SUPERTRANSPORTE - Resolución 8977 de 2013
Superintendencia de Transporte
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Detalles
- Título
- SUPERTRANSPORTE - Resolución 8977 de 2013
- Autor
- Superintendencia de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2013
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MI NISTERIO DE TRA NSPORTE
SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE RESOLUCION No ( 2 9 ASO. 2013 >
DE 00008977 Por medio de la cual se justifica una contratación directa LA SECRETARIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere la Resolución No. 6994 de fecha 21 de mayo de 2009, y CONSIDERANDO: Que la Superintendencia de Puertos y Transporte es un organismo de naturaleza pública creada por la Ley 1ª, de conformidad con la delegación otorgada por el Presidente de la República, mediante Decreto 101 de 2000, Decreto 1016 de 2000 y Decreto 2741 de 2001, adscrita al Ministerio de Transporte, la cual tiene a su cargo las funciones de inspección, vigilancia y control que le corresponden al Presidente de la República como Suprema Autoridad Administrativa en materia de Tránsito y Transporte y su infraestructura. Que la oficina de la asesora de comunicaciones del despacho, ha identificado la necesidad de llevar a cabo la contratación lnteradministrativa, para la Producción, realización y emisión de piezas de comunicación audiovisual sobre temas de promoción, información y divulgación de estrategias, proyectos y políticas de la Superintendencia de Puertos y Transporte con ocasión de la VIII Reunión de la Comisión lnteramericana de Puertos, y de la XIV Reunión del Comité Ejecutivo de la CIP, Foro Interamericano de Puertos y el Foro Interamericano de Buenas Prácticas. Que en cumplimiento de los principios y postulaciones contenidas en la Ley 80
CIP, Foro Interamericano de Puertos y el Foro Interamericano de Buenas Prácticas. Que en cumplimiento de los principios y postulaciones contenidas en la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 concordantes con lo establecido en el Decreto 734 de 2012, la Asesora de Comunicaciones del Despacho procede a efectuar el estudio de conveniencia y oportunidad o estudios previos para la Producción, realización y emisión de piezas de comunicación audiovisual sobre temas de promoción, información y divu lgación de estrategias, proyectos y políticas de la Superintendencia de Puertos y Transporte. Que en virtud de lo anterior, la Superintendencia de Puertos y Transporte, se ve en la necesidad de crear espacios mediante los cuales se divulgue los temas de ¡ Lll»rud y OrdtnRESOLUCl°'1cmo89 7 7 ' DE 2013 2 9 AGO. 2013 Por medio de la cual se justifica la contratación directa HoiaNo. 2 Promoción, información, estrategias, proyectos y políticas encaminadas al conocimiento de la regulación normativa, particularmente lo que concierne al tema portuario. Que conforme lo anterior, la Superintendencia a través del área de comunicaciones del despacho, considera que unas de las herramientas de divulgación efectiva de las estrategias, proyectos y políticas de la Superintendencia de Puertos y Transporte, la constituye, entre otras, la celebración de la VIII Reunión de la Comisión lnteramericana de Puertos, cuyo temario es de gran interés para la comunidad portuaria, por lo que se requiere la emisión de piezas de comunicaciones programas de televisión de carácter institucional, de mensajes institucionales, de cápsulas informativas y la
temario es de gran interés para la comunidad portuaria, por lo que se requiere la emisión de piezas de comunicaciones programas de televisión de carácter institucional, de mensajes institucionales, de cápsulas informativas y la Producción, realización y emisión de piezas de comunicación audiovisual sobre temas de promoción, información relacionados con los proyectos y políticas de la Superintendencia de Puertos y Transporte a través de la VIII Reunión de la Comisión lnteramericana de Puertos y la XIV Reunión del Comité Ejecutivo de la CIP, Foro Interamericano de Puertos y el Foro Interamericano de Buenas Prácticas. Que de acuerdo a lo expuesto, se elaboraron los estudios y documentos previos respectivos para la contratación que se comenta, según lo señalado en el artículo 2.1.1 del Decreto 734 de 2012, por parte de la Asesora de Comunicaciones del despacho del Superintendente. Así las cosas y con el objetivo de cumplir esta obligación legal, la Asesora de Comunicaciones del Despacho del Superintendente, evidencia la necesidad que tiene la entidad de suscribir directamente un contrato interadministrativo con la RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA - RTVC, Sociedad Comercial constituida entre entidades públicas, indirecta, del orden nacional cuya creación fue autorizada mediante decreto número 3525 del 26 de octubre del 2004, constituida mediante escritura pública número 3138 del 28 de octubre de 2004, otorgada en la notaría 34 del Círculo Notarial de Bogotá inscrita en la Cámara de Comercio de Bogotá el 29 de noviembre de 2004 bajo el número 00964425 del libro IX, según consta en el certificado de existencia y
