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SUPERTRANSPORTE - Resolución 8691 de 2013

Superintendencia de Transporte

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Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 8691 de 2013
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2013

..

REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE TRANSPORTE SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN NoO 0 0 Q 8 6 91 ( 2 O AGO. 2013 1

POR LA CUAL SE DA CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 238 DE LA LEY 1450 DE 2011, REGLAMENTADO POR EL

DECRETO 4054 DE 2011 CEDIENDO LAS OBLIGACIONES OBJETO DEL

CONTRATO INTERADMINISTRATIVO DE COMPRAVENTA NO. CM-017-2011

DE 1 DE JULIO DE 2011, Y SUS RESPECTIVOS OTRO SÍ NO. 1 DE 30 DE

SEPTIEMBRE DE 2011, NO. 2 DE 1 DE DICIEMBRE DE 2011 Y OTRO SÍ NO. 3

DEL 20 DE ABRIL DE 2012 A CENTRAL DE INVERSIONES S.A. - CISA.

EL SECRETARIO GENERAL En ejercicio de las facultades legales en especial las consagradas en la Ley 489 de 1998, Resolución No. 18101 del 1 de octubre de 2010, Resolución No. 5731 del 25 de julio de 2012 y Resolución No. 7730 del 28 de junio de 2013.

CONSIDERANDO:

1Que la SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE es un organismo de carácter administrativo y técnico, creado por la Ley 1 del 10 de enero de 1991, adscrito al Ministerio de Transporte. sin personería jurídica, con autonomla administrativa y financiera, mediante el cual el Presidente de la Republica ejerce la inspección, vigilancia y control en la actividad Portuaria, el Sistema de Tránsito y el Servicio Público de Transporte.

autonomla administrativa y financiera, mediante el cual el Presidente de la Republica ejerce la inspección, vigilancia y control en la actividad Portuaria, el Sistema de Tránsito y el Servicio Público de Transporte. 2Que el artículo 40, parágrafo único del decreto 101 de 2000 modificó el nombre de Superintendencia General de Puertos por el de Superintendencia de Puertos y Transporte. 3Que la ley 1450 de 2011, por la cual el Gobierno Nacional expidió el Plan Nacional de Desarrollo, ordenó en su articulo 238 a las entidades públicas del orden nacional con excepción de las entidades financieras de carácter estatal, las • • ... • • ' •RESOLu2i9JJ llofi 6 91 DE 2 O AGO. 2013 Hoja No. 2 de 4 .....

POR LA CUAL SE DA CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 238

DE LA LEY 1450 DE 2011, REGLAMENTADO POR EL DECRETO 4054 DE 2011,

CEDIENDO LAS OBLIGACIONES OBJETO DEL CONTRATO

INTERADMINISTRATIVO DE COMPRAVENTA NO. CM-017-2011 DE 1 DE JULIO DE

2011, Y SUS RESPECTIVOS OTRO SÍ NO. 1 DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2011, NO.

2 DE 1 DE DICIEMBRE DE 2011 Y OTRO SÍ NO. 3 DEL 20 DE ABRIL DE 2012 A CENTRAL DE INVERSIONES S.A. - CISA empresas industriales y comerciales del estado, las sociedades de economia mixta y las entidades en liquidación, ceder la cartera con más de ciento ochenta

CENTRAL DE INVERSIONES S.A. - CISA empresas industriales y comerciales del estado, las sociedades de economia mixta y las entidades en liquidación, ceder la cartera con más de ciento ochenta (180) dias de vencida, al Colector de Activos Públicos - CENTRAL DE INVERSIONES S.A. - CISA, para que éste las géstione y dispuso que la cesión se haria mediante contrato interadministrativo en las condiciones que fije el modelo de valoración que definiera el Gobierno Nacional. 4Que el Decreto númer-0 4054 de 2011, modificado por el Decreto número 1764 de 2012, reglamentó, entre otros, el articulo 238 de la Ley 1450 del mismo año, señalando las condiciones y aspectos procedimentales para la cesión y entrega de cartera; en su articulo 5° estableció el modelo de valoración de la misma, a través del cual se determina las condiciones mediante las cuales CENTRAL DE INVERSIONES S.A. - CISA fija el precio de la misma; y en el artículo 6, contempíó la forma de pago, señalando que "el valor arrojado por el modelo de valoración se reflejará en el contrato interadministrativo que se suscriba para la adquisición y será girado a la respectiva entidad vendedora, dentro de los tres años siguientes a .su suscripción, de acuerdo con las condiciones establecidas en el respectivo contrato." 5Que CENTRAL DE INVERSIONES S.A. • CISA, con NIT. 860.042.945, es una Sociedad Comercial de Economía Mixta del Orden Nacional, vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de naturaleza única: y en virtud del Décreto 4819 del 14 de Diciembre de 2007, modificado por el Decreto 1207 del 18

Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de naturaleza única: y en virtud del Décreto 4819 del 14 de Diciembre de 2007, modificado por el Decreto 1207 del 18 de Abril de 200!> y el Decreto 3409 del 1 O de Septiembre de 2008, tiene por objeto gestionar, adquirir. administrar, eomercializar, cobrar, recaudar, intermediar, enajenar y arrendar, a cualquier titulo, toda clase de bienes inmuebles, muebles, acciones, títulos valores, derechos contractuales, fiduciarios, crediticios o litigiosos, Incluidos derechos en procesos liquidatorios, cuyos propietarios sean entidades públicas de cualquier otra rama, organismos autónomos e Independientes previstos en la Constitución Política y en la ley, o sociedades con aportes estatales de régimen especial y patrimonios autónomos titulares de activos provenientes de cua1quiera de la entidades descritas, asl como prestar asesoría técnica y profesional a dichas entidades en el diagnostico y/o valoración de sus activos y sobre temas relacionados con el objeto social. 6Que según Contrato lnteradministrativo de Compraventa No. CM-0172011 de 1 de julio de 2011, y sus respectivos Otro Sí No. 1 de 30 de septiembre de 2011, No. 2 de 1 de diciembre de 2011 y Otro No. 3 del 20 de abril de 2012, celebrados entre la SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE y CENTRAL DE INVERSIONES S.A. - CISA, esta Superintendencia se obligó a realizar la cesión de 193 obligaciones incorporadas en el Anexo Uno (1) ), de conformidad con el formato contenido en el Anexo Dos

