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SUPERTRANSPORTE - Resolución 76525 de 2016

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 76525 de 2016
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2016

REPÚBLICA DE COLOMBIA

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MI NISTERIO DE TRANSPORTE

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN No. DE 076525 z 2 o I e 2016

Por la cual se implementan la política de prevención del daño antijurídico de la Superintendencia de Puertos y Transporte EL SUPERINTENDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE En ejercicio de las facultades legales delegadas mediante Resolución No. 13414 del 30 de diciembre de 2009, en concordancia con la confiere la Ley 1 de 1991, el Decreto 101 del 2000, Decreto 1016 de 2000, modificados por el Decreto 27 41 de 2001, y demás normas concordantes para lo cual tendrá en cuenta y CONSIDERANDO Que mediante el Decreto compilatorio No1069 de mayo 26 de 2015, se establecieron las normas de obligatorio cumplimiento de los Comités de Conciliación de que trata el artículo 75 de Ley 446 de 1998, señalando, integración, funciones, periodicidad de sus sesiones y reglas para la adopción de sus decisiones, funciones de la Secretaria Técnica y lo relacionado con las acciones de repetición y llamamiento en garantía y lo concerniente a la elaboración de las actas de cada cesión del comité. Que el artículo 2.2.4.3.1.2.3. Del mismo Decreto, define al Comité de Defensa Judicial y Conciliación como "una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad".

Conciliación como "una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad". Que el artículo 2.2.4.3.1.2.6. ibídem, en sus numerales 1 y 2 del mencionado Decreto establece que entre las funciones de los Comités de Defensa Judicial y Conciliación de las Entidades Públicas del orden nacional, departamental, distrital, etc.; están las de "Formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico" y "Diseñar /as políticas generales que orientaran la defensa de los intereses de la entidad". Que mediante Resolución No.13414 del 30 de Diciembre de 2009, se estructuró el Comité de Defensa Judicial y Conciliación en la Superintendencia de Puertos y Transporte y en desarrollo de lo establecido en el Decreto 1069 de 2015 y el artículo 4 de la precitada Resolución, se estableció como funciones del Comité de Defensa Judicial y Conciliación " Formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico" y "Diseñar las políticas generales que orientan la defensa de los intereses en litigio de la entidad': que le serán aplicables a los casos análogos y recurrentes en los que la entidad hace parte, con el fin de asistir a las diferentes instancias prejudiciales y judiciales con una posición institucional unificada y coherente, cuando se debatan asuntos con identidad fáctica y jurídica. Que el Comité de Defensa Judicial y de Conciliación, teniendo en cuenta las acciones judiciales y extrajudiciales en las que la entidad hace parte como demandante. demandado

unificada y coherente, cuando se debatan asuntos con identidad fáctica y jurídica. Que el Comité de Defensa Judicial y de Conciliación, teniendo en cuenta las acciones judiciales y extrajudiciales en las que la entidad hace parte como demandante. demandado o convocado, así como de las condenas impuestas a la Institución, que han sido estudiadas y puestas a consideración de este órgano, ha implementado políticas en materia de defensa judicial y de prevención del daño antijurídico. fi \Por la cual se implementan la política de prevención del daño antijurídico de la Superintendencia de Pue,tos y Transporte 0765 25 RESOLUCION Nro .. 2 2 o, e 2016 DE HOJA No Que mediante correo electrónico del 29 de noviembre de 2016 se aprobaron los pasos previos para la proyección de la política de prevención del daño antijurídico por parte de la Agencia Nacional de la Defensa Jurídica del Estado (ANDJE) Por lo anterior, las recomendaciones emitidas por el Comité de Defensa Judicial y de Conciliación a título de prevención del daño antijurídico, han sido puestas en conocimiento de las diferentes áreas y dependencias de la Superintendencia de Puertos y Transporte, en aras de evitar la recurrencia de los hechos generadores del daño antijurídico, que llegasen a causar un detrimento al patrimonio público. En aras de unificar las recomendaciones y directrices impartidas por el Comité de Defensa Judicial y de Conciliación, a título de prevención de daño antijurídico y la defensa judicial, con el fin de mitigar los hechos generadores del daño con el conocimiento de todas las áreas, se considera necesario implementar las Políticas de Gestión Jurídica, Prevención del

con el fin de mitigar los hechos generadores del daño con el conocimiento de todas las áreas, se considera necesario implementar las Políticas de Gestión Jurídica, Prevención del Daño Antijurídico y Defensa Judicial de la Superintendencia, de acuerdo a lo consagrado en el Decreto No 1069 de mayo 26 de 2015, y para lo cual, se realiza el siguiente diagnostico:

1. PROYECCIÓN POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURIDICO DE LA

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE TERRESTRE.