Notarial de Bogotá inscrita en la Cámara de Comercio de Bogotá el 29 de noviembre de 2004 bajo el número 00964425 del libro IX, según consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá el 1 de abril del 2013 con NIT. 900.002.583-6, para desarrollar la producción, realización y emisión de piezas de comunicación audiovisual sobre temas de promoción, información y divulgación de estrategias, proyectos y políticas de la Superintendencia de Puertos y Transporte. Que como consecuencia de lo anterior, la presente contratación se adelantará mediante la celebración de un contrato interadministrativo, conforme lo dispuesto en Artículo 3.4.2.1.1. Contratos interadministrativos. "Las entidades señaladas en el artículo 2º de la Ley 80 de 1993 celebrarán directamente contratos entre ellas, siempre que las obligaciones del mismo tengan relación directa con el objeto de la entidad ejecutora. Cuando fuere del caso y de conformidad con lo dispuesto por las normas orgánicas de presupuesto serán objeto del correspondiente registro presupuesta/. " Que para el proceso de contratación se cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 35213 del 29 de Agosto de 2013. Que en mérito de lo expuesto,RESOLUCIONQfi Q 8 9 7 7 DE 2013 2 9 ASO. 2013 Hola No. 3 Por medio de la cual se justifica la contratación directa RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- Determinar el cumplimiento de lo señalado en el artículo 3.4.2.1.1. del Decreto 734 de 2012, como causal de contratación directa, cuyo objeto del presente acto administrativo reúne además las siguientes características:
ARTICULO PRIMERO.- Determinar el cumplimiento de lo señalado en el artículo 3.4.2.1.1. del Decreto 734 de 2012, como causal de contratación directa, cuyo objeto del presente acto administrativo reúne además las siguientes características: a) Señalamiento de la Causal que se invoca: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley 1474 de 2011, en concordancia con el artículo 3.4.2.1.1. del Decreto 734 de 2012, 3.4.2.4.1, como causal de contratación directa, como quiera que se trata de un contrato lnteradministrativo, cuyo objeto social cubre la necesidad de contratación y la naturaleza pública de la Superintendencia de Puertos y Transporte. b) Presupuesto para la Contratación: Se estableció como presupuesto oficial la suma de CIENTO CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO TREINTA Y CINCO PESOS M/CTE ($105.146.135), los cuales se cancelarán con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 35213 del 29 de Agosto de 2013, de acuerdo al presupuesto de la Superintendencia de Puertos y Transporte para la presente vigencia. c) Lugar donde se pueden consultar los estudios y documentos previos El estudio de conveniencia y oportunidad se podrá consultar físicamente en la Oficina del Grupo de Contratos de la Secretaria General, ubicada en la Calle 63 No. 9ª-45. ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorizar la celebración del contrato lnteradministrativo, cuyo objeto consiste en "Para desarrollar la producción, realización y emisión de piezas de comunicación audiovisual sobre temas de promoción, información y divulgación de
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorizar la celebración del contrato lnteradministrativo, cuyo objeto consiste en "Para desarrollar la producción, realización y emisión de piezas de comunicación audiovisual sobre temas de promoción, información y divulgación de estrategias, proyectos y políticas de la Superintendencia de Puertos y Transporte." en la modalidad de contratación directa con la RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA - RTVC, identificada con Nit. 900.002.583-6, conforme a lo establecido en el artículo 3.4.2.1.1. Del Decreto 734 de 2012. ARTICULO TERCERO. Contra el presente acto no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 79 de la Ley 1437 de 2011. ARTICULO CUARTO. Ordenar la publicación del presente acto administrativo en el SECOP. ARTICULO QUINTO. Vigencia.- La prese ge a partir de la fecha de su expedición.
Proyecló: Néstor Julio Ospina Oval/e -Abogado A sorGro 2 9 ASO. ?013
Reviso: Olego Forero lltstro -Abogadofi