TRANSPORTE y CENTRAL DE INVERSIONES S.A. - CISA, esta Superintendencia se obligó a realizar la cesión de 193 obligaciones incorporadas en el Anexo Uno (1) ), de conformidad con el formato contenido en el Anexo Dos (2) además de las cesiones a que hubiera lugar de dicho contrato a CENTRAL DE INVERSIONES S.A. · CISA, dando cumplimiento a lo exigido por el articulo 238 de la ley 1450 de 2011. \ 1 ... > • ll • •

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RESOLUCION No. DE 2 O AGO. 2013 Hoja No. 3 de 4

POR LA CUAL SE DA CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 238

DE LA LEY 1450 DE 2011, REGLAMENTADO POR EL DECRETO 4054 DE 2011,

CEDIENDO LAS OBLIGACIONES OBJETO DEL CONTRATO

INTERADMINISTRATIVO DE COMPRAVENTA NO. CM-017-2011 DE 1 DE JULIO DE

2011, Y SUS RESPECTIVOS OTRO SÍ NO. 1 DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2011, NO.

2 DE 1 DE DICIEMBRE DE 2011 Y OTRO SÍ NO. 3 DEL 20 DE ABRIL DE 2012 A

CENTRAL DE INVERSIONES S.A. - CISA

7Que la SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE efectuará la entrega documental de las obligaciones de que trata el Anexo Uno (1), de conformidad con el formato contenido en el Anexo Dos (2), además de las cesiones a que hubiera lugar objeto del contrato interadministrativo descrito en el

entrega documental de las obligaciones de que trata el Anexo Uno (1), de conformidad con el formato contenido en el Anexo Dos (2), además de las cesiones a que hubiera lugar objeto del contrato interadministrativo descrito en el articulo precedente a CENTRAL DE INVERSIONES S.A. • CISA, situación que se hará constar mediante suscripción de las actas de incorporación No.1 y No. 2 del 31 de mayo y 14 de junio de 2013, respectivamente. 8En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR La cesión de las 193 obligaciones que fueron objeto del Contrato lnteradministrativo de Compraventa No. CM-017-2011 de 1 de julio de 2011, y sus respectivos Otro Sí No. 1 de 30 de septiembre de 2011 y No. 2 de 1 de diciembre de 2011 y Otro SI No. 3 del 20 de abril de 2012, suscdtos entre la SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE y CENTRAL DE INVERSIONES S.A.- CISA, contenidos en el Anexo Uno (1) del mencionado contrato.

ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la entrega documental de las obligaciones de que trata el articulo primero de la presente resolución, en un plazo de cuatro

meses, contados a partir de la suscripción dé las Actas de incorporación No. 1 y No, 2, de conformidad con lo expuesto en el considerando séptimo de la presente resolución.

ARTICULO TERCERO: COMUNICAR a las personas naturales y jurídicas relacionadas en el Anexo Uno (1) sobre la cesión de su obligación ordenada en la presente resolución.

ARTICULO CUARTO: ORDENAR la publicación de la presente resolución en la

relacionadas en el Anexo Uno (1) sobre la cesión de su obligación ordenada en la presente resolución.

ARTICULO CUARTO: ORDENAR la publicación de la presente resolución en la página web de la Superintendencia de Puertos y Transporte.

ARTÍCULO QUINTO: ORDENAR la publicación del presente Acto Administrativo en el Diario Oficial.

La presente resolución rige a partir de su publicación y contra ella no procede recurso alguno......

RESOLUOOO(g.8 6 91 DE 2 O AGO. 2013 Hoja No. 4 de 4 ,.,, POR LA CUAL SE DA CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 238

DE LA LEY 1450 DE 2011, REGLAMENTADO POR EL DECRETO 4054 DE 2011,

CEDIENDO LAS OBLIGACIONES OBJETO DEL CONTRATO

INTERADMINISTRATIVO DE COMPRAVENTA NO. CM-017-2011 DE 1 DE JULIO DE

2011, Y SUS RESPECTIVOS OTRO SÍ NO. 1 DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2011, NO.

2 DE 1 DE DICIEMBRE DE 2011 Y OTRO SÍ NO. 3 DEL 20 DE ABRIL DE 2012 A CENTRAL DE INVERSIONES S.A. - CISA Dada en Bogotá D,C., a los veinte (20) días del mes de agosto de 2013.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

. 2013

Proyectó: David Murcia Suárez -Coordinador de Cobro Pe aslvo y JtUis,tlccloo Coae1lva fi,<,

Revisó: Lino Marcela Cuad1os Pineda -Jole Oficina AfA> Jurkllca <i!..,

Proyectó: David Murcia Suárez -Coordinador de Cobro Pe aslvo y JtUis,tlccloo Coae1lva fi,<,

Revisó: Lino Marcela Cuad1os Pineda -Jole Oficina AfA> Jurkllca <i!..,

C:\UserslclavldmurcialDesktop\COBRO COACTIVO\Oavi . Murcia\CISA\Resolución Venta de Carrera Acta 1 y 2 de 2013 a CISA.docx

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