SUPERTRANSPORTE - Resolución 7347 de 2012
Superintendencia de Transporte
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Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Resolución 7347 de 2012
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2012
-. .
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MI NISTERIO DE TRANS PO RTE
SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE
RESOLUCION No DE 000073fi 7) 3 O OCT. 2012
Por medio de la cual se justifica una contratación directa LA SECRETARIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere la Resolución No, 5731 del 25 de Julio de 2012, y CONSIDERANDO: Que la Superintendencia de Puertos y Transporte es un organismo de naturaleza pública creada por la Ley 1ª, de conformidad con la delegación otorgada por el Presidente de la República, mediante Decreto 101 de 2000, Decreto 1016 de 2000 y Decreto 2741 de 2001, adscrita al Ministerio de Transporte, la cual tiene a su cargo las funciones de inspección, vigilancia y control que le corresponden al Presidente de la República como Suprema Autoridad Administrativa en materia de Tránsito y Transporte y su infraestructura. Que la oficina del Coordinador Grupo de Informática y Estadistica, ha identificado la neces idad de llevar a cabo la contratación para la Renovación del servicio de actualización y soporte técnico denominado Software Upd License & Support de los productos Oracle licenciados por la Superintendencia de Puertos y Transporte. Que de acuerdo a lo expuesto anteriormente, se elaboraron los estudios y documentos previos respectivos para la contratación que se comenta, según lo sei'ialado en el articulo 2. 1. 1 del Decreto 734 de 2012, por parte del Coordinador Grupo de Informática y Estadistica del Grupo Administrativa.
previos respectivos para la contratación que se comenta, según lo sei'ialado en el articulo 2. 1. 1 del Decreto 734 de 2012, por parte del Coordinador Grupo de Informática y Estadistica del Grupo Administrativa. Que en el registro mercantil se encuentra inscrito el acto del 5 de Febrero de 2009, bajo el número 00018911 del Libro XII del Registro Mercantil de ORACLE COLOMBIA L TOA, información certificada por la Cámara de Comercio de Bogotá el 25 de Julio de 2012, en donde consta que: ORACLE CORPORATION. " .... ... 1, Es dueña directa o indirectamente de los derechos de autor y propiedad intelectual de los productos Oracle; o le han sido otorgados los derechos de distribución- ' , RESOLUC1&0@73fi 7 DE 2012 Por medio de la cual se justifica la contratación directa 3 O OCT. 2012 HolaNo. 2 de producto Oracle, los cuales incluyen derechos de autor y propiedad intelectual que pertenecen a otra entidad. 2 Oracle Colombia Llda., es una Subsidiaria Indirecta de Oracle Corporation e el territorio de Colombia.
3. Oracle Colombia Ltda., está autorizada directa o indirectamente por Oracle Co,poration para distribuir todos los productos y todos los servicios Orac/e en el territorio de Colombia. 4 Oracle Colombia Llda., es la tinica entidad en Colombia autorizada por Oracle Corporation para contratar la renovación del servicio de soporte y actualización de los productos Oracle ... " Que en su calidad de proveedor exclusivo, permite que la presente contratación se adelante mediante contratación directa conforme al articulo conforme a lo establecido en el Decreto 734 de 2012 en su artículo 3.4.2.4.1. "Contratación directa cuando no
Que en su calidad de proveedor exclusivo, permite que la presente contratación se adelante mediante contratación directa conforme al articulo conforme a lo establecido en el Decreto 734 de 2012 en su artículo 3.4.2.4.1. "Contratación directa cuando no exista pluralidad de oferentes. Se considera que no existe pluralidad de oferentes: ..... 2. Cuando solo exista una persona que pueda proveer el bien o el servicio por ser titular de los derechos de propiedad industrial o de los derechos de autor, o por ser su proveedor exclusivo." Que para el proceso de contratación se cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 30012 del 1 de Agosto de 2012 Que en mérito de lo expuesto , RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- Determinar el cumplimiento de lo señalado en el articulo 2, numeral 4, literal g, de la Ley 1150 de 2007. en consonancia con el artículo 3.4.2.4.1. numeral 2, del Decreto 734 de 2012, como causal de contratación directa, cuyo objeto del presente acto administrativo, reúne además las siguientes características: a) Señalamiento de la Causal que se invoca: En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el artículo 3.4.2 .4.1. del Decreto 734 de 2012, como causal de contratación directa, como quiera que se trata de una contratación directa. cuyo objeto social cubre la necesidad planteada en los estudios y documentos previos. para la Superintendencia de Puertos y Transporte. b) Presupuesto para la Contratación: Se estableció como presupuesto oficial la suma de VEINTINUEVE MILLONES
planteada en los estudios y documentos previos. para la Superintendencia de Puertos y Transporte. b) Presupuesto para la Contratación: Se estableció como presupuesto oficial la suma de VEINTINUEVE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y SIETE PESOS MICTE ($29.678.177,00) IVA incluido. los cuales se cancelarán con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 30012 del 1 de Agosto de 2012, de acuerdo al presupuesto de la Superintendencia de Puertos y Transporte para la presente vigencia.• RESOLUCÍ0ij (}ü_7 j fi 7 DE 2012 3 O OCT. 2012 Hola No. 3 Por medio de la cual se justifica la contratación directa c) Lugar donde se pueden consultar los estudios y documentos previos El estudio de conveniencia y oportunidad se podrá consultar físicamente en la Oficina de la Coordinación, 'Grupo de Informática y Estadistica de la Secretaria General, ubicada en la Calle 63 No. 9ª-45. ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorizar la celebración de la presente contratación directa, cuyo objeto consiste en: "Renovación del servicio de actualización y soporte técnico denominado Software Update License & Support de los productos Oracle lícenciados por la Superintendencia de Puertos y Transporte." con la firma ORACLE COLOMBIA L TOA, identificada con NIT 800.103.052-8 conforme a lo establecido en el articulo 2, numeral 4, literal g, de la Ley 1150 de 2007, en consonancia con el articulo 3.4.2.4. 1. Numeral 2, del Decreto 734 de 2012 ARTICULO TERCERO. Contra el presente acto no procede recurso alguno, de
consonancia con el articulo 3.4.2.4. 1. Numeral 2, del Decreto 734 de 2012 ARTICULO TERCERO. Contra el presente acto no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el articulo 49 del Código Contencioso Administrativo ARTICULO CUARTO. Ordenar la publicación del presente acto administrativo en el SECOP. ARTICULO QUINTÓ. Vigencia.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE 3 O OCT. 2012
(Original Firmado)
ARIOFEDzc¿
Secretario General