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SUPERTRANSPORTE - Resolución 44033 de 2018

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 44033 de 2018
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2018

REPUBUCA DE COLOMBIA

-MINISTERIO DE TRANSPORTE

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN No. -44133 11«r111

Por la cual se delega una función en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la Superintendencia de Puertos y Transporte LA SUPERINTENDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE En ejercicio de facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas mediante el articulo 211 de la Constitución Polltica de Colombia, el articulo 9 de la Ley 489 de 1998, Ley 446 de 1998, los numerales 16 y 18 del artículo 7 del Decreto 1016 de 2000, y demás normas concordantes, CONSIDERANDO Que el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia reconoce la delegación en los siguientes términos "La ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los Ministros, Directores de Departamentos Administrativos, Representantes Legales de Entidades Descentralizadas, Superintendentes, Gobernadores, Alcaldes y Agencias del Estado que la misma ley determine. Igualmente, fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades.( ... )" Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, determina que •Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán, mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, representantes legales de

afines o complementarias. Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el articulo 209 de la Constitución Polltica y en la presente ley." Que el artículo 7 del Decreto 1016 de 2000, establece las funciones específicas del Superintendente de Puertos y Transporte como agente del Presidente de la República. Que en los términos del numeral 16 del articulo 7 del Decreto 1016 de 2000, corresponde al Superintendente de Puertos y Transporte otorgar poder a funcionarios y a personas externas para que representen a la Superintendencia de Puertos y Transporte. Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 18 del articulo 7 del Decreto 1016 de 2000, al Superintendente de Transporte, como jefe del organismo, le corresponde expedir los actos administrativos conforme lo establecen las disposiciones legales, así como los reglamentos e instrucciones internas que sean necesarios para el cabal funcionamiento de la entidad. Que en desarrollo de los principios y finalidades que orientan la función administrativa y con el ánimo de agilizar y salvaguardar los intereses de la Superintendencia de Puertos y Transporte, se hace necesario,......------------------------------fi=-fi-,

RESOLUCIÓN No. ' '' ª 3 11 OCT 111 HOJA No 1

agilizar y salvaguardar los intereses de la Superintendencia de Puertos y Transporte, se hace necesario,......------------------------------fi=-fi-,

RESOLUCIÓN No. ' '' ª 3 11 OCT 111 HOJA No 1

Por la cual se delega una función en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la Superintendencia de Puertos y Transporte delegar en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica la facultad de otorgar poder a funcionarios o personas externas para la representación judicial y extrajudicial de la Superintendencia de Puertos y Transporte.

RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Delegar en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la Superintendencia de Puertos y Transporte la facultad de otorgar poder a funcionarios y a personas externas para que representen judicial y extrajudicialmente a la Superintendencia de Puertos y Transporte, en todos los procesos judiciales, constitucionales o asuntos administrativos, que se instauren en su contra, sea vinculada como parte o que ésta deba promover.

ARTICULO SEGUNDO: Ordenar que por conducto de la Secretaria General de la Superintendencia de Puertos y Transporte se publique el presente acto administrativo, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTICULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. 4 4 O 3 3 O ! OCT 2011

COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.G., a los La Superintendente de Puertos y Transporte, Proyectó: María del Rosario Oviedo Rojas - Jefe de la Oficina Asesora JuridicaQ{2_

Revisó: Julio Mario Bonilla Aldana - Asesor 1.,.1'\

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