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SUPERTRANSPORTE - Resolución 4205 de 2013

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 4205 de 2013
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2013

RE PÚBLICA DE COLOMB IA

Líl!t1t:1d y Orden

MI NIS TERI O DE TRANSPO RT E

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN No. Q O O Q fi 2 0 5 , 1 1 7 ABR. 2013 "Por la cual se fija un término para que los Centros de Reconocimiento de Conductores -CRC implementen y apliquen el sistema de Control y Vigilancia señalado en la resolución 7034 del 17 de Octubre de 2012. " EL SUPERINTENDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE En ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confieren los artículos 41, 42 y 44 del Decreto 101 del 2000, los numerales 11, 12 y 16 del artículo 12 del Decreto 1016 de 2000, modificados por el artículo 8 del Decreto 2741 de 2001, Ley 1 de 1991, Ley 105 de 1993, Ley 336 de 1996, parágrafo del artículo 89 de la Ley 1450 de 2011 y considerando, CONSIDERAND O De conformidad con el artículo 41 del Decreto 101 de 2000, modificado por el Decreto 27 41 de 2001 se delega en la Superintendencia de Puertos y Transporte "Supertransporte", la función de inspeccionar, vigilar y controlar la aplicación y el cumplimiento de las normas que rigen el sistema de tránsito y transporte. Acorde con lo preceptuado en el parágrafo 3º del artículo 3º de la Ley 769 de 2002 la Superintendencia de Puertos y Transporte tiene la función de vigilar y controlar a "Las autoridades, los organismos de tránsito, las entidades públicas o privadas que

la Superintendencia de Puertos y Transporte tiene la función de vigilar y controlar a "Las autoridades, los organismos de tránsito, las entidades públicas o privadas que constituyan organismos de apoyo". La Ley 769 de 2002 establece como principios rectores del Tránsito Terrestre a nivel nacional "la seguridad de los usuarios, la calidad, la oportunidad, el cubrimiento, la libertad de acceso, la plena identificación, la libre circulación, la educación y la descentralización", preceptos conforme a los cuales se identifican las actividades que deben desarrollarse en los Centros de Reconocimiento de Conductores. De acuerdo a los requisitos establecidos en el artículo 19 de la Ley 769 de 2002 (modificado por el artículo 5º de la Ley 1383 de 2010, modificado por el artículo 3º de la Ley 1397 de 2010 y por el artículo 196 del Decreto-ley 019 de 2012) para la obtención de la licencia de conducción para vehículos automotores se requiere: "e) Presentar certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz para conducir expedido por una Institución Prestadora de Salud o por un Centro de Reconocimiento de Conductores, de conformidad con la reglamentación que expida el Ministerio".RESOLUCION No. .1 7 ABR.2013 Hoja No. 2 de 3 "Por la cual se fija un término para que los Centros de Reconocimiento de Conductores -CRC implementen y aphquen el sistema de Control y Vigilancia señalado en la resolución 7034 del 17 de Octubre de 2012. " De acuerdo a las facultades conferidas en el parágrafo del artículo 89 de la Ley 1450 de 2011 mediante la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010 - 2014, la

De acuerdo a las facultades conferidas en el parágrafo del artículo 89 de la Ley 1450 de 2011 mediante la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010 - 2014, la Superintendencia de Puertos y Transporte está en la obligación de reglamentar las características técnicas de los sistemas de seguridad que deberán implementar cada uno de los vigilados, para que se garantice la legitimidad de esos certificados y se proteja al usuario de la falsificación. La Superintendencia de Puertos y Transporte expidió la Resolución 7034 del 17 de octubre de 2012 donde se reglamentan las medidas tecnológicas que deben implementar cada uno de los Centros de Reconocimiento a Conductores, CRC, además del Sistema de Control y Vigilancia contemplado en el Capítulo 11 del referido acto administrativo. En cumplimiento de la Ley 1450 de 2011 y la Resolución 7034 del 17 de octubre de 2012 y de conformidad con la Ley 80 de 1993 modificada por la Ley 1150 de 2007, su Decreto reglamentario No. 734 de 2012 y previo a la expedición por parte de la Entidad de la Resolución 9299 del 24 de diciembre de 2012, "por medio de la cual se justifica una contratación directa" la Superintendencia de Puertos y Transportes celebró el contrato interadministrativo No. 230 del 24 de diciembre de 2012 con la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia identificada con Nit. 891.800.330.1, en la modalidad de contratación directa, por un término de tres (3) meses, cuyo objeto consiste en ''prestación de servicios profesionales para la elaboración del anexo técnico para la homologación de los Sistemas de Control y Vigilancia ordenados mediante la