Para una eficaz aplicación y proyección de una política de prevención de daño antijurídico la entidad considera necesario tener total claridad de la actividad litigiosa de la misma, por tal motivo, se realizó un estudio detallado de los procesos (Demandas) que lleva la Oficina Asesora Jurídica, discriminándolos uno a uno, teniendo como indice diferenciador el medio de control utilizado por los demandantes; medio que varía dependiendo los aspectos característicos de los mismos. El estudio previamente mencionado se realizó por parte de los abogados externos y del grupo de defensa judicial dirigido por el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica. Basado en lo anterior la política de prevención del daño antijurídico de la Superintendencia de Puertos y Transporte se estructura de la siguiente manera: • IDENTIFICACION DE LA PRIORIDAD: Por sus facultades de inspección, vigilancia y control, la Superintendencia de Puertos y Transporte es constantemente demanda bajo el medio de control de LA NULIDAD Y EL RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO, los demandantes eligen este medio de control con el propósito que la autoridad judicial declare nula la sanción consistente en una multa la cual obliga al demandante a hacer efectivo un

medio de control de LA NULIDAD Y EL RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO, los demandantes eligen este medio de control con el propósito que la autoridad judicial declare nula la sanción consistente en una multa la cual obliga al demandante a hacer efectivo un pago a favor de la entidad, y como consecuencia de lo descrito se obligue a la entidad a restablecer el derecho presuntamente afectado a los accionantes. Las demandas bajo este medio de control representan un 80% de la actividad litigiosa de la entidad, es por eso que se tiene como primer paso dar prioridad a este medio de control frente a los demás. J'°ipo de insum 1lpo de ac.dOn Cauu ge.ne.ral Frecuencla Valor

VIOLACIÓN Al OEBIOO PROCESO ADMINISTAATIVO •S S23.517 .558.767

NULIDAD Y

RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO

ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO POR FALSA 32 $11.074.427 ,747 MOTIVACION

DEMANDAS

(NO HAY REPARACIÓN DIRECTA FALLA EN EL SERVICIO 29 S24.755.760.603 CONDENAS)

ACCIONES CONTRACTUALE S INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL 5 $166.843.509.701

NULIDAD SIMPLE FALLA EN LAS FUNCIONES DE LA SUPERINTENDENCIA RESPECTO • CERO A LA INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DC SUS VIGILAOOS

INCONSTITUCIONALIDAD VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE LEGALIDAD 2 CERO

POPULARES VIOLACIÓN DERECHOS COLECTIVOS CONSTITUCIONALES 10 CERO

(Cuadro 1) Para que la aplicación de la política de prevención de daño antijurídico resulte eficaz, es de vital importancia que la Oficina Asesora Jurídica tenga plenamente identificados e

(Cuadro 1) Para que la aplicación de la política de prevención de daño antijurídico resulte eficaz, es de vital importancia que la Oficina Asesora Jurídica tenga plenamente identificados e individualizados cada uno de los procesos con el fin que se tenga certeza de cuáles son las razones por las que más se demanda a la entidad; cuanto representan monetariamente estas demandas en el caso de que la entidad no obtenga un fallo favorable y además esPor la cual se implementan la polftica de prevención del daño antijurídico de la Superintendencia de Puertos y Transporte '.• RESOLUCION Nro. DEO 7 6 5 2 5 2 z o I e 201& HOJA No menester que se tenga claridad de los puntos en los que se presentan vicisitudes frente al proceso sancionatorio y así mismo poder dar una solución oportuna y contundente, dando así mejores resultados, menos demandas y disminución de fallos en contra. • Causa general priorizada en demandas por NULIDAD Y RESTAB LECIMIENTO DEL DERECHO: Para la presente política de prevención de daño antijurídico se identificó como causa general priorizada LA VIOLACION AL DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO, al ser la causa con más incidencias en los contenidos de las demandas, por lo anterior, es necesario hacer plena identificación del hecho que podría llevar a los funcionarios encargados a errar durante el proceso sancionatorio y de la misma manera poder establecer un plan de mejoramiento eficaz y pertinente: Nombre de la enhdad 1 SUPERlNTENOENClA DE PUERTOS V TRANSPORTE 1 l"lvel de litiglo.sklad: ALTO Paso dot: anilisls de la, causas prtmarias o subcau sas

