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SUPERTRANSPORTE - Resolución 8046 de 2009

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 8046 de 2009
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2009

REPÚBLICA DE COLOMBIA

M I N I S T E R I O D E T R A N S P O R T E

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE

RESOLUCIÓN No. 008046 DE

( 24 JULIO DE 2009 )

Por la cual se suspenden términos para los asuntos de competencia de la Superintendencia de Puertos y Transporte por motivo de la jornada de Inducción y reinducción

LA SUPERINTENDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE

En ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere la Ley 01 de 10 de enero de 1991, los artículos 41 y 42 del Decreto 101 de 2000, el numeral 18 del artículo 7 del Decreto 1016 de 2000, Decreto 1567 de 1998, Decreto 1227 de 2005, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el numeral 18 del artículo 7 del Decreto 1016 de junio 6 de 2000 dispone: “Expedir los actos administrativos que como jefe de organismo le corresponde conforme lo establece las disposiciones legales, así como los reglamentos e instrucciones internas que sean necesarios para el cabal funcionamiento de la Entidad”.

Que el Decreto 1567 de 1998 “Por el cual se crea el sistema nacional de capacitación para los empleados del Estado” y el Decreto 1227 de 2005 “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 909 de 2004, establecen dentro de los planes institucionales de cada entidad incluir obligatoriamente programas de inducción y de reinducción, los cuales se definen como procesos de formación y

cual se reglamenta parcialmente la Ley 909 de 2004, establecen dentro de los planes institucionales de cada entidad incluir obligatoriamente programas de inducción y de reinducción, los cuales se definen como procesos de formación y capacitación dirigidos a facilitar y a fortalecer la integración del empleado a la cultura organizacional, a desarrollar en éste habilidades gerenciales y de servicio público y a suministrarle información necesaria para el mejor conocimiento de la función pública y de la entidad, estimulando el aprendizaje y el desarrollo individual y organizacional en un contexto metodológico flexible, integral, práctico y participativo.

Que el literal b) del artículo 7 del Decreto 1567 de 1998 establece que los programas de reinducción se impartirán a todos los empleados por los menos cada dos años.

Que para cumplir con el propósito y los objetivos planteados en el acto administrativo número 007961 de 8 de julio de 2009 en donde se adoptó el plan estratégico 2009 – 2010 de la Superintendencia de Puertos y Transporte, se hacePor la cual se suspenden términos para los asuntos de competencia de la Superintendencia de Puertos y Transporte por motivo de la jornada de Inducción y reinducción

RESOLUCION No.008046 DEL 24 DE JULIO DE 2009 Hoja No.

2 necesario socializar el mencionado plan con los funcionarios de la entidad con el objeto de definir la metas y la gestión a ejecutar en el segundo semestre del año 2009.

Que la Superintendencia de Puertos y Transporte dispuso para el día 29 de julio de 2009 llevar a cabo una jornada de inducción y reinducción para cumplir con lo

2009.

Que la Superintendencia de Puertos y Transporte dispuso para el día 29 de julio de 2009 llevar a cabo una jornada de inducción y reinducción para cumplir con lo manifestado en los párrafos anteriores, para lo cual se hace necesario suspender los términos de atención al público y en general las actividades misionales y administrativas propias de la entidad.

Que el artículo 121 de C.P.C. establece "(…) En los términos de días no se tomarán en cuenta los de vacancia judicial, ni aquellos en que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el Despacho.”. En consecuencia, los términos suspendidos, continuarán corriendo al siguiente día hábil del mismo mes y año.

Que en mérito de lo expuesto, la Superintendente de Puertos y Transporte.

RESUELVE

ARTICULO PRIMERO: Suspender el día 29 de julio de 2009 los términos de atención al público y en general las actividades misionales y administrativas propias de la Superintendencia de Puertos y Transporte, con motivo de la jornada de inducción y reinducción, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo.

ARTICULO SEGUNDO: Por el Grupo de Notificaciones de la Secretaría General de la Superintendencia de Puertos y Transporte, PUBLIQUESE el presente acto administrativo en el Diario Oficial, en un periódico de amplia circulación nacional, así como fijar la resolución en un lugar visible al público para que sea conocida por los usuarios y la ciudadanía en general y en la página web de la Entidad.

ARTICULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

los usuarios y la ciudadanía en general y en la página web de la Entidad.

ARTICULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los

HAYDEÉ CAÑIZARES MADARIAGA

Superintendente de Puertos y Transporte

Proyecto: Lina María Tamayo Berrio – Secretaria General

Hilda Verónica Tapasco – Asesor Despacho

Revisó: Uriel Alberto Amaya Olaya –Asesor Externo

María Victoria Saldarriaga Campuzano - Jefe Oficina Jurídica

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