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SUPERTRANSPORTE - Resolución 8590 de 2010

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 8590 de 2010
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2010

REPÚBLICA DE COLOMBIA

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MI NISTERIO DE TRANSPORTE

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN fi8590 DE ( 2 9 J\JI. 2010 ) Por la cual se modifican las Tablas de Retención Documental en la Superintendencia de Puertos y Transporte LA SUPERINTENDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE En uso de sus facultades legales y en especial en las conferidas en el artículo 7 numeral 18 del Decreto 1016 de 2000 y CONSIDERANDO Que el artículo 19 del Acuerdo 07 del 29 de junio de 1994, modificado por el artículo 4 del acuerdo 12 de 1995 expedido por el Archivo General de la Nación, dispone que "Cada entidad establecerá un comité de archivo, legalizado mediante el acto administrativo correspondiente, como un grupo asesor de la alta dirección, responsable de definir las políticas, los programas de trabajo y la toma de decisiones en los procesos administrativos y técnicos de los archivos". Que el Decreto 1382 de 1995, estableció la obligación que tienen los Secretarios Generales de los organismos del Orden Nacional, de elaborar y presentar al Archivo General de la Nación para su aprobación las Tablas de Retención Documental. Que el Congreso de Colombia expidió la Ley 594 de 2000 "Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones". Que el Archivo General de la Nación con el acuerdo 039 del 31 de octubre de 2002, "Reguló el procedimiento para la elaboración y aplicación de las Tablas de Retención Documental en desarrollo del artículo 24 de la Ley 594 de 2000." Que la Superintendencia de Puertos y Transporte elaboró y presentó para su

"Reguló el procedimiento para la elaboración y aplicación de las Tablas de Retención Documental en desarrollo del artículo 24 de la Ley 594 de 2000." Que la Superintendencia de Puertos y Transporte elaboró y presentó para su estudio y aprobación las Tablas de Retención Documental al Archivo General de la Nación, las cuales fueron aprobadas en Consejo Directivo Asesor por Acuerdo 09 del 22 de julio de 2004.RESOLUCION No. 008590 DE Hoja No. 2 de 2 "Por la cual se modífica la Tabla de Retención Documental en la Superintendencia de Puertos y Transporte" Que por medio de la Resolución No. 3731 del 9 de noviembre del 2004 se adopta e institucionaliza la aplicación de las Tablas de Retención Documental en la Superintendencia de Puertos y Transporte. Que una vez recibida la aprobación de las Tablas de Retención Documental por parte del Archivo General de la Nación, según lo establecido en el artículo primero - Etapa Quinta del Acuerdo 039 del 31 de octubre de 2002 del Archivo General de la Nación, la Entidad puede proceder a realizar las modificaciones a las Tablas de Retención Documental, cuando se requiera, las cuales deberán ser evaluadas por la Unidad de Archivo de la Entidad y aprobadas por el Comité de Archivo de la misma. Que mediante resoluciones 000186 y 00196 del 29 de enero de 2010 se crean grupos internos de trabajo, modificando la estructura de la Superintendencia de Puertos y Transporte, lo que hace necesario el ajuste de las Tablas de Retención Documental. Que en Comité de Archivo realizado el 23 de junio de 201 O se sometió a consideración la modificación de las Tablas de Retención Documental quedando

Puertos y Transporte, lo que hace necesario el ajuste de las Tablas de Retención Documental. Que en Comité de Archivo realizado el 23 de junio de 201 O se sometió a consideración la modificación de las Tablas de Retención Documental quedando aprobadas según consta en el Acta No. 02 de 2010. Que las modificaciones que se hacen a las Tablas de Retención Documental, las cuales son adoptadas por medio del presente acto administrativo, se encuentran en el documento anexo a la presente y hace parte integral de la misma. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Modifíquese las Tablas de Retención Documental aprobadas por el Archivo General de la Nación de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de este acto administrativo, y en los términos señalados en el anexo técnico de la presente resolución .

ARTÍCULO SEGUNDO: Adoptar la nueva Tabla de Retención Documental que se encuentra en el documento anexo a la presente y hace parte integral de la misma, con aplicación a partir del 02 de enero de 201 O.

ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deja sin efecto las demás disposiciones que le sean contrarias.

PUBLiQUESE y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D. C., a los 2 9 JUN. 2010

Proyecto: Grupo de Gestión Doc menta1{!,ffiRevisó: Secretaria General ...

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