Nombre de la enhdad 1 SUPERlNTENOENClA DE PUERTOS V TRANSPORTE 1 l"lvel de litiglo.sklad: ALTO Paso dot: anilisls de la, causas prtmarias o subcau sas Causa general Hechos Causas primarias o Frecuencia Valor Área gener11dora l.Prevenlble? Prioridad priorizada sube.a usas de la conducta Exped¡ck)n de actos aomniscrauvos sw, Mult1pklda<1 normativa en el Sector observancia del VIOLACIÓN Al Transp()rte v proceso unc:N:>natono rrerco nom\ltlvo por DEBIDO PROCESO Que conleva a la desunlfaclOO de 11 chersldad 45 $23.517 .558.767 OFICINA SI ALTA cntenos por parte de los lnterpetrativa de lis JURIDICA. AOMINlSTRATIVO runcionanos de la entidad normls (Cuadro 2) Por lo anterior como subcausa se establece EXPEDICION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS SIN OBSERVANCIA DEL MARCO NORMATIVO, POR LA DIVERSIDAD INTERPRETATIVA DE LAS NORMAS entendiendo ésta, como la razón por la cual eventualmente se podría dar la violación al debido proceso administrativo, situación que debe ser mitigada por la Oficina Asesora Jurídica ya que al ser esta la encargada de la actividad litigiosa de la entidad es la responsable de comunicar a las otras dependencias la presuntas situaciones que pueden estar generando riesgo de fallo en contra de la entidad. Una vez identificados los problemas que podrían ser generadores de las demandas se procede a determinar si los mismos pueden o no ser prevenibles por parte de la Superintendencia en los procesos sancionatorios. • PLAN DE ACCIÓN: En busca de dar una eficiente respuesta a los presuntos errores

procede a determinar si los mismos pueden o no ser prevenibles por parte de la Superintendencia en los procesos sancionatorios. • PLAN DE ACCIÓN: En busca de dar una eficiente respuesta a los presuntos errores en el proceso sancionatorio, se implementara un plan de acción el cual estará en constante vigilancia por la Oficina Asesora Jurídica, el mismo se llevara a cabo de manera mancomunada con el área de Talento Humano de la Superintendencia de Puertos y Transporte debido a que dicho plan de acción consta de capacitar a los funcionarios encargados del proceso sancionatorio. En vista de lo anterior y con el conocimiento por parte de la Oficina Asesora Jurídica respecto de la multiplicidad normativa que se presenta en el sector transporte se hace necesario capacitar a todos y cada uno de los funcionarios de manera especial acerca de las multiplicidad normativa que pueden estar expidiéndose en el sector transporte, para así crear unanimidad conceptual entre los funcionarios con el propósito de dar conceptos consecuentes con los previamente emitidos en situaciones homologas. Para tal efecto se plantean 2 capacitaciones en la vigencia de cada año, una en cada semestre para tener total cobertura del periodo.Por la cual se implementan la política de prevención del daño antijurídico de la Supe,intendencia de Puertos y o fi "fi 2 2 mesfo1t RESOLUCION Nro. DE HOJA No 4 Causas primarias o secundarias Expedición de actos administrativos sin observancia del marco normativo POR diversidad interpetrativa de las normas por parte de los funcionarios. Medida¿Qué hacer?

CAPACITAR A LOS

ASESORES

JURÍDICOS PARA

QUE SE INFORMEN

Y HAGAN

ACTUAUZACION

interpetrativa de las normas por parte de los funcionarios. Medida¿Qué hacer?

