SUPERTRANSPORTE - Resolución 6191 de 2011
Superintendencia de Transporte
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Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Resolución 6191 de 2011
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2011
·-
RE PÚBLI C A DE COLOMBIA
MINISTE RIO DE TRANSPOR TE
SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE
(
RESOLUCIÓN No. 0 0 6191
O 8 NOV. 2011 ) Por la cual se conforma el Comité Ambiental de la Superintendencia de Puertos y Transporte. EL SUPERINTENDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE, en cumplimiento de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en el numeral 18, del articulo 7 del Decreto 1016 de 2000, y CONSIDERANDO Que la Constitución Política de Colombia en sus artículos 79 y 80 consagra como derechos colectivos y del ambiente que "Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano• y que "el Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conseNación, restauración y sustitución". Que la Ley 99 de 1993, articulo 1 numeral 7 establece: "El Estado fomentará la incorporación de los costos ambientales y el uso de instrumentos económicos para la prevención, corrección y restauración del deterioro ambiental y para la conservación de los recursos naturales renovables". Que el Decreto 2811 de 1974, en su articulo 1o. establece "El ambiente es patrimonio común. El Estado y los particulares deben participar en su preservación y manejo, que son de utilidad pública e interés social." Que con el establecimiento de una Politica Ambiental al interior de la Superintendencia de Puertos y Transporte, se pretende mantener un ambiente sano y un bienestar físico, mental y social adecuado para todos y cada uno de los funcionarios, usuarios y visitantes de la Superintendencia de Puertos y Transporte.
Puertos y Transporte, se pretende mantener un ambiente sano y un bienestar físico, mental y social adecuado para todos y cada uno de los funcionarios, usuarios y visitantes de la Superintendencia de Puertos y Transporte. Que la Superintendencia de Puertos y Transporte es consciente de la importancia de preservar el medio ambiente, como escenario vital del desarrollo del individuo, a través, de una politica ambiental y el desarrollo de sus actividades. Que corresponde al Superintendente adoptar la Politica Ambiental que regirá en la Entidad, destinar los recursos físicos, humanos, técnicos y aprobar el presupuesto necesario para la ejecución de la misma , propendiendo porque todas las acciones correspondan a la • •.. ' '
RESOLUCION NoÜ O 6191 Hoía No. 2 de 3 O 8 NOV. 2011
Por la cual se conforma el Comité Ambiental de la Superintendencia de Puertos y Transporte Normatividad ambiental vigente y a conductas ambientalmente responsables. Que en mérito de las anteriores consideraciones, RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Crear y organizar el Comité del PIGA, como instancia coordinadora de todas las actividades que se propongan dentro de los procesos de formulación, adopción, implementación, seguimiento y evaluación del Plan Institucional de Gestión Ambiental.
ARTICULO SEGUNDO: El Comité estará conformado por:
1. El Secretario General de la Superintendencia de Puertos y Transporte en representación del
Superintendente.
2. El Jefe de la Oficina de Planeación
3. El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica
4. El Coordinador del Grupo Administrativo
5. El Profesional del Area de Comunicaciones
6. El Coordinador del Grupo de Talento Humano
2. El Jefe de la Oficina de Planeación
3. El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica
4. El Coordinador del Grupo Administrativo
5. El Profesional del Area de Comunicaciones
6. El Coordinador del Grupo de Talento Humano
ARTICULO TERCERO: Las funciones del Comité serán:
1. Definir su propio reglamento operativo.
2. Definir un plan de acción para la formulación e implementación del PIGA.
3. Adoptar formalmente mediante acto administrativo el PIGA de la entidad, una vez éste sea aprobado.
4. Mantener información actualizada sobre los avances y resultados del proceso de Implementación del PIGA y sobre la normatividad ambiental vigente.
5. Gestionar la incorporación y asignación de las partidas presupuestales necesarias para desarrollar el plan de acción propuesto.
6. Adelantar tareas de seguimiento y evaluación de las actividades propuestas en el plan de acción del PIGA.
PARAGRAFO. El Comité podría convocar a los expertos que considere necesarios para asesorar el proceso de formulac ión y de implementación del plan de acción que se proponga en el PIGA, con el fin de garantizar resultados eficientes y coherentes con la normatividad ambiental.
ARTICULO CUARTO: El Comité estará presidido por el Superintendente de la entidad o su representante en el comite.
ARTICULO QUINTO: La Secretaría Técnica del Comité será ejercida por la Coordinación
Administrativa.
ARTICULO SEXTO: Las funciones de la Secretaría Técnica serán las siguientes:
1. Elaborar las actas de las reuniones del Comité.
2. Convocar periódicamente a reuniones ordinarias, y en todo caso al menos una vez cada tres meses.
ARTICULO SEXTO: Las funciones de la Secretaría Técnica serán las siguientes:
1. Elaborar las actas de las reuniones del Comité.
2. Convocar periódicamente a reuniones ordinarias, y en todo caso al menos una vez cada tres meses.
3. Convocar a reuniones extraordinarias cuando las necesidades así lo requieran.
4. Presentar los informes que requiera el Comité.
Enviar a la Oficina Asesora de Planeación los informes de gestión aprobados por el Comité Ambiental a fin de que sean publicados en la página web de la entidad. \A ------- - - - ' •. . RESOLUCION No. r r 6 l 5 J Hoja No. 3 de 3 O 8 NOV. 7011 Por la cual se conforma el Comité Ambiental de la Superintendencia de Puertos y Transporte
5. Elaborar el informe anual de la Gestión del Comité para el Superintendente de Puertos y
Transporte.
6. Las demás que le sean asignadas por el Comité.
ARTICULO SEPTIMO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Dada en Bogotá a los O 8 NOV. 2011
PUBLIQUESE Y CUMPLASE ('\ fi '
JUAN i.LUEL DURAN PRIETO Superintenfite de Puertos y Transporte Proyecto: Yolanda Aurora Parra Martinez -Abogado Contratista Secretaria General Revisó: Martha Sol Martinez Bobadilla - Coordinadora Administrativafi Revisó: Nelson Miguel Jaime Olaya - Jefe Oficina Asesora Jurídica Aprobó: Vivían Cecilia Puerta Guerra - Secretaria General fi Revisó: Luz Angela Guerrero -Asesora del Despacho f, ¡ 1 il • 1 1 1 1 ¡ i