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SUPERTRANSPORTE - Resolución 5456 de 2026

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 5456 de 2026
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2026

Página 1 de 4 GJ-FR-015 V1, 24mayo -2023

MINISTERIO DE TRANSPORTE

SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE

RESOLUCIÓN NÚMERO__________DE________

“Por la cual se actualiza el mapa de procesos de la Superintendencia de Transporte”

EL SUPERINTENDENTE DE TRANSPORTE

En ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y, en especial, las que le confiere los numerales 3°, 4°, 15 y 23 del artículo 7° del Decreto 2409 de 2018, y

CONSIDERANDO

Que la Superintendencia de Transporte, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto 2409 de 2018, tiene por objeto la vigilancia, inspección y control que le corresponden al Presidente de la República como suprema autoridad administrativa en materia de tránsito, transporte e infraestructura, así como las funciones de autoridad de protección de usuarios del sector transporte y las demás atribuidas por la ley.

El artículo 209 de la Constitución Política señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, económica, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

El artículo 133 de la Ley 1753 de 2015 integró en un solo Sistema de Gestión los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad, previstos en las Leyes 489 de 1998 y 872 de 2003, respectivamente, el cual deberá

los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad, previstos en las Leyes 489 de 1998 y 872 de 2003, respectivamente, el cual deberá articularse con el Sistema de Control Interno consagrado en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27 al 29 de la Ley 489 de 1998.

Mediante el Decreto número 1083 de 2015 se expidió el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública y compiló en un solo cuerpo normativo los decretos reglamentarios vigentes de competencia del sector de la función pública, incluidos los atinentes a las siguientes materias : (i) Modelo Integrado de Planeación y Gestión y (ii) Sistema de Gestión de Calidad.

El artículo 2.2.22.3.1 del Decreto 1083 de 2015 adoptó la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG con el fin de lograr el funcionamiento del Sistema de Gestión.

En diciembre de 2019, el Departamento Administrativo de la Función Pública – DAFP emitió la 3ra. versión de Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, que presentó cambios de forma y fondo , en particular, en lo relacionado con la actualización de la denominación y contenidos 5456 24/04/2026RESOLUCIÓN No._____________ DE ___ _______________ “Por la cual se actualiza el mapa de procesos de la Superintendencia de Transporte”

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de la Política de Archivos y Gestión Documental y la Incorporación de contenidos para las políticas de Mejora Normativa y Gestión de la Información Estadística.

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de la Política de Archivos y Gestión Documental y la Incorporación de contenidos para las políticas de Mejora Normativa y Gestión de la Información Estadística.

El artículo 1° del Decreto 1499 de 2017, modificó el Titulo 22 del Decreto 1083 de 2015 - Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, el cual modificó a s u vez el Decreto 1083 de 2015 en el sentido de actualizar el Sistema de Gestión y adoptar el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG.

El Decreto 1499 de 2017, definió el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG como “(…) un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y prob lemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio”.

El MIPG opera a través de siete dimensiones: (1) Talento Humano , (2) Direccionamiento Estratégico y Planeación , (3) Gestión con Valores para Resultados, (4) Evaluación de Resultados, (5) Información y Comunicación, (6) Gestión del Conocimiento y la Innovación y (7) Control Interno ; las cuales agrupan las políticas de gestión y desempeño institucional que, implementadas de manera articulada e interrelacionada, permitirán que el modelo funcione y opere adecuadamente.

agrupan las políticas de gestión y desempeño institucional que, implementadas de manera articulada e interrelacionada, permitirán que el modelo funcione y opere adecuadamente.

El modelo retoma el enfoque de procesos del Sistema de Gestión de la Calidad y de la Carta Iberoamericana para la Calidad de 2008, la gestión pública centrada en el servicio al ciudadano y el enfoque en resultados, que el Departamento Administrativo de la Función Pública lo incluye en el Marco General del Sistema de Gestión (V7 – 2025).

La gestión por procesos se materializa dentro de la Dimensión de Gestión con Valores para Resultados del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG y se relaciona directamente con la política de fortalecimiento institucional y simplificación de procesos, lo que permite que la entidad desarrolle las actividades que conduzcan al logro de objetivos propuestos en la planeación institucional.

Este principio de calidad se basa en que hay resultados más eficientes cuando las actividades y los recursos necesarios se gestionan como un proceso, es decir como un conjunto de actividades interrelacionadas en donde se transforman insumos en salidas y se añade valor para contribuir a la satisfacción de los grupos de valor de la entidad.

Que a través del artículo décimo primero (11°) de la Resolución No. 14133 del 31 de diciembre de 2020 se adoptó la cadena de valor de la Superintendencia de Transporte, en los siguientes términos: “Se adopta la cadena de valor para la Superintendencia de Transporte a través de la cual, se desarrolla el modelo de gestión por procesos que se interrelacionan adecuadamente y están en constante mejoramiento, para obtener servicios que satisfacen las necesidades de los clientes tanto internos como externos y a través de los cuales se

Superintendencia de Transporte a través de la cual, se desarrolla el modelo de gestión por procesos que se interrelacionan adecuadamente y están en constante mejoramiento, para obtener servicios que satisfacen las necesidades de los clientes tanto internos como externos y a través de los cuales se implementa el Sistema de Gestión de la entidad”.

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Teniendo en cuenta la intervención progresiva de los procesos y su mejora, buscando optimizar los resultados de la gestión, se hace necesario, actualizar el mapa de procesos de la entidad.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. Actualizar la cadena de valor, también entendido como el mapa de procesos, de la Superintendencia de Transporte, que está conformad a por dieciséis (16) procesos enunciados a continuación, los cuales estarán enmarcados en las definiciones y lineamientos contenidos en el Procedimiento de Control de Documentos y la Guía para la Elaboración y Actualización de Documentos, de c onformidad con lo consagrado en la parte considerativa del presente acto administrativo.

Artículo 2°. Validez. Los procesos establecidos en el artículo 1° de la presente resolución fueron aprobados en reunión de fecha 25 de marzo de 2026 , correspondiente a la segunda sesión ordinaria del Comité Institucional de Gestión y Desempeño – CIGD de la Superintendencia de Transporte.

resolución fueron aprobados en reunión de fecha 25 de marzo de 2026 , correspondiente a la segunda sesión ordinaria del Comité Institucional de Gestión y Desempeño – CIGD de la Superintendencia de Transporte.

Artículo 3°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación en la página web de la entidad y deroga , a partir de la misma fecha, todas las disposiciones que le sean contrarias.

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Artículo 4°. Publicar la presente Resolución en la página web de la Superintendencia de Transporte.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Alfredo Enrique Piñeres Olave Superintendente de Transporte

Proyectó: Paula Vivian Tapias Galindo - Contratista OAP

Revisó: Luis Gabriel Serna Gámez - Jefe Oficina Asesora Jurídica Juan David Benjumea Quintero – Coordinador del Grupo de Talento Humano

Martha Patricia Aguilar Copete - Jefe Oficina Asesora de Planeación

Aprobó: Deisy Amparo Lara Barbón – Secretaria General

5456 24/04/2026 SuperTransporte Firmado digitalmente

por PIÑERES OLAVE

ALFREDO ENRIQUE

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