modalidad de contratación directa, por un término de tres (3) meses, cuyo objeto consiste en ''prestación de servicios profesionales para la elaboración del anexo técnico para la homologación de los Sistemas de Control y Vigilancia ordenados mediante la Resolución 7034 de 2012 expedida por la Supertransporte, anexo técnico para la implementación del Centro de Monitoreo de la Superintendencia de Puertos y Transporte y hasta diez (10) procesos de evaluación a los sistemas de Control y Vigilancia a homologar". Mediante Resolución 191 del 25 de enero de 2013, la Superintendencia resolvió reducir a un (1) mes el término para la implementación y aplicación del Sistema de Control y Vigilancia por parte de todos los centros de reconocimiento de conductores, término que empezó a correr a partir de la fecha de publicación de la resolución en mención, esto es partir del 11 de febrero de 2013. A través de la Circular No. 014 del 03 de abril de 2013 expedida por la Superintendencia de Puertos y Transporte se dio a conocer el nombre de las empresas homologadas para prestar el servicio de Sistema de Control y Vigilancia y a la fecha de expedición de la presente resolución se tienen: SOFTMANAGEMENT S.A., identificada con el Nit. 830.026.014-7 y OLIMPIA MANAGEMENT S.A., con Nit 900.032.774-4., no obstante se informará a través de circulares el nombre de nuevas empresas homologada para tal fin. Mediante radicado 2013-560-0173962 del 10/04/2013 la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia informó a la Entidad que según lo analizado con los proveedores homologados de los Sistemas de Control y Vigilancia el tiempo promedio

Mediante radicado 2013-560-0173962 del 10/04/2013 la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia informó a la Entidad que según lo analizado con los proveedores homologados de los Sistemas de Control y Vigilancia el tiempo promedio requerido para la integración entre el software de operación actual de los CRC y los Sistemas de Control y Vigilancia es de 15 días hábiles. En mérito de lo expuesto el Superintendente de de Puertos y Transporte,RESOLUCION No. t17 ABR. 2013 Hoja No. 3 de 3 "Por la cual se fija un término para que los Centros de Reconocimiento de Conductores -CRC implementen y apliquen el sistema de Control y Vigilancia señalado en la resolución 7034 del 17 de Octubre de 2012. • RESUELVE: ARTÍCULO PRIMER O: Fijar el termino de quince (15) días hábiles contados a partir de la publicación del presente acto administrativo para que los Centros de Reconocimiento de Conductores -CRC implementen y apliquen el sistema de Control y Vigilancia señalado en la resolución 7034 del 17 de Octubre de 2012.

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. n 7 ABR. 2013

PU BL IQUESE Y CUMPLASÉ : G I ______ ...,(;.fi====::' ___ _

JUANfi GUEL DURÁN PRIET O Superintendehte de Puertos y Transporte Reviso: Daniel Ortega Dávila - Superintendente Delegado de Tránsit9J'_ Transportefi(). Sandra Jiménez Alvarez - Jefe Oficina Asesora Jurídica (E),IJ3

Superintendehte de Puertos y Transporte Reviso: Daniel Ortega Dávila - Superintendente Delegado de Tránsit9J'_ Transportefi(). Sandra Jiménez Alvarez - Jefe Oficina Asesora Jurídica (E),IJ3

Proyectó: Miriam Carvajal Carvajal .Abg. Of. Jurídica C:\Users\miriamcarvajal\Desktop\JURIDICA

2013\RESOLUCIONES\CONCECCION CRC A SISTEMA DE CONTROL Y VIGILANCIA.docx

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