integrales de Atención - CIA" y 60832 de 2016, "Por la cual se expide el anexo técnico para la implementación de los Sistemas de Control y Vigilancia de que trata la Resolución 5790 del 2016". Que la Resolución 17538 de 11 de mayo de 2017, se evaluó la propuesta presentada por el CONSORCIO SEGURIDAD CEAS-CIAS, conformado por las empresas: COMPAÑIARESOLUCIÓN No. 3 6 4 1 DE O 5 FEB 2018 Hoja No. "Por medio de la cual se aprueba un operador biométrico, presentado mediante radicado 20185600105542 de 26 de enero 2018"

"Por medio de la cual se aprueba un operador biométrico, presentado mediante radicado 20185600105542 de 26 de enero 2018"

INTERNACIONAL DE INTEGRACION S.A. -Cl2y GESTIÓN DE SEGURIDAD

ELECTRÓNICA S.A. -GSE.

Que mediante Resolución 45776 de 19 de septiembre de 2017, se autorizó al CONSORCIO SEGURIDAD CEAS-CIAS, conformado por las empresas: COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE INTEGRACION S.A. -Cl2y GESTIÓN DE SEGURIDAD ELECTRÓNICA S.A. -GSE, para prestar el Sistema de Control y Vigilancia para los CEA's. Que mediante oficio No. 20185600105542 de 26 de enero 2018, el representante legal del CONSORCIO SEGURIDAD CEAS-CIAS, presentó el nuevo operador tecnológico para la autenticación biométrico, SECURID S.A.S, identificado con NIT 900534955-5 y aportó los siguientes do'é:urrientos: ' • 1 '. • Documento emitido por el representante legal de SECURID S.A.S, en el que manifiesta tener un contrato de vinculación con el CONSORCIO SISTEMA INTEGRADO DE GESTION Y SEGURIDAD CEACIAS-, en el cual SECURID presta su servicio de operador biométrico. • Certificado No. 0017, emitido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en el que consta que la empresa SECURID S.A.S, cumple con los requisitos establecidos en la Resolución 5633 de 2016. • Certificado de Cámara y Comercio de la empresa SECURID S.A.S. • Certificado de experiencia en servicios diagnóstico, acompañamiento y asesorías en

en la Resolución 5633 de 2016. • Certificado de Cámara y Comercio de la empresa SECURID S.A.S. • Certificado de experiencia en servicios diagnóstico, acompañamiento y asesorías en procesos de implementación y metodologías biometría móvil, emitido por la empresa THOMAS GREG SONG, el día 9 de marzo de 2017 • Certificado de experiencia en instalación, configuración, administración y soporte de base de datos, emitido por la empresa SOLUCIONES EN BASES DE DATOS SBD S.A.S, el día 24 de noviembre de 2017. • Certificado de experiencia en base de datos, emitido por la entidad ICFES el 2 de febrero de 2015. Que los anteriores documentos certifican que la empresa SECURID S.A.S., cumple con los requerimientos exigidos en el numeral 2.4.5 de la Resolución 60832 de 2016. Por lo tanto, se aprueba el nuevo operador biométrico, presentado por el CONSORCIO SEGURIDAD

CEAS-CIAS.

Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Aprobar el operador biométrico SECURID S.A.S., con NIT 900534955-5, presentado por el homologado CONSORCIO SEGURIDAD CEAS-CIAS, conformado por las empresas COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE INTEGRACION S.A. -Cl2-, con Nit No. 830.056.140-0 y GESTIÓN DE SEGURIDAD ELECTRÓNICA S.A. -GGE S.A., con Ni! No. 900.204.272-8. Artículo 2. Notifíquese el contenido de la presente Resolución por conducto de la Secretaría General de la Superintendencia de Puertos y Transportes a los representantes legales del CONSORCIO SEGURIDAD CEAS-CIAS, en las siguientes direcciones: Calle

Artículo 2. Notifíquese el contenido de la presente Resolución por conducto de la Secretaría General de la Superintendencia de Puertos y Transportes a los representantes legales del CONSORCIO SEGURIDAD CEAS-CIAS, en las siguientes direcciones: Calle 26 No.96 J-66 Oficina 404 de la ciudad de Bogotá y Calle 73 No. 7 - 31, piso 7 de la ciudad de Bogotá. Artículo 3. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Portal Web de la Superintendencia de Puertos y Transporte. Artículo 4. Contra el presente Resolución proceden los recursos de reposición ante la Superintendencia Delegada de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor y de apelaciónRESOLUCIÓN No. 36 4 1 DE n 5 FEB 2019 Hoja No. "Por medio de la cual se aprueba un operador biométrico, presentado mediante radicado 20185600105542 de 26 de enero 2018" 3 ante el Superintendente de Puertos y Transporte del cual podrá hacer uso por escrito dentro, o dentro de los diez (1 O) días siguientes de la notificación personal o a la notificación por aviso, ·o al vencimiento del término de publicación, según sea el caso.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a las 3641 o'5 FEB zom

ifififi UNA MARIA MARGARITA HUARI MATEUS

Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte

Proyectó: Angela Galindo, AbogadaDelegada de Tránsito

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