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SUPERTRANSPORTE - Resolución 6643 de 2011

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 6643 de 2011
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2011

REPÚBLICA DE COLOMBIA .dfafi, .,.,..--, . .... .. r .. -

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Libertad y Orden MINISTERIO DE TRANSPORTE SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN NJJ O 6 6 fi 3 DE ! 2 5 NOV. 2011 l Por medio de la cual se justifica una contratación directa LA SECRETARÍA GENERAL DE LA SUPERI NTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere la Resolución No. 024535 de noviembre 29 de 2010, y CONSIDERANDO Que la Supertransporte es un organismo de naturaleza pública creada por la Ley 1• de 1991, de conformidad con la delegación otorgada por el Presidente de la República, mediante Decreto 1016 de 2000 y Decreto 2741 de 2001, adscrita al Ministerio de Transporte, la cual tiene a su cargo las funciones de inspección, vigilancia y control que le corresponden al Presidente de la República como Suprema Autoridad Administrativa en materia de Tránsito y Transporte y su infraestructura en todos sus modos, sin dejar de mencionar además las señaladas particularmente en aquella ley y demás disposiciones legales pertinentes sobre el tema de puertos. Que esta Superintendencia, al pertenecer a la naturaleza pública, está sometida a los principios de la función administrativa y, como consecuencia de ello. en el desarrollo del norte institucional que se indicó, debe procurar al máximo la aplicación de los postulados de la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad,

desarrollo del norte institucional que se indicó, debe procurar al máximo la aplicación de los postulados de la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia, con el fin de cumplir a satisfacción la prestación del servicio de inspección, vigilancia y control que se le ha encomendado. Que la misión institucional a cargo de la Superintendencia de Puertos y Transporte le impone la obligac ión y la necesidad de desplazar a sus funcionarios. en especial al Superintendente, fuera del país. Que con la suscripción de un contrato lnteradministrativo con el Servicio Aéreo a Territorios Nacionales - SATENA se garantizará el suministro de pasajes para0066fi3 2 5 NOV. 2011 desplazamientos, necesarios para el cumplimien(o de la misión institucional de la Superintendencia de Puertos y Transporte. Que se elaboraron los estudios y documentos previos respectivos para la contratación que se comenta por parte de la Oficina del Grupo Administrativo, segun lo señalado en el artículo 3º del Decreto 2474 de 2008. Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 77 del Decreto 2474 de 2008, es procedente indicar lo siguiente a) SEÑALAMIENTO DE LA CAUSAL QUE SE INVOCA: La modalidad de contratación se desarrolla con fundamento en los siguientes aspectos: SERVICIO AÉREO A TERRITORIOS NACIONALES - SATENA, NIT: 899.999.143-4 es una Empresa Comercial del Estado, vinculada al Ministerio de Transporte, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y

SERVICIO AÉREO A TERRITORIOS NACIONALES - SATENA, NIT: 899.999.143-4 es una Empresa Comercial del Estado, vinculada al Ministerio de Transporte, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y capital independiente, creada por la Ley 80 de 1968 y reorganizada conforme a los Decretos 2344 de 1971 y 2180 de 1984 y los estatutos, cuyo objeto social es el de prestar el servicio de transporte aéreo de pasajeros, correo y carga. Dentro del catálogo de funciones asignadas en la Ley y los estatutos, SATENA puede celebrar toda clase de actos o contratos en cumplimiento de sus funciones, e incluso, constituir sociedades o compañías con otras personas naturales o juridicas. conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia. La Ley 80 de 1993 en su articulo 2°, con relación a la denominación de las entidades estatales, d ispone: "La Nación, las regiones, los departamentos. las provincias. el distrito capital y los distritos especiales, las áreas metropolitanas. las asociaciones de municipios, los territorios indígenas y los municipios; los establecimientos publicas, las empresas industriales y comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta en las que el Estado tenga participación superior al cincuenta por ciento (50%), así como las entidades descentralizadas indirectas y las demás personas jurídicas en las que exista dicha participación publica mayoritaria, cualquiera sea la denominación que ellas adopten, en todos los órdenes y niveles. '' El artículo 78 del Decreto 2474 de 2008 señala que: "Las entidades señaladas en el articulo 2° de la Ley 80 de 1993 celebrarán directamente contratos entre ellas,

órdenes y niveles. '' El artículo 78 del Decreto 2474 de 2008 señala que: "Las entidades señaladas en el articulo 2° de la Ley 80 de 1993 celebrarán directamente contratos entre ellas, siempre que las obligaciones del mismo tengan relación directa con el objeto de la entidad ejecutora." b) DETERMINACIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR: Suministro de tiquetes aéreos para el desplazamiento de funcionarios de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en especial del Superintendente, a n ivel internacional, en cumplimiento de su misión institucional e) PRESUPUESTO PARA LA CONTRATACIÓN Y CONDICIONES QUE SE EXIGIRÁN AL CONTRATISTA: El presupuesto oficial para la presente contratación es la suma de CINCO MILLONES DE PESOS ($5.000.000), conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No 55911 de 25 de Noviembre de 2011, con cargo al presupuesto de la Superintendencia de Puertos y Transporte vigencia 2011. d) LUGAR DONDE SE PUEDEN CONSULTAR LOS ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS: El estudio de conveniencia y oportunidad se podrá consultar en las Instalaciones de la Superintendencia de puertos y Transporte , ubicada en la Calle \ 63 No. 9A-45.0066fi3 2 5 NOV. 2011 Que en mérito de lo expuesto la Secretaria General: RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Declarar justificada la modalidad de contratación directa para la celebración de un contrato interadministrat ivo, para que SERVICIO AÉREO A TERRITORIOS NACIONALES - SATENA, NIT: 899.999.143-4, preste el servicio de

celebración de un contrato interadministrat ivo, para que SERVICIO AÉREO A TERRITORIOS NACIONALES - SATENA, NIT: 899.999.143-4, preste el servicio de suministro de tiquetes aéreos a destinos internacionales a la Superintendencia de Puertos y Transporte.

ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenar la publicación del presente acto administrativo en el SECOP ARTÍCULO TERCERO: Vigencia - la presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá, D.C., a los 2 5 NOV. 2011

CÚMPLASE.

VIVIAN CECIU•llilfi•tfFRT-A GUERRA )._, eneral fi--.. fi

Elaboró: Diana Carolina Herrera PradaAbogada Equipo de Contratación

Revisó: Mario Andrés Suárez TovarLlder Equipo de Contratación

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