🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SUPERTRANSPORTE - Resolución 886 de 2005

Superintendencia de Transporte

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SUPERTRANSPORTE - Resolución 886 de 2005
Autor
Superintendencia de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2005

REPÚBLICA DE COLOMBIA M I N I S T E R I O D E T R A N S P O R T E

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y

TRANSPORTE RESOLUCIÓN No. 0886 DE ( 01/02/2005 ) Por la cual se reajusta el valor de las fotocopias en cumplimiento del artículo 29 la Resolución 1075 del 11 de Diciembre de 2000 EL SUPERINTENDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 25 de la Ley 01 de 1991, el parágrafo del artículo 40 del Decreto 101 de 2000, el numeral 18 del artículo 7 del Decreto 1016 de 2000, modificados por el Decreto 2741 de 2001, artículo 6, numeral 20 y CONSIDERANDO Que mediante resolución No. 1075 del 11 de diciembre de 2000 se estableció el procedimiento interno para la atención de peticiones, quejas y reclamos sobre las materias de competencia de la Superintendencia de Puertos y Transporte. Que de acuerdo al artículo 29 de la resolución No. 1075 del 11 de diciembre de 2000 el valor de las fotocopias se reajustará cada año conforme a la meta de inflación de acuerdo al artículo 3 de la Ley 242 de 1995. Que mediante resolución No. 3599 del 25 de octubre de 2004 se fijó en la suma de ciento treinta pesos moneda legal ($130,00), el valor unitario de las fotocopias expedidas por la Superintendencia de Puertos y Transporte. Que mediante resolución No. 3599 del 25 de octubre de 2004 se fijó en la suma de ciento treinta pesos moneda legal ($130,00), el valor unitario de las fotocopias expedidas por la Superintendencia de Puertos y Transporte. Que para el año 2005 la Junta Directiva del Banco de la República, en su sesión del 5 de noviembre de 2004, fijó la meta de inflación del año 2005 entre 4.5% y 5.5%, con una meta puntual del 5.% para efectos legales. Por lo tanto, aplicando a $130.00 la meta de inflación antes mencionada se obtiene el siguiente valor:

AÑO IPC. VR. REAJUSTE VR.

FOTOCOPIA 2005 5.% 6.50 136.50

Que de acuerdo con el cálculo anterior, se debe ajustar el valor de la fotocopia a ser cobradas en la vigencia del año 2005, aproximando a valor absoluto el total de $136.50, es decir dejar el valor de las fotocopias en ciento treinta y siete pesos moneda legal ($137.00).RESOLUCION No. DE 2005 2 Por la cual se reajusta el valor de las fotocopias en cumplimiento del artículo 29 la Resolución 1075 del 11 de Diciembre de 2000 2Hoja No. Que en desarrollo del artículo 24 del Código Contencioso Administrativo, este Despacho puede modificar la tarifa anteriormente establecida como costo unitario de las fotocopias, por razón de la actualización de sus costos.

RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Fijar para el año 2005, en ciento treinta y siete pesos moneda las fotocopias, por razón de la actualización de sus costos.

RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Fijar para el año 2005, en ciento treinta y siete pesos moneda legal ($137,00) el valor unitario de las fotocopias expedidas por la Superintendencia de

Puertos y Transporte.

ARTÍCULO SEGUNDO: Por Secretaria General publíquese el presente acto administrativo en el Diario Oficial, por ser de carácter general según disposición de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de su publicación.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE, Dada en Bogotá , a los

FERNANDO SANCLEMENTE ALZATE

Superintendente de Puertos y Transporte

Proyectó: Secretaria General

Revisó: Oficina Jurídica

Consultar sobre este documento ...