SUPERVIGILANCIA - Circular 20241300000035CS de 2024

Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada

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Detalles

Título
SUPERVIGILANCIA - Circular 20241300000035CS de 2024
Autor
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2024

20241300000035CS13/6/2024, 9:37:00 a. m.EMPRESAS TRANSPORTADORAS DE VALORES.EMPRESAS DE VIGILANCIA, EMPRESASARRENDADORAS, ETC.Dep: OFICINA ASESORA JURIDICAse Folio: 7 Anexo: € Defensa PARA: EMPRESAS TRANSPORTADORAS DE VALORES, EMPRESAS DEVIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA CON ARMAS Y SIN ARMAS,COOPERATIVAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA,EMPRESAS . BLINDADORAS DE VEHICULOS, EMPRESASARRENDADORAS DE VEHICULOS BLINDADOS, SERVICIOSCOMUNITARIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA,EMPRESAS DE CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO EN VIGILANCIAY SEGURIDAD PRIVADA, EMPRESAS DE ASESORÍA, CONSULTORÍAE INVESTIGACIÓN EN SEGURIDAD, EMPRESAS DE FABRICACIÓN,INSTALACIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y UTILIZACIÓN DE EQUIPOSPARA VIGILANCIAY SEGURIDAD PRIVADAY DEPARTAMENTOS DESEGURIDAD.

DE: SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIAY SEGURIDAD PRIVADAASUNTO: POLÍTICA DE SUPERVISIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DERIESGOS DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIACIÓN DELTERRORISMO Y FINANCIACIÓN DE LA PROLIFERACIÓN DE ARMASDE DESTRUCCIÓN MASIVA SARLAFT 2.0.FECHA: 11 DE JUNIO DE 2024Que las recomendaciones GAFI 15, 26, 27 y 28 se refieren a la regulación ysupervisión en materia LA/FT/FP, estableciendo que los países deben asegurarque las instituciones financieras, las APNFD y los PSAV estén sujetos a medidasde regulación y supervisión adecuadas, para asegurar que cumplan losrequerimientos en materia LA/FT/FP, utilizando un enfoque basado en riesgos.Que las autoridades supervisoras deben contar con facultades adecuadas pararealizar inspecciones y requerir la información que consideren necesaria parasupervisar o monitorear la actividad de los supervisados, así como para aplicarlas sanciones que correspondan por presuntos incumplimientos a las directricesimpartidas en materia de LA/FT/FP. Así mismo, se establece especialmente quelos supervisores deberán tomar las medidas legales o normativas necesariaspara prevenir que los criminales o sus cómplices participen, administren o seanel beneficiario final de una institución financiera o una APNFD.Que el artículo 10 de la Ley 526 de 1999, modificado por la Ley 1121 de 2006,establece que “las autoridades que ejerzan funciones de inspección, vigilancia ycontrol, instruirán a sus vigilados sobre las características, periodicidad y

Página 1 de 7| NOMBRE Y CARGO PROCESOElaboró JOSE DAVID MEDINA SERRATO ¢| aie SUNI ALEJANDRA RODRIGUEZ CABRERA

Calle 24A No. 59-42 Torre 4 Piso 3Centro Empresarial Sarmiento Angulor . (+601) 307 8038018000 119703 Fecha aprobación: 29/06/2023 ydO SUPER= :2) VIGILANCIA20241300000035Cs 13/6/2024, 9:37:99 4 a,EMPRESAS TRANSPORTADORAS DE VALORESEMPRESAS DE VIGILANCIA, EMPRESASARRENDADORAS, ETC.Dep: OFICINA ASESORA JURIDICAFolio; 7 Anexo: y controles en relación con la información a recaudar (..)” para la Unidad deInformación y Análisis Financiero (en adelante, la “UIAF”). ' Defensa Según lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Ley 356 de 1994, le corresponde ala Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada ejercer control,inspección y vigilancia sobre todas las personas naturales o jurídicas quedesarrollen actividades de vigilancia y seguridad privada y sus usuarios deconformidad con lo establecido en la ley.

Que en virtud de lo establecido en el artículo 2 y numeral 14 del artículo 4 delDecreto 2355 de 2006, es función de la Superintendencia de Vigilancia ySeguridad Privada vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales queregulan el servicio de vigilancia y seguridad privada, ejerciendo el control,inspección y vigilancia sobre la industria y los servicios de vigilancia y seguridadprivada, para alcanzar sus objetivos.Que el artículo 110 del Decreto Ley 356 de 1994 dispone: “La Superintendenciade Vigilancia y Seguridad Privada, emitirá circulares a los entes vigilados paradivulgar información, instruir sobre las disposiciones que regulan su actividad,fijar criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de las normaslegales, señalar procedimientos para su aplicación e impartir órdenes einstrucciones que se requieran en desarrollo de su función de inspección,control y vigