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SUPERTRANSPORTE - Resolución 7375 de 2012

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 7375 de 2012
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2012

\ , 1 1 l . ( , REPÚBLICA DE COLOMBIA fi $ 1 $ 01 - 1,

MIN IST ERI O DE TR ANSPORTE SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN t00 0 Ü 7 :J 7 5 DE 2012 ( ) Por la cual se determina el resultado presupuesta! de la tasa de vigilancia de la vigencia fiscal de 2011. EL SUPERIN'IENTEDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE En ejercicio de las facultades legales que le confiere la Ley 01 de 1991, el Decreto 101 de 2.000, y en especial el Numeral 18 del Artículo 7 del Decreto 1016 de junio 6 de 2.000, el parágrafo del artículo 4 de la Resolución 4297 de octubre 10 de 2008, la Resolución 003393 del 14 de septiembre de 2.011 y CONSIDER ANDO: Que el numeral 27.2 del articulo 27 de la Ley 1 de 1991, establece como funciones de la Superintendencia General de Puertos, hoy, Superintendencia de Puertos y Transporte -Supertransporte: "27.2. Cobrar a las sociedades portuarias y a los operadores portuarios, por concepto de vigilancia, una tasa por la parte proporcional que le corresponda, según sus ingresos brutos, en /os costos de funcionamiento de la Superintendencia, definidos por la Contralor/a General de la República." Que el parágrafo del artículo 40 del capitulo IV del Decreto 101 del 2 de Febrero de 2000, modificó la dfnomínación de la Superintendencia General de Puertos por Superintendencia de Puertos y Transporte, Supertransporte.

República." Que el parágrafo del artículo 40 del capitulo IV del Decreto 101 del 2 de Febrero de 2000, modificó la dfnomínación de la Superintendencia General de Puertos por Superintendencia de Puertos y Transporte, Supertransporte. Que de conformidad con el artículo 42 del Decreto 101 de 2.000, modificado por el art[culo 4° del Decreto 2741 de 2001, son sujetos de inspección, vigilancia y control de la Superintendencia de Puertos y Transporte, Supertransporte, entre otros, los concesionarios y los operadores portuarios. Que de conformidad con el Decreto 1016 de junio 6 de 2.000 en especial el Numeral 18 del Artículo 7, corresponde al Superintendente de Puertos y Transporte expedir los actos administrativos que como jefe de organismo le corresponde conforme lo establecen las disposiciones legales, así como los reglamentos e instrucciones internas que sean necesarios para el cabal funcionamiento de la entidad.RESOLUCION No. 00007375 O 1 NOV. 2012:. Hoja No. 2 de 3 Por la cual se determina el resultado presupuestal de la tasa de v,9ilancia de la vigencia fiscal de 2011. Que en virtud del parágrafo del artículo 4 de la Resolució'1,1 4297 de octubre 10 de 2008, el Ministro de Transporte delegó en el Superin,cendente de Puertos y Transporte: "Parágrafo: De la Determinación de excedentes. Deléguese en el Superintendente de Puertos y Transporte la facultad de determinar y decretar, en las subsiguientes vigencias fiscales, los excedentes o déficit a los correspondientes gastos de funcionamiento por la vigilancia y su reembolso, abono o cobro a los

Superintendente de Puertos y Transporte la facultad de determinar y decretar, en las subsiguientes vigencias fiscales, los excedentes o déficit a los correspondientes gastos de funcionamiento por la vigilancia y su reembolso, abono o cobro a los contribuyentes". Que mediante la Resolución No. 003393 del 14 de septiembre de 2011 el Ministerio de Transporte fijó el porcentaje de la Tasa de Vigilancia, que deben pagar a la Superintendencia dt fiue,tos.y yansporte, los vigilados sometidos a su supervisión para el año 2011, ·n el O, 1641 fi 'cle sus ingresos brutos originados de la actividad portuaria realizada en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010. Ordenando al mismo tiempo en su Art. 2º que "La Superintendencia de Puertos y Transporte procederá a determinar el excedente o déficit de los correspondientes gastos de funcionamiento por la vigilancia, los cuales deberán ser reembolsados a los contribu yeotes, abonados a las contribuciones del siguiente periodo o cobrados a los vigilados, según sea el caso, ... ". ' ' Que conforme a lo informado por la Profesional Especializado ubicada en el Grupo Financiera, Cobro y Control Tasa de Vigilancia, encargada del manejo y recaudo de la Tasa de Vigilancia, en el Reporte Consolidado del Recaudo de Tasa de Vigilancia con corte a 31 de diciembre de 2011, el valor cancelado por los Concesionarios y Operadores Portuarios durante la vigencia 2011, ascendió a la suma de$ 3.477.046.597, cifra que se discrimina como se resume a continuación:

CONCEPTO RECAUDO VALOR

Concesionarios y Operadores Portuarios durante la vigencia 2011, ascendió a la suma de$ 3.477.046.597, cifra que se discrimina como se resume a continuación: CONCEPTO RECAUDO VALOR INGRESOS FISCALES NO TRIB UTARIOS· TASA DE VIGILANCIA 3.321.845.316 VIGENCIA 2011

INGRESOS FISCALES NO TRIBUTARIOS· TASA DE VIGILANCIA

VIGENCIAS ANTERIORES 100.551.078

INTERESES POR MORA EN PAGO TASA DE VIGILANCIA

VIGENCIAS ANTERIORES 35.675.742

MAYORES VALORES RECAUDADOS TASA DE VIGILANCIA

VIGENCIAS ANTERIORES 18.974.461

TOTAL RECAUDO EFECTIVO - VIGENCIA DE 2011 $ 3.477.046.597

Que conforme a los Estados Financieros de la Superintendencia de Puertos y Transporte con corte a 31 de diciembre de 2011. debidamente certificados por el Representante Legal de la entidad y la Profesional Universitaria con funciones de Contadora una vez cerrada la vigencia fiscal de 2011, la Ejecución Presupuesta! de la Superintendencia de Puertos y Transporte, refleja que el recurso 16 Fondos Especiales, alcanzó la siguiente ejecución de gastos:

EJECUCION PRESUPUESTALRECURSO 16 FONDOS

ESPECIALES VALOR

EJECUCION VIGENCIA ACTUAL 3.252.096.394

RESERVAS PRESUPUESTALES A 31 DE DICIEMBRE DE 2011 150.254.11 O

CUENTAS POR PAGAR A 31 DE DICIEMBRE DE 2011 110.514.274

RESERVAS PRESUPUESTALES A 31 DE DICIEMBRE DE 2011 150.254.11 O

CUENTAS POR PAGAR A 31 DE DICIEMBRE DE 2011 110.514.274

TOTAL EJECUTADO A 31 DE DICIEMBRE DE 2011 $ 3.512.864. 778•

RESOLUCION No. 00007375 O 1 NOV. 2012 Hoja No. 3 de 3

Por la cual se determina el resultado presupuestal de la tasa de vigilancia de la vigencia fiscal de 2011. Que con fundamento en los lineamientos definidos según estudio realizado y procedimiento establecido para determinar el excedente o déficit de la tasa de vigilancia, se realizó la operación de restar a la ejecución presupuesta! de gastos de funcionamiento por recurso 16 - Fondos Especiales con corte a 31 de diciembre de 2011, los recaudos efectivos por concepto de Tasa de vigilancia del año 2011 liquidada sobre ingresos brutos por operación portuaria obtenidos en el periodo comprendido entre e) 11 de enero y el 31 de diciembre de 2010, reportados por los Concesionarios y OP,eradores Portuarios, así como los recaudos de vigencias anteriores (pagos ex1emporaneos}, obteniendo como resultado un Déficit de la tasa de vigilancia correspondiente a la vigencia de 2011 por valor de $35.818.181, como se registra en el siguiente cuadro:

CALCULO EXCEDENTE O DEFICIT TASA DE VIGILANCIA 2011

PRESUPUESTO EJECUTADO PARA EL SUBSECTOR EN LA SUPERINTEDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE PRESUPUESTO EJECUTADO VIGENCIA 2011 (RECURSO 16

- FONDOS ESPECIALES)

PRESUPUESTO EJECUTADO PARA EL SUBSECTOR EN LA SUPERINTEDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE PRESUPUESTO EJECUTADO VIGENCIA 2011 (RECURSO 16

- FONDOS ESPECIALES) TOTAL RECAUDOS TASA DE VIGILANCIAVIGENCIA 2011 1 3.512.864. 778

3.512.864. 778 2 3.477.046.597

RECAUDO TASA DE VIGILANCIA VIGENCIA 2011 3.321.845.316

RECAUDO TASA DE VIGILANCIA VIGENCIAS ANTERIORES 155.201.281

DEFICIT - VIGENCIA 2011 $ (2-1) -35.818.181

.. '·1 En mérito de lo anteriormente expuesto, el Superintendente de Puertos y Transporte, 1 ll 1

RESUELVE: ARTICULO PRIMERO.- No declarar excedentes de la contribución de la tasa de vigilancia correspondiente a la vigencia fiscal 2011, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta resolución y lo ordenado por el procedimiento interno de recaudo de la tasa de vigilancia.

ARTICULO SEGUNDO.- Por intermedio de la Secretaria General adelantese el tramite respectivo para su publicación en el diario oficial y en la pagina web de la entidad. ARTICULO TERCERO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de publicación en el diario oficial. Dada en Bogota o.e., a los ... Proyee1ó Reviso

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O 1 NOV. 2012

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Sóperintendente de Puertos Y Transporte

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O 1 NOV. 2012

\ JUAN I IGUEL DURAN PRIETO ' l• Sóperintendente de Puertos Y Transporte l nna Esperanza Agudar A -Profesional Unive,sitana "'tfi ? f.L Jorge V Mosqoera Molina -Abogado Contrat ista Secretada Ger.er Luz Elena Caícedo-Coordinadora Gtupo Financiero V Control de Tas Esperanza Martmez Herrera -Piofes lonat Umversitaria Es.peetal!zada -Control Tasa Yanneth Rodnguez V,goya -Ases01a Desfio fi • Lu,s Ennque Burt.rago -Jefe Oficina Jutídl ...... fi':\t\ IIIJI) 1 1 1 r, ; 1 ··¡ ,.

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