CAPACITAR A LOS

ASESORES

JURÍDICOS PARA

QUE SE INFORMEN

Y HAGAN

ACTUAUZACION

CONCEPTUAL DE

TODA LA

NORMATIVA EN EL

SECTOR TRANSPORTE Paso tres: plan de acción Mecanismo¿(ómo hacerlo?

Cronograma¿Cuándo Responsable¿Quién lo Recursos¿Con qué Divulgación hacerlo? va a hacer? 2 CAPACITACIONES lSy 16de septiembre (CAPACITACIÓN SOBRE REFERENTE AL MARCO LOS CAMBIOS QUE SE TALENTO NORMATIVO DEL PRESENTARON EN EL HUMANO/OFICINA SECTOR TRANSPORTE Y PROCESO JURÍDICA PROCEDIMIENTO

ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO CON

LA ENTRADA EN

VIGENCIA DEL CPACA)

(Cuadro3) Paso cuatro: seguimiento y evaluación lo va hacer?

INTRANET

(SISTEMA DE

COMUNICACIÓN AL Financiera: Presupu S T) 1 PERSONAL .. esto Anua.

I COMITES JURIDICOS Humano: Persona ENTRE LOS capacitado en materia

Contenciosa Administrativa.

ASESORES DE CADA

DEPENDENCIA CON

EL FIN DE UNIFICAR

CONCEPTOS Y

SUBIRLOS A

INTRANET.

Insumos del plan de acción Evaluación Causa primarias o segundarías Mecanismo 2 CAPACITACIONES Expedición de actos administrativos REFERENTE AL MARCO sin observancia del marco normativo NORMATIVO DEL SECTOR por la diversidad interpetrativa de TRANSPORTE Y las normas. PROCEDIMIENTO

ADMINISTRATIVO

2 CAPACITACIONES Expedición de actos administrativos REFERENTE AL MARCO sin observancia del marco normativo NORMATIVO DEL SECTOR por la diversidad interpetrativa de TRANSPORTE Y las normas. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Indicador de Gestión • Sugerido ANDJE • Indicador de Resultado 11 DE ACTOS Indicador de Impacto - Sugerido ANDJE AD :fi 1 :;:ifififios II DE N D U EM U A DA N D AS Y POR 11 CAP ACITACIONES APLICANDO LA REALIZADAS/ 2 RESTABLECIMIENTO NORMATIVA CAPACITACIONES DEL DERECHO QUE PROGRAMADAS ADECU ADAMENTE/ SE DIERON EN EL 11 TOTAL DE ACTOS

ADMINISTRATIVOS

PROFERIDOS

AÑO (Cuadro 4) Inducción y Reinducción de la Presente Política: La inducción a la política se hará cada que un funcionario ingrese a la entidad y sus funciones tengan cabida en los resultados que puedan generar daño a la misma, y la re inducción de la misma, se hará dos veces por año (febrero y noviembre) socializando el presente documento con los funcionarios y con las capacitaciones que se programaran para el conocimiento de los mismos.Por la cual se implementan la política de prevención del daño antijurídico de la Superintendencia de Puertos y 0 7 6 5 2 5 Transpozt2 01 C 2016 RESOLUCION Nro. DE HOJA No RESUELVE PRIMERO: Adoptar la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Superintendencia de Puertos Y transporte, según la parte considerativa.

RESOLUCION Nro. DE HOJA No RESUELVE PRIMERO: Adoptar la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Superintendencia de Puertos Y transporte, según la parte considerativa.

SEGUNDO: Utilizar como plan de acción el uso de capacitaciones programadas a principio y final de año, con el fin de hacer una debida actualización conceptual de los funcionarios y contratistas encargados del proceso sancionatorio Administrativo.

TERCERO: Publíquese en la página web de la Entidad.

Dada en Bogotá D.C. , a los 076525

AMILLO RAMIREZ

Superinte de Puertos y Transporte Proyectó: Sebast1án Román Alarcon \ ) Revisó: Juan Pablo Restrepo Castrillón Jefe Ofici Asesora Jurídica d\, fi '? Juan Ramón Baraca Ido Rodrlguez -Abogado Externo Luís Francisco León Fajardo -Abogado Externo Leonardo Galeano Bautista -Abogado Externo 2 2 o I e 201&

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