SUPERTRANSPORTE - Resolución 7749 de 2013
Superintendencia de Transporte
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Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Resolución 7749 de 2013
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2013
REPÚBLICA DE COLOMBIA
Llbtfi:td y Ord•n SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCION No. Ü Ü Ü Ü 7 7 4 9 < ) O 5 JUL. 2013
Por medio de la cual se Adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa sa072013 EL SECRETARIO GENERAL (e) DE LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, en uso de sus atribuciones legales y CONSIDERANDO: Que mediante documento de estudios y documentos previos suscritos por el Coordinador del Grupo de lnformatica y Estadistica, se identificó la necesidad de Contratar la adquisición de una (1) licencia denominada Comprehensive Gateway Security Suite for NSA 4500 por un (1) año, renovación del licenciamiento de los módulos : SonicWALL Deep Packet lnspection for SSL (DPI-SSL),(afinamiento a la configuración de la funcionalidad), Analyzer (afinamiento a la instalación y configuración) / Licenciamiento del Botnet Filter (renovación de licencia), en los appliances de la entidad. Con este licenciamiento se debe aprovisionar una garantía en donde se certifique la prestación del servicio por un tiempo de 7X24X365, en cuanto a implementación, configuración y continuidad del licenciamiento ofrecido en las instalaciones de la Superintendencia de Puertos y Transporte de acuerdo con las especificaciones mínimas contenidas en la
FICHA TECNICA ANEXO No.1.
Que una vez confeccionados los estudios y documentos previos respectivos para la contratación que se comenta, según lo señalado en el artículo 2.1.1 º del decreto 734 de 2012, se determinó como modalidad de la Selección Abreviada, conforme a lo dispuesto
contratación que se comenta, según lo señalado en el artículo 2.1.1 º del decreto 734 de 2012, se determinó como modalidad de la Selección Abreviada, conforme a lo dispuesto por el literal a) numeral 2° del artículo 2° de la Ley 1150 de 201 O en concordancia con lo previsto en el Titulo 111, Capítulo 11, Sección I y del Decreto 734 de 2012, y por tratarse de bienes de características técnicas uniformes se realizará mediante subasta inversa, conforme a lo previsto en la Titulo 111, Capítulo 11, Subsección I ibídem. Que en cumpliendo del artículo 2.2.5º del Decreto 734 de 2012, a partir del día 23 de mayo de 2013, se publicaron en el Portal Único de Contratación - SECOP-, el respetivo Proyecto de Pliego de condiciones del proceso, el aviso de convocatoria, la ficha técnica, junto con los estudios y documentos previos de éste. Que en cumplimiento del artículo 2.2.2º del Decreto 734 de 2012, se ordenó la apertura del proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantia en la modalidad de Subasta inversa Presencial sa072013, mediante la Resolución No. 5462 del 7 de junio de 2013 y de igual forma estableció el objeto del contrato, la modalidad de selección correspondiente, el cronograma del proceso, el lugar físico y/o electrónico en que se puede consultar y retirar el pliego de condiciones y los estudios y documentos previos y la convocatoria para las veedurias ciudadanas.O S'""JUL. 2013 Por medio de la cual se Adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa sa072013 HoiaNo. 2
la convocatoria para las veedurias ciudadanas.O S'""JUL. 2013 Por medio de la cual se Adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa sa072013 HoiaNo. 2 Que el dia 7 de junio de 2013 se publicó en el en el Portal Único de ContrataciónSECOP-, el pliego de condiciones definitivo. Que la Superintendencia de Puertos y Transporte estimó como presupuesto oficial de la presente contratación la suma de VEINTIOCHO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS MONEDA CORRIENTE ($28.349.774) INCLUIDO IVA, y demás impuestos, costos y gastos que se generen en la ejecución del contrato. El valor del presupuesto comprende los costos directos e indirectos, incluyendo los impuestos, tasas, contribuciones y demás costos inherentes al cumplimiento satisfactorio del contrato, correspondientes a la vigencia fiscal de 2013 de conformidad con el CDP No. 23213 del 23 de mayo de 2013. Que el día 21 de junio de 2013, a las 11 :00 a.m., la Superintendencia de Puertos y Transporte, según lo pactado en el Pliego de Condiciones, se procedió a realizar la Diligencia de Cierre, con el fin de adelantar la apertura de sobres, previo conteo de los folios y estado de los mismos, para proceder acto seguido a depositar la propuesta económica en la urna, la cual bajo los parámetros del Principio de Publicidad esta fue sellada, identificándose las propuestas presentadas por:
Hora OFERENTE 8:58 am COLSISTEC SAS
GARANTIA
LIBERTY SEGUROS
No. 2213386
sellada, identificándose las propuestas presentadas por:
Hora OFERENTE 8:58 am COLSISTEC SAS
GARANTIA
LIBERTY SEGUROS
No. 2213386
Valor asegurado: $2,834,977.40
DESCRIPCION DE LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS - 101 folios sobre requisitos habilitantes original - Sobre con copia de requisitos habilitantes • Sobre cerrado propuesta económica Inicial 10:11 am TECHLAN SOLUTIONS LTDA. SEGUROS DEL • 78 folios sobre requisitos habilitantes original ESTADO No. 21-44-101139611
Valor asegurado: $2,834,977.40 • Sobre con copia de requisitos habilitantes • Sobre cerrado propuesta económica inicial Que mediante memorando 20135300047433 de fecha 21 de junio de 2013, se designó el Comité asesor encargado de verificar las propuestas que se presentaron dentro del proceso de Selección Abreviada en la modalidad de Subasta Inversa presencial sa072013.
Que el Comité Evaluador, presentó sus respectivos informes de evaluación jurídica, tficnica y financiera, consolidado el cual fue publicado en la página del SECOP - Portal Unico de contratación el día 25 de junio de 2013, que se resume a continuación:
PROPONENTE
COLSISTEC
NIT: 800249315•7
TECHLAN SOLUTIONS
LTOA
NIT: 830142127-7
VERIFICACIÓN
FINANCIERA NO CUMPLE El certificado de anlecedentes de la Junta central de Contadores del revisor fiscal no esta vigenle, conforme al informe de venficación financiero.
CUMPLE
VERIFICACIÓN
FINANCIERA NO CUMPLE El certificado de anlecedentes de la Junta central de Contadores del revisor fiscal no esta vigenle, conforme al informe de venficación financiero. CUMPLE VERIFICACIÓN JURÍDICA NO CUMPLE; Algunos de los dalos del proponente sefialados en la garantía da seriedad no com,sponden con los inscritos en el certificado de existencia y representación legal. También existe un error en la ciuclad sede de la entidad, conforme al Informe de verificación de documentos jurídicos habilitantes
CUMPLE
VERIFICACIO
N TÉCNICA
NO CUMPLE·
Presenta Ingeniero dfierenle al solicitado conforme a la evaluación técnica.
CUMPLE
RESULTADO
NO HABILITADO HABILITADO RESOLUCION 0{J0fi 0 7 7 . fi1 1 1 1 1 ' 1 1 1 fi 1RESOLUCION No. 00007749
Por medio de la cual se Adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa sa072013 HoiaNo. 3 Que el evaluador técnico, señalo mediante memorando 20134100049613 del 28 de junio de 2013 lo siguiente: "Dando respuesta a la subsanación realizadas el di a jueves, 27 de junio de 2013, a las 15:05pm, por parte de la empresa COLOMBIANA DE SERVICIOS
TECNOLOGICOS COLSISTEC.
SUBSANACIÓN Técnica No.1: La entidad en el punto 3. 6. 6 PREPARACIÓN
a las 15:05pm, por parte de la empresa COLOMBIANA DE SERVICIOS
TECNOLOGICOS COLSISTEC.
SUBSANACIÓN Técnica No.1: La entidad en el punto 3. 6. 6 PREPARACIÓN TECNICA DEL INGENIRO QUE REALIZARA LA IMPLEMENTACIÓN, solicitó que el ingeniero a realizar la implementación tuviera los siguientes requerimientos: A) Certificación por el fabricante en la infraestructura de Switch Core marca
FORCE10
B) Certificación por el fabricante en la infraestructura de en firewa/1 Sonicwa/1. C) Preparación técnica de los ingenieros de sistemas y/o electrónicos a realizar la implementación: a. Se debe garantizar el siguiente personal:
- Mínimo un (1) INGENIERO DE SISTEMAS Y/O ELECTRONICO titulado, certificado en SONICWALL y FORCE10, con una experiencia mínima de cinco (5) años en el ejercicio de la profesión, contada a partir de la terminación de materias
Respuesta Subsanación No 1: No se acepa la Subsanación. Dado a que a pesar de que la empresa Colombiana de Servicios Tecnológicos COLSISTEC aportara documentación en donde se relacionan las carreras afine a las ingenierías" .. .DECRETO NUMERO 1873 DE 1996, de octubre 16, (sic) Se aclara que el consejo profesional nacional de ingenierf as electrónica, mecánica y profesiones afines, en la resolución No. 50 del 2 de septiembre de 2008 "por la cual se amplia alcance de las actividades contenidas en la clasificación Nacional de Ocupaciones referente a las ingenierías Electica, mecánica y profesiones afines" Se indica que a pesar de que las Ingenierías Electrónica y Eléctrica tienen como
2008 "por la cual se amplia alcance de las actividades contenidas en la clasificación Nacional de Ocupaciones referente a las ingenierías Electica, mecánica y profesiones afines" Se indica que a pesar de que las Ingenierías Electrónica y Eléctrica tienen como base materias similares el campo de ejercicio de la profesión es diferente(sic) Por cuanto el enfoque de los ingenieros electrónicos esta relacionado" ... con un amplio conocimiento de las ciencias físicas y matemáticas, de la teoría y de la practica, de la administración y de la gestión, de los recursos naturales, y con una gran consideración del medio ambiente, responsabilidad social y ética profesional, realiza actividades de investigación, diseno, modelamiento, integración y adaptación, pruebas, consultoría, comercialización, mantenimiento y gestión de dispositivos, equipos y sistemas electrónicos ... "(negrilla fuera de texto). Por cuanto el enfoque de los ingenieros electricistas esa relacionado " ... con un amplio conocimiento de las ciencias físicas y matemáticas, de la teorf a y de la 'r)RESOLUCION Ac9. Do 7 7 4-8 Por medio de la cual se Adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa sa072013 HoiaNo. 4 práctica, de la administración y de la gestión, de los recursos naturales y con una gran consideración del medio ambiente, responsabilidad social y ética profesional, (realiza actividades de investigación, planeación, diseño, instalación, prueba, asesoría, comercialización, mantenimiento y gestión de equipos y sistemas de energía, especialmente los relacionados con la energía eléctrica) ... " Finalmente el termino de AFINES señalado en el decreto 1873 de 1996 no puede
prueba, asesoría, comercialización, mantenimiento y gestión de equipos y sistemas de energía, especialmente los relacionados con la energía eléctrica) ... " Finalmente el termino de AFINES señalado en el decreto 1873 de 1996 no puede entenderse como sinónimo de "IGUALES" sino que las carreras señaladas en esta normatividad fueron agrupadas sino (sic) para que el consejo profesional de ingenierfas eléctrica mecánica y profesiones afines regule /(sic) ejercicio de dichas profesiones. A esto se suma que el pliego de condiciones solicito como perfiles Mínimo un (1) INGENIERO DE SISTEMAS Y/O ELECTRONICO, y el proponente aporto un Ingeniero eléctrico por tal motivo la propuesta esta deshabilitada técnicamente. Teniendo en cuenta lo anterior las dos Ingenierías son distintas y el pliego es muy claro al establecer que el Ingeniero requerido es un ingeniero de sistemas y/o electrónico, por esta razón no se acepta la observación." Que dentro del término establecido en el Cronograma, los Comités de evaluación jurídica, técnica y financiera, luego de finalizado el término de traslado otorgado a los proponentes, presentaron el informe definitivo y lista de proponentes habilitados el cual fue publicado en el SECOP el día 2 de julio de 2013 y se resumen así: PROPONENTE VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN VERIFICACION RESULTADO FINANCIERA JURÍDICA TÉCNICA
CUMPLE: Conforme CUMPLE: al informe de conforme al informe NO CUMPLE: COLSISTEC verificación de verificación de Conforme al informe NIT: 800249315-7 financiero, posterior documentos la evaluación técnica, NO HABILITADO jurldicos al plazo para habilitantes, posterior al plazo
COLSISTEC verificación de verificación de Conforme al informe NIT: 800249315-7 financiero, posterior documentos la evaluación técnica, NO HABILITADO jurldicos al plazo para habilitantes, posterior al plazo subsanar. posterior al plazo para subsanar. para subsanar.
TECHLAN SOLUTIONS
LTDA CUMPLE CUMPLE CUMPLE HABILITADO
NIT: 830142127-7
Que siguiendo el orden planteado, y en vista de que solo se encontraba un proponente habilitado para participar en la Subasta Inversa Presencial, el día 3 de julio de 2013 a las 2:00 pm, se realizó la Audiencia de Negociación Con Único Proponente Habilitado, establecido en el Pliego de Condiciones Definitivo del proceso sa072013 en los numerales 6.2 y 6.3.4, y en el inciso 3ro y parágrafo 1 ro del artículo 3.2.1.1.5 del Decreto 734 de 2012. evento registrado en la respectiva Acta publicada en el SECOP, cita a la cual asistieron a la hora y lugar indicado en el Pliego de Condiciones del proceso, los miembros del Comité de Contratación, y debidamente representados los siguientes proponentes: 1.- TECHLAN SOLUTIONS L TOA Representante Legal - JORGE ALEJANDRO DIAZ C.C. 80.096.006RESOLUCION No. O 5 JUL. 2013 Por medio de la cual se Adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa sa072013 Hoia No. 5 Que tras seguimiento del procedimiento establecido en el Pliego de Condiciones ajustado
Por medio de la cual se Adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa sa072013 Hoia No. 5 Que tras seguimiento del procedimiento establecido en el Pliego de Condiciones ajustado al inciso 3ro y parágrafo 1 ro del artículo 3.2.1.1.5 del Decreto 734 de 2012, se efectuó la negociación del precio con el único proponente habilitado, negociación de la cual se obtuvo lo siguiente:
PRECIO INICIAL DEL UNICO PROPONENTE HABILITADO: VEINTIOCHO
MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL PESOS ($28.340.000) INCLUIDO IVA
PRECIO DEFINITIVO RESULTADO DE LA NEGOCIACION: VEINTISEIS MILLONES
SETENTA Y DOS MIL PESOS ($26.072.000) INCLUIDO IVA
PORCENTAJE DE DECREMENTO: 8,002 %.
Que en audiencia se le consultó a los miembros del Comité de Contratación la entidad si recomendaban o no adjudicar el contrato resultante del proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa sa072013 a la empresa TECHLAN SOLUTIONS L TOA por la suma de ($26.072.000), a lo que el Comité recomendó la adjudicación en los términos señalados, hecho que quedo registrado en la respectiva acta. Que de conformidad con lo establecido en los Pliegos de Condiciones, se procedió por parte del representante legal de Tl;:CHLAN SOLUJIONS L TOA a diligenciar nuevamente el formato de la oferta económica, conforme al valor resultado de la negociación, previa verificación por parte del evaluador técnico, obteniendo como resultado la suma de
VEINTISEIS MILLONES SETENTA Y DOS MIL PESOS ($26.072.000) INCLUIDO IVA.
el formato de la oferta económica, conforme al valor resultado de la negociación, previa verificación por parte del evaluador técnico, obteniendo como resultado la suma de
VEINTISEIS MILLONES SETENTA Y DOS MIL PESOS ($26.072.000) INCLUIDO IVA.
Que por tales circunstancias y previo análisis de la capacidad jurídica, financiera, económica, experiencia y los requerimientos mínimos de contenido técnico, de conformidad con lo establecido en los postulados que rigen la función administrativa y dando cumplimiento a los criterios establecidos en los Pliegos de Condiciones, se debe adjudicar el contrato resultante del proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa Presencial sa072013, por ajustarse a la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 734 de 2012, demás normas concordantes y a los Pliegos de Condiciones, al Proponente:
TECHLAN SOLUTIONS L TOA.
Que en mérito de lo expuesto el Secretario General (e): RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Adjudicar el contrato resultante de la Selección Abreviada por Subasta Inversa Presencial sa072013, cuyo objeto consiste en el "Contratar la adquisición de una (1) licencia denominada Comprehensive Gateway Security Suite for NSA 4500 por un (1) año, renovación del licenciamiento de los módulos : SonicWALL Oeep Packet lnspection for SSL (DPI-SSL), (afinamiento a la configuración de la funcionalidad), Analyzer (afinamiento a la instalación y configuración) I Licenciamiento del Botnet Filler (renovación de licencia), en los appliances de la entidad. Con este licenciamiento se debe aprovisionar una garantf a en donde se certifique la prestación
funcionalidad), Analyzer (afinamiento a la instalación y configuración) I Licenciamiento del Botnet Filler (renovación de licencia), en los appliances de la entidad. Con este licenciamiento se debe aprovisionar una garantf a en donde se certifique la prestación del servicio por un tiempo de 7X24X365, en cuanto a implementación, configuración y continuidad del licenciamiento ofrecido en las instalaciones de la Superintendencia de Puertos y Transporte de acuerdo con las especificaciones mlnimas contenidas en la ficha técnica (formato No 6) del Pliego de Condiciones Definitivo", a la empresa TECHLAN SOLUTIONS LTDA, identificada con NIT: 830142127-7, por un valor de VEINTISEIS MILLONES SETENTA Y DOS MIL PESOS ($26.072.000) INCLUIDO IVA.RESOLUCION N9.0007 7fi9 0 5 JI Jl.. 201] Por medio de la cual se Adjudica el contrato resultante del Proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa sa072013 Hola No. 6
ARTICULO SEGUNDO: Los compromisos contractuales que se deriven de este proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa Presencial sa072013, serán con cargo al presupuesto de la Superintendencia de Puertos y Transporte, bajo el certificado de disponibilidad presupuesta! No. 23213 del 23 de mayo de 2013.
ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución se entiende notificada en los términos y formas establecidas en el articulo 9 de la Ley 1150 de 2007.
ARTÍCULO CUARTO: Publiquese en el Portal Único de Contratación -SECOPel presente acto administrativo para que los proponentes no favorecidos conozcan la decisión adoptada en el proceso de selección.
ARTÍCULO CUARTO: Publiquese en el Portal Único de Contratación -SECOPel presente acto administrativo para que los proponentes no favorecidos conozcan la decisión adoptada en el proceso de selección. l ARTÍCULO QUINTO: El proponente seleccionado deberá suscribir el contrato dentro del término establecido en los Pliegos de Condiciones de la Selección Abreviada por
Subasta Inversa Presencial sa072013.
ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de su comunicación y contra la misma no procede recurso alguno en sede administrativa, de conformidad con el parágrafo 1 º del artículo 77 de la Ley 80 de 1993, en concordancia con el inciso 3º del artíc ulo 9º de la Ley 1150 de 2007.
Dada en Bogotá, o.e, a los O 5 JUL. 2013
Y C, MPLASE.
Proyectó: OMBRfi
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