SUPERTRANSPORTE - Resolución 42488 de 2017
Superintendencia de Transporte
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Resolución 42488 de 2017
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2017
REPÚBLICA DE COLOMBIA ·•·· _,,.{ ; , • • ? ; "- ¡ ... , ./
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE l,
RESOLUCIÓN No. 42488 DEL 04 DE SEPTIEMBRE DE 2017
POR LA CUAL SE SUSPENDEN TÉRMINOS EN LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS DE LA SUPERINTE[}JDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE POR EL DÍA 07 DE
SEPTIEMBRE DE 2017 Y SE TOMAN OTRAS DISPOSICIONES. i EL SUPERINTENDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE En ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confieren la Ley 1 de 1991, el Decreto 101 del 2000, el Decreto 1016 de 2000, modificados por el Decreto 2741 de 2001, y toda norma concordante, y: CONSIDERANDO Que mediante Circular Externa No. 100-007 del 29 de agosto de 2017, la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, en ocasión a la visita del Jefe de Estado de la Ciudad del Vaticano, el Papa Francisco, del 06 al 10 de septiembre del presente año en territorio nacional y en consecuencia a las medidas de seguridad, movilidad y transporte público tomadas por el Gobierno Nacional, la Policía Nacional y la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., se determinó otorgar el día jueves 07 de sepUembre de 2017 como día libre en las entidades del Sector central o descentralizado de la Rama Ejecutiva del orden nacional. Que mediante la misma Circular, se instruyó a las entidades con el fin de tomar las medidas
entidades del Sector central o descentralizado de la Rama Ejecutiva del orden nacional. Que mediante la misma Circular, se instruyó a las entidades con el fin de tomar las medidas para el día 06 de septiembre de 2017 en horas de la tarde, en razón a la llegada del Papa Francisco a la ciudad de Bogotá D.C. y a los cierres viales programados. Que la medida tomada por el DAFP se emitió para garantizar que no se afecten los seNicios públicos y la actuación del Estado, y facilitar la asistencia de quienes así lo prefieran, a las actividades religiosas programadas ese día en la ciudad. Que en ese mismo sentido, mediante Circular del día 31 de agosto de 2017, la Secretaria General del Ministerio de Transporte, remitió para fines pertinentes la Circular 100-007 del DAFP y para la adopción de medidas encaminadas a la jornada laboral y la prestación del servicio. Que se debe garantizar el debido proceso y la transparencia de todas y cada una de las actuaciones públicas adelantadas en esta Entidad. Que por ende, esta Superintendencia decide suspender los términos en las actuaciones administrativas adelantadas en esta Entidad y suspender la atención al público y el trámite de notificaciones. Conforme a lo expuesto este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: SUSPENDER los términos procesales en todos los procedimientos administrativos y misionales y la atención al público y de la Superintendencia de Puertos y Transporte por el dia 07 de septiembre de 2017 de acuerdo con la parte motiva de la presenta resolución.
PARAGRAFO PRIMERO: Los procedimientos y actuaciones cuyos plazos máximos terminen el dia de la suspensión y que impliquen el ejercicifiel derecho de contradicción, defensa y
111
resolución.
PARAGRAFO PRIMERO: Los procedimientos y actuaciones cuyos plazos máximos terminen el dia de la suspensión y que impliquen el ejercicifiel derecho de contradicción, defensa y 111 fi 1 de2RESOLUCIÓN No. 42488 DEL 04 DE SEPTIEMBRE DE 2017
POR LA CUAL SE SUSPENDEN TÉRMINOS EN LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS DE LA SUPERINTENDENCIA DE
PUERTOS Y TRANSPORTE EL DIA 07 DE SEPTIEMBRE DE 2017. , I derechos fundamentales se ampliarán hasta ei' día hábil inmediato, es decir, 08 de septiembre de 2017.
PARAGRAFO SEGUNDO: En caso de eventos de carácter especial o necesidad manifiesta, la Entidad realizará sus funciones de inspección, vigilancia y control cuando así se designe.
ARTÍCULO SEGUNDO: Los funcionarios públicos y contratistas de la Entidad no laborarán ni prestarán sus servicios el día 07 de septiembre de 2017, en consecuencia a la parte motiva de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO: No habrá entrega ni recibo de correspondencia, ni se dará trámite a notificaciones y citaciones, el día 07 de septiembre de 2017.
ARTÍCULO CUARTO: MODIFICAR la jornada laboral, en la Sede Central y Centro de Atención Integral al Ciudadano el día 06 de septiembre de 2017, al siguiente horario: jornada continua de 7:00 a.m. a 12:00 m.
ARTÍCULO QUINTO: PUBLÍQUESE la presente resolución en la pagma Web de la Superintendencia de Puertos y Transporte y remítase a todas las dependencias de la Entidad para lo pertinente.
ARTÍCULO QUINTO: PUBLÍQUESE la presente resolución en la pagma Web de la Superintendencia de Puertos y Transporte y remítase a todas las dependencias de la Entidad para lo pertinente.
ARTÍCULO SEXTO: PUBLÍQUESE copia íntegra de la presente Resolución en la cartelera o
sitio visible en el Centro de Atención Integral al Ciudadano, ubicado en la Calle 37 No. 28B-21 y en la Sede Central en la ciudad de Bogotá.
ARTÍCULO SEPTIMO: La presente resolución rige a partir de su fecha de su publicación.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., los 04 días del mes de septiembre de 2017.
Proyectó: Camilo Ernesto Ojeda Amaya - Abogado ficina Asesora Jurídica. fi fi . Revisó: Lorena Carvajal CastilloJefe Oficina Asesora Jurídica, Alcides Esp· osa Ospfi'secretario General, Alba Lucia Centeno Peña - Coordinadora del Grupo de Talento Humano.fi 2 de 2