SUPERTRANSPORTE - Resolución 4629 de 2011
Superintendencia de Transporte
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Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Resolución 4629 de 2011
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2011
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MIN IS TERI O DE TRANS PORTE
SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE
RESOLUCIÓN No. oo,s2s DE 2 O SET. 2011
( ) 16:l-'-1 Por la cual se determina el resultado presupuesta/ de la tasa de vigilancia de la vigencia 2010. El Superintentedente de Puertos y Transporte, en ejercicio de las facultades legales que le confiere la Ley 01 de 1.991, el Decreto 101 de 2.000, y en especial el Numeral 18 del Artículo 7 del Decreto 1016 de junio 6 de 2.000, el parágrafo del artículo 4 de la Resolución 4297 de octubre 10 de 2008, y
CONSIDERANDO:
1. Que el Artículo 27 Numeral 27.2 de la Ley 1ª de 1991, establece como función de la Superintendencia General de Puertos, hoy Superintendencia de Puertos y Transporte, Supertransporte "Cobrar a las sociedades portuarias y a los operadores portuarios, por concepto de vigilancia, una tasa por la parte proporcional que les corresponda, según sus ingresos brutos, en los costos de funcionamiento de la Superintendencia, definidos por la Contraloría General de la República".
2. Que el parágrafo del artículo 40 del capitulo IV del Decreto 101 del 2 de Febrero de 2000, modificó la denominación de la Superintendencia General de Puertos por
Superintendencia de Puertos y Transporte, Supertransporte.
3. Que de conformidad con el artículo 42 del Decreto 101 de 2.000, modificado por el articulo 4º del Decreto 2741 de 2001, son sujetos de inspección, vigilancia y control de
3. Que de conformidad con el artículo 42 del Decreto 101 de 2.000, modificado por el articulo 4º del Decreto 2741 de 2001, son sujetos de inspección, vigilancia y control de la Superintendencia de Puertos y Transporte, Supertransporte, entre otros, los concesionarios y los operadores portuarios.
4. Que en virtud del parágrafo del artículo 4 de la Resolución 4297 de octubre 10 de 2008, el Ministro de Transporte delegó en el Superintendente de Puertos y Transporte: "Parágrafo: De la Determinación de excedentes. Deléguese en el Superintendente de Puertos y Transporte la facultad de determinar y decretar, en las subsiguientes vigencias fiscales, los excedentes o déficit a los correspondientes gastos de funcionamiento por la vigilancia y su reembolso, abono o cobro a los contribuyentes".
5. Que conforme a la Resolución 003393 del 14 de septiembre 2011, el Ministerio de Transporte, fijó el porcentaje de la tasa de vigilancia correspondiente al pago vigencia 2011, en el 0.1641% de los ingresos brutos originados en actividad portuaria correspondiente a la vigencia 2.010. n •RESOLUCION No. fio,s2s DE 2 fi SET. 20
1 1í Hoja No. 2 Por la cual se determina el resultado presupuesta/ de la tasa de vigilancia de la vigencia 2010.
6. Que conforme a lo reportado por la Profesional Especializado, ubicado en el Grupo Financiero Cobro y Control de Tasa de Vigilancia, el valor por cancelado por los operadores portuarios durante la vigencia 2010 ascendió a la suma de
$3.339.457.028.
Financiero Cobro y Control de Tasa de Vigilancia, el valor por cancelado por los operadores portuarios durante la vigencia 2010 ascendió a la suma de $3.339.457.028.
7. Que la Profesional Universitaria con funciones de Contadora, ubicada en el Grupo Financiero Cobro y Control de Tasa de Vigilancia, allega el reporte consolidado del recaudo extemporáneo por concepto de tasa de vigilancia que corresponde a vigencias anteriores, por valor de $95.588.204.
8. Que conforme a lo informado al Ministerio de Transporte, una vez cerrada la vigencia de 2010, se reportó la ejecución presupuesta! de la Superintendencia de Puertos y Transporte la cual por fondos especiales alcanzó la suma de
$3.477.259.229.
9. Que con fundamento en los lineamientos definidos para determinar el excedente o déficit de la tasa de vigilancia por la vigencia 2010, se realizó la operación de restar a la ejecución presupuesta! de fondos especiales vigencia 2010, los recaudos efectivos por la tasa de vigilancia del año 201 O y por el pago de tasa de vigilancia de vigencias anteriores, en forma extemporánea, obteniendo como resultado un déficit por valor de $42.213.997, como se indica a continuación:
CALCULO EXCEDENTE O DEFICIT TASA DE VIGILANCIA 2010
PRESUPUESTO EJECUTADO PARA EL SUBSECTOR EN 1 3.477.259.229 LA SUPERINTEDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE
Fuente Eiecución Presunuestal 2010
RECUADO TASA DE VIGILANCIA 2010 3.339.457.028
RECUAUDO TASA DE VIGILANCIA VIGENCIAS 95.588.204 ANTERIORES
Fuente Eiecución Presunuestal 2010
RECUADO TASA DE VIGILANCIA 2010 3.339.457.028
RECUAUDO TASA DE VIGILANCIA VIGENCIAS 95.588.204 ANTERIORES
TOTAL RECUADOS TASA DE VIGILANCIA 2010 2 3.435.045.232
DEFICIT 11-2) 42.213.997
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Superintendente de Puertos y Transporte, RESUELVE ARTICULO PRIMERO. No declarar excedentes de la contribución de la tasa de vigilancia correspondiente a la vigencia fiscal 2010, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva. fi >>tfJ ' ' "' - 1 fi'lll r---------------------------- -
1 1 1 • 1RESOLUCION No. 'l O SEl 2011
Hoja No. 3 Por la cual se determina el resultado presupuesta! de la tasa de vigilancia de la vigencia 201 O.
ARTICULO SEGUNDO: Por intermedio de la Secretaría General adelántese el trámite respectivo para su Publicación, en el diario oficial y en la página web de la entidad.
ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de publicación en el diario oficial.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Expedida en Bogotá D.C., a los
JUA IGUEL DURAN PRIETO 2 O SET. 2011
Supe ntendente de Puertos y Transporte Proyecto: Luz Elena Caicedo P. -Coordinadora Grupo finfinriero y Cobro Control Tasa de Vigilancia (e) (J Reviso: Patricia Angulo -Asesora Secretaria General 'fi fi Vivían Puerta Guerra -Secretaria general 11\
Proyecto: Luz Elena Caicedo P. -Coordinadora Grupo finfinriero y Cobro Control Tasa de Vigilancia (e) (J Reviso: Patricia Angulo -Asesora Secretaria General 'fi fi Vivían Puerta Guerra -Secretaria general 11\
Nelson Miguel Jaime O. - Jefe Asesora Jurífica r \