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SUPERTRANSPORTE - Resolución 6993 de 2009

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 6993 de 2009
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2009

REPÚBLICA DE COLOMB IA

Li!:),r,ltad y Órdl't'!

MI NIS TERIO DE TR ANS PORTE

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN No.006993 DE ( 2 O MAY 2009 ) Por la cual se adopta el Plan Institucional de Gestión Ambiental 2009-2010 de la Superintendencia de Puertos y Transporte EL SUPERINTENDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE En uso de sus facultades legales y en especial en las conferidas en el numeral 18 del artículo 7 del Decreto 1016 de 2000 y, CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 80 de la Constitución Política de 1991, es deber del estado planificar el manejo y el aprovechamiento de los recursos naturales, además de prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponiendo sanciones legales y exigiendo la reparación de los daños causados. Que mediante la Ley 99 de 1993 se creó el Ministerio del Medio Ambiente; hoy Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial-MAVDT y se reordenó el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables. Que conforme al articulo 1ro. de la Ley 319 de 1996, por medio de la cual se aprobó el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador", el Estado Colombiano tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias, tanto de orden interno corno mediante la cooperación entre los estados, especialmente en materias económica y técnica, para lograr progresivamente, la plena efectividad de los derechos que se reconocen en el

de San Salvador", el Estado Colombiano tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias, tanto de orden interno corno mediante la cooperación entre los estados, especialmente en materias económica y técnica, para lograr progresivamente, la plena efectividad de los derechos que se reconocen en el protocolo, dentro de los cuales está el derecho al ambiente sano.e

RESOLUCION No. 00699J DE 2 D MAY 20C:} Hoja No. 2

Por la cual se adopta el Plan Institucional de Gestión Ambiental de la Superintendencia de Puertos y Transporte Que la gestión ambiental es el conjunto de actividades destinadas a prevenir, mitigar, corregir o compensar los impactos negativos sobre el ambiente y los recursos naturales, en forma de garantizar un desarrollo sostenible. Que en cumplimiento de los principios de desarrollo sostenible y de las disposiciones legales vigentes, en especial las relacionadas con el deber del Estado de proteger la diversidad e integridad del medio ambiente, prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental y fomentar la educación ambiental, la entidad está comprometida a desarrollar sus labores con el debido respeto por la protección del medio ambiente y a mejorar continuamente las prácticas medioambientales. Que la Oficina de Planeación de la Superintendencia de Puertos y Transporte elaboró el diagnóstico que sirvió de fundamento para la definición del Plan Institucional de Gestión Ambiental 2009-201 O. Que el Plan Institucional de Gestión Ambiental 2009-201 O es un instrumento fundamental para garantizar que el cumplimiento de la misión de la entidad, se realice protegiendo el medio ambiente a través del diseño y ejecución de programas y acciones que prevengan, mitiguen, corrigan o compensen el deterioro ambiental. Que en virtud de lo anterior,

realice protegiendo el medio ambiente a través del diseño y ejecución de programas y acciones que prevengan, mitiguen, corrigan o compensen el deterioro ambiental. Que en virtud de lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO 1º : Adoptar el Plan Institucional de Gestión Ambiental de la Superintendencia de Puertos y Transporte para las vigencias 2009 y 201 O, el cual forma parte integrante del presente acto administrativo. ARTÍCULO 2º : Implementación: Para la implementación del Plan Institucional de Gestión Ambiental de la Superintendencia de Puertos y Transporte, la entidad se compromete a destinar los recursos necesarios para su desarrollo, siendo responsabilidad de cada uno de los servidores públicos participar activamente en la ejecución de los programas y actividades que se establezcan. ARTÍCULO 3º : Seguimiento: La Oficina de Planeación realizará trimestralmente un seguimiento a la ejecución de los programas y actividades del Plan Institucional de Gestión Ambiental, que permitirá evaluar sus resultados e introducir ajustes para lograr la ejecución de los programas y actividades previstas en el plan. Para ello todas las dependencias de la entidad responsables de la ejecución de los diferentes programas, deberán enviar dentro de los primeros 5 días del mes siguiente al vencimiento de cada trimestre, un informe con los logros obtenidos frente a cada una de las actividades ejecutadas. ARTÍCULO 4º : Divulgación del Plan Institucional de Gestión Ambiental: La Oficina de Planeación de la Superintendencia, publicará en el Portal de la Entidad el Plan Institucional de Gestión Ambiental de la Su¡:,erintendencia de Puertos y Transporte y los informes de seguimiento trimestrales. ARTÍCULO 5º : Actualización: El Plan Institucional de Gestión Ambiental deberá

el Plan Institucional de Gestión Ambiental de la Su¡:,erintendencia de Puertos y Transporte y los informes de seguimiento trimestrales. ARTÍCULO 5º : Actualización: El Plan Institucional de Gestión Ambiental deberá actualizarse cada vez que se revise el Plan Estratégico y los Planes de Acción, buscando que mantenga coherencia con el ejercicio de planeación institucional. 1"' """' '77 "' :-:-· ... -;..

RES0LUCION No. g J DE 2 O MAY 2009 Hoja No. 3

Por la cual se adopta el Plan Institucional de Gestión Ambiental de la Superintendencia de Puertos y Transporte ARTÍCULO 6º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Dado en Bogotá D. C., a los 20 días del mes mayo de 2009.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Proyecto: Jeaneth Flórez Pardo. Jefe Oficina de Planeación

Revisó: Oficina Jurídica

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