SUPERTRANSPORTE - Resolución 8269 de 2026
Superintendencia de Transporte
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Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Resolución 8269 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2026
Página 1 de 3 GJ-FR-015 V1, 24mayo -2023
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE
RESOLUCIÓN NÚMERO __________DE________
“Por la cual se suprime el Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Conocimiento y la Innovación”
SUPERINTENDENTE DE TRANSPORTE
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas mediante la Ley 489 de 1998, en los Decretos 775 de 2005, 2409 de 2018, 2410 de 2018, 2489 de 2006 y,
I. CONSIDERANDO
Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que: “El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento.”. De conformidad con el numeral 19 del artículo 7 del Decreto 2409 del 2018, el Superintendente de Transporte puede organizar grupos internos de trabajo, comités, comisiones e instancia s de coordinación internas para el mejor desempeño de las funciones de la entidad.
Superintendente de Transporte puede organizar grupos internos de trabajo, comités, comisiones e instancia s de coordinación internas para el mejor desempeño de las funciones de la entidad. La Superintendencia de Transporte expidió la Resolución No. 8564 del 19 de agosto de 2021, “Por la cual se expide la Resolución Única de Grupos Internos de Trabajo de la Superintendencia de Transporte”. Conforme a lo anterior, de la planta de personal ya existente , se asignaron 4 funcionarios, para la conformación del Grupo Interno de Trabajo denominado “Grupo de Gestión del Conocimiento y la Innovación”. Mediante Resolución No. 4282 del 2 de mayo de 2024 se “(…) asigna n los empleos que integran el Grupo Interno de Trabajo creado a través de la Resolución No. 3691 del 11 de abril de 2024, adscrito a la Oficina Asesora de Planeación en la Superintendencia de Transporte”. El artículo 1.1.3 de la Resolución No. 8564 del 19 de agosto de 2021, dispone que: “Modificaciones. Las modificaciones o adiciones que se realicen en el futuro deberán incorporarse a esta Resolución Única, adicionando o modificando los Títulos y Capítulos de la misma, según corresponda. Tratándose de nuevos Grupos Internos, se adicionarán Capítulos al Título II. Tratándose de reglas 8269 16/06/2026RESOLUCIÓN No._____________ DE __________________
“Por la cual se suprime un grupo interno de trabajo en la Superintendencia de Transporte” Página 2 de 3 GJ-FR-015 V1, 24mayo -2023
nuevas aplicables a un Grupo Interno existente, se adicionarán artículos al
Transporte” Página 2 de 3 GJ-FR-015 V1, 24mayo -2023
nuevas aplicables a un Grupo Interno existente, se adicionarán artículos al Capítulo del Grupo Interno correspondiente.”. Mediante el "Estudio Técnico para el Rediseño de la Superintendencia de Transporte" de septiembre de 2025, se realizó un diagnóstico integral de la estructura organizacional, identificando la necesidad de optimizar la distribución de funciones entre las áre as de dirección estratégica y las áreas de apoyo institucional. El citado estudio determinó que la Gestión del Conocimiento y la Innovación, al ser una dimensión transversal del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), se encuentra estrechamente vinculada al desarrollo del capital humano y al aprendizaje organiz acional, por medio de la política de gestión del conocimiento y la innovación. Se identificó una dispersión de procesos y duplicidad de actividades en la Oficina Asesora de Planeación (OAP) , respecto a funciones que, por su naturaleza operativa y de soporte, se encuentran relacionadas con los ejercicios de transferencia del conocimiento, tales como la inducción, la implementación del Plan Institucional de Capacitación y el Plan de Bienestar e Incentivos , y que deben integrarse al ciclo de vida del servidor público administrado por el GIT de Gestión del Talento Humano. Es necesario que la Oficina Asesora de Planeación se concentre en el direccionamiento estratégico, el seguimiento a indicadores de alto nivel , la producción estadística y la administración del sistema de gestión, reforzando la implementación de la política de gestión del conocimiento de manera transversal y el desarrollo de las actividades de instrucción, capacitación técnica y gestión
producción estadística y la administración del sistema de gestión, reforzando la implementación de la política de gestión del conocimiento de manera transversal y el desarrollo de las actividades de instrucción, capacitación técnica y gestión del conocimiento en el área competente de la gestión del talento humano. Mediante Acta de fecha 08 de mayo de 2026 se aprobó la incorporación de la Política de Gestión del Conocimiento e Innovación dentro de la cadena de valor del proceso de Gestión del Talento Humano. La incorporación de la Política de Gestión del Conocimiento e Innovación dentro de la cadena de valor del proceso de Gestión del Talento Humano permite la continuidad de las actividades asociadas a dicha política, sin que resulte necesaria la permanencia de l Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Conocimiento e Innovación. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Supresión. Suprimir el Grupo Interno de Trabajo denominado “Gestión del Conocimiento y la Innovación” , creado mediante la Resolución No. 3691 del 11 de abril de 2024, adscrito a la Oficina Asesora de
Planeación.
ARTÍCULO SEGUNDO: Retorno de empleos. Los empleos asignados al Grupo Interno de Trabajo denominado “Gestión del Conocimiento y la Innovación” retornarán a la Oficina Asesora de Planeación para el ejercicio de las funciones propias de dicha dependencia, conforme a su distribución interna. 8269 16/06/2026RESOLUCIÓN No._____________ DE __________________
“Por la cual se suprime un grupo interno de trabajo en la Superintendencia de Transporte” Página 3 de 3 GJ-FR-015 V1, 24mayo -2023
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ARTÍCULO TERCERO. Derogatoria. Derogar el Capítulo XX del Título II de la Resolución No. 8564 del 19 de agosto de 2021, adicionado mediante la Resolución No. 3691 del 11 de abril de 2024; en consecuencia, se deroga la Resolución No. 3691 del 11 de abril de 2024.
ARTÍCULO CUARTO: Comuníquese el presente acto administrativo a los servidores públicos de Secretaría General, la Oficina Asesora de Planeación, a la Coordinación del GIT de Talento Humano y a la Oficina de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para que adelanten las actuaciones que correspondan en el ámbito de sus competencias.
ARTÍCULO QUINTO: Publíquese en la página web oficial de la
Superintendencia de Transporte.
ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Alfredo Enrique Piñeres Olave Superintendente de Transporte
Proyectó: Paula Vivian Tapias Galindo – Contratista Oficina Asesora de Planeación Revisó: Luis Gabriel Serna Gámez – Jefe Oficina Asesora Jurídica - OAJ
Juan David Benjumea Quintero – Coordinador de Talento Humano Martha Patricia Aguilar Copete – Jefe Oficina Asesora de Planeación
Aprobó: Deisy Amparo Lara Barbón – Secretaria General
Juan David Benjumea Quintero – Coordinador de Talento Humano Martha Patricia Aguilar Copete – Jefe Oficina Asesora de Planeación
Aprobó: Deisy Amparo Lara Barbón – Secretaria General
8269 16/06/2026 SuperTransporte Firmado digitalmente