SUPERTRANSPORTE - Resolución 6814 de 2011
Superintendencia de Transporte
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Resolución 6814 de 2011
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2011
I REPÚBLICA DE COLOMBIA fifi ... ... 1, fi ✓ fi •"""fi·r,· •' ""'-·• - .. . ,--- ---- Libertad y Orden
MINISTERIO DE TRANSPORTE SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN NoQ O 6 81 fi DE
(O 9 DIC. 2011 ) Por medio de la cual se justifica una contratación directa LA SECRETARÍA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere la Resolución No. 024535 de noviembre 29 de 201 O, y CONSIDERANDO Que la Supertransporte es un organismo de naturaleza pública creada por la Ley 1ª de 1991, de conformidad con la delegación otorgada por el Presidente de la República, mediante Decreto 1016 de 2000 y Decreto 27 41 de 2001, adscrita al Ministerio de Transporte, la cual tiene a su cargo las funciones de inspección, vigilancia y control que le corresponden al Presidente de la República como Suprema Autoridad Administrativa en materia de Tránsito y Transporte y su infraestructura en todos sus modos, sin dejar de mencionar además las señaladas particularmente en aquella ley y demás disposiciones legales pertinentes sobre el tema de puertos. Que esta Superintendencia, al pertenecer a la mfituraleza pública, está sometida a los principios de la función administrativa y, como consecuencia de ello, en el desarrollo del norte institucional que se indicó, debe procurar al máximo la aplicación de los postulados de la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad,
desarrollo del norte institucional que se indicó, debe procurar al máximo la aplicación de los postulados de la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia, con el fin de cumplir a satisfacción la prestación del servicio de inspección, vigilancia y control que se le ha encomendado. Que la misión institucional a cargo de la Superintendencia de Puertos y· Transporte le impone la obligación y la necesidad de desplazar a sus funcionarios y contratistas a diferentes lugares del país. Que con la suscripción de un contrato interadministrativo con el Servicio Aéreo a Territorios Nacionales - SATENA se garantizará el suministro de pasajes para desplazamientos, necesarios para el cumplimiento de la misión institucional de la Superintendencia de Puertos y Transporte.
- --- ----'-fi006814 O 9 DIC. 2011
Que se elaboraron los estudios y documentos previos respechvos para la contratación que se comenta por parte de la Oficina del Grupo Administrativo, según lo señalado en el artículo 3° del Decreto 2474 de 2008. Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 77 del Decreto 2474 de 2008, es procedente indicar lo siguiente: a) SEÑALAMIENTO DE LA CAUSAL QUE SE INVOCA: La modalidad de contratación se desarrolla con fundamento en los siguientes aspectos: SERVICIO AÉREO A TERRITORIOS NACIONALES - SATENA, NIT: 899.999.143-4 es una Sociedad de Economía Mixta por acciones del orden nacional, de carácter anónimo, vinculada al Ministerio de Defensa Nacional,
SERVICIO AÉREO A TERRITORIOS NACIONALES - SATENA, NIT: 899.999.143-4 es una Sociedad de Economía Mixta por acciones del orden nacional, de carácter anónimo, vinculada al Ministerio de Defensa Nacional, domiciliada en Bogotá D.C., autorizada por la Ley 1427 de 2010, constituida mediante escritura pública No. 1427 de mayo 9 de 2011 de la Notaria 64 de Bogotá, e inscrita bajo el número 01486354 del libro IX de la Cámara de Comercio de Bogotá, cuyo objeto social es el de prestar el servicio de transporte aéreo de pasaJeros, correo y carga. Dentro del catálogo de funciones asignadas en la Ley y los estatut9$, SATENA puede celebrar toda clase de actos o contratos en cumplimiento de sus funciones, e incluso, constituir sociedades o compañías con otras personas naturales o jurídicas, conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia. La Ley 80 de 1993 en su artículo 2°, con relación a la denominación de las entidades estatales, dispone: "La Nación, las regiones, los departamentos, las provincias, el distrito capital y los distritos especiales, las áreas metropolitanas, las asociaciones de municipios, los territorios indígenas y los municipios; los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta en las que el Estado tenga participación superior al cincuenta por ciento (50%), así como las entidades descentralizadas indirectas y las demás personas jurídicas en las que exista dicha participación pública mayoritaria, cualquiera sea la denominación que ellas adopten, en todos los órdenes y niveles.
cincuenta por ciento (50%), así como las entidades descentralizadas indirectas y las demás personas jurídicas en las que exista dicha participación pública mayoritaria, cualquiera sea la denominación que ellas adopten, en todos los órdenes y niveles. El artículo 78 del Decreto 2474 de 2008 señala que: "Las entidades señaladas en el artículo 2° de la Ley 80 de 1993 celebrarán directamente contratos entre ellas, siempre que las obligaciones del mismo tengan relación directa con el objeto de la entidad ejecutora." b) DETERMINACIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR: Suministro de tiquetes aéreos en rutas nacionales para los viajes que requieran los funcionarios y contratistas de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en cumplimiento de comisiones de inspección, vigilancia y control de las delegadas de la Entidad y de su misión institucional. e) PRESUPUESTO PARA LA CONTRATACIÓN Y CONDICIONES QUE SE EXIGIRÁN AL CONTRATISTA: El presupuesto oficial para la presente contratación es la suma de TREINTA MILLONES DE PESOS ($30.000.000), conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 57011 de 28 de Noviembre de 2011, con cargo al presupuesto de la Superintendencia de Puertos y Transporte vigencia 2011. d) LUGAR DONDE SE PUEDEN CONSULTAR LOS ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS: El estudio de conveniencia y oportunidad se podrá consultar en las Instalaciones de la Superintendencia de puertos y Transporte, ubicada en la Calle 63 No. 9A-45. fi t • 1 r/' O 9 DIC. 2011 Que en mérito de lo expuesto la Secretaria General:
RESUELVE
Transporte, ubicada en la Calle 63 No. 9A-45. fi t • 1 r/' O 9 DIC. 2011 Que en mérito de lo expuesto la Secretaria General: RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Declarar justificada la modalidad de contratación directa para la celebración de un contrato interadministrativo, para que SERVICIO AÉREO A TERRITORIOS NACIONALES - SATENA, NIT: 899.999.143-4, preste el servicio de suministro de tiquetes aéreos a destinos nacionales a la Superintendencia de Puertos y Transporte.
ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenar la publicación del presente acto administrativo en el SECOP.
ARTÍCULO TERCERO: Vigencia - la presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, o.e., a los O 9 DIC. 2011
CÚMPLASE.
Elaboró: Diana Carolina Herrera PradaAbogada Equipo de Contratación Revisó: Mario Andrés Suárez Tovar - Lider Equipo de Contratación ft r0ss14