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SUPERTRANSPORTE - Resolución 5219 de 2007

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 5219 de 2007
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2007

REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE TRANSPORTE

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE

RESOLUCION No. 05219 DE 2007

(15 de agosto de 2007)

Por medio de la cual se conforma el Comité Editorial para la revista PUERTOS Y TRANSPORTE, y el boletín interno SUPERINFORMADO de la Superintendencia de Puertos y Transporte.

EL SUPERINTENDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE

En ejercicio de las facultades legales consagradas en el Decreto 1016 de 2000 y demás normas concordantes,

CONSIDERANDO

a. Que la revista PUERTOS Y TRANSPORTE de la Superintendencia de Puertos y Transporte tiene como objeto divulgar a nuestros diferentes públicos, la labor de inspección, control y vigilancia que realiza con todos nuestros vigilados del sector transporte a nivel nacional.

b. Que el boletín interno SUPERINFORMADO de la Superintendencia de Puertos y Transporte, cumple la función de informar a los funcionarios y contratistas de lo que acontece al interior de la entidad.

c. Que las anteriores publicaciones de la Superintendencia de Puertos y Transporte, se han consolidado como los medios de comunicación periódicos institucionales.

d. Que es responsabilidad de la Superintendencia de Puertos y Transporte velar por la calidad del contenido temático, y de la presentación formal de las publicaciones corporativas.

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: . Conformar el Comité Editorial de las publicaciones de la

Superintendencia de Puertos y Transporte, así:

publicaciones corporativas.

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: . Conformar el Comité Editorial de las publicaciones de la

Superintendencia de Puertos y Transporte, así:

  • El Superintendente de Puertos y Transporte
  • El Director de la revista y/o boletín o el Asesor de Despacho que ejerza las funciones de comunicaciones.RESOLUCION No. 05219 DE 15 de agosto 2007

Hoja No.

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  • El Jefe de Bienestar Social
  • Un Asesor de Despacho

PARAGRAFO : El Director de la revista y/o boletín actuará como secretario del

Comité.

ARTICULO SEGUNDO: Serán funciones del Comité Editorial:

1. Velar por el cumplimiento de los objetivos institucionales de ambas publicaciones, en su condición de medios de difusión del sector transporte, según las pautas para la publicación de textos y de programación.

2. Velar por la calidad del diseño y de la diagramación.

3. Definir los contenidos y seleccionar los textos para cada edición.

4. Establecer los criterios de jerarquía para la ubicación de los artículos seleccionados para su publicación en las publicaciones.

ARTICULO TERCERO. El Comité Editorial de la revista semestral PUERTOS Y TRANSPORTE se reunirá una vez en el semestre, y extraordinariamente cuando el Superintendente de Puertos y Transporte lo convoque.

ARTÍCULO CUARTO : Serán funciones del Director:

1. Velar por el cumplimiento de todas las políticas editoriales y administrativas trazadas por el Comité Editorial.

2. Llevar la representación de los medios de comunicación corporativos en los aspectos establecidos por la ley y por los reglamentos de la

1. Velar por el cumplimiento de todas las políticas editoriales y administrativas trazadas por el Comité Editorial.

2. Llevar la representación de los medios de comunicación corporativos en los aspectos establecidos por la ley y por los reglamentos de la

Superintendencia.

3. Mantener contacto con las diferentes dependencias misionales de la entidad, así como con el sector transporte en general.

4. Presidir y convocar el Comité Editorial.

5. Desarrollar todas las tareas de edición, producción y distribución de las publicaciones.

6. Ejercer las funciones de supervisión de todo lo relacionado con el levantamiento de textos, diagramación y diseño en general.

7. Revisar la pauta publicitaria de la revista.

8. Coordinar todo lo relacionado con la correspondencia y la distribución interna y externa de los impresos.

9. Supervisar todo lo relacionado con los tiempos de edición y circulación de la revista.

10. Otras que le sean fijadas por el Comité Editorial.

ARTICULO QUINTO : Publicar en la pagina web de la Superintendencia de Puertos y Transporte.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

ALVARO HERNANDO CARDONA GONZALEZ

Superintendente de Puertos y Transporte

Proyectó: Sandra Suárez Revisó: Dr. Gustavo de Jesús Arroyave Alvarez, Jefe Oficina Jurídica Ruta electrónica: C:\Documents and settings\sandrasuarez\misdocumentos\REVISTARESOLUCION No. 05219 DE 15 de agosto 2007

Hoja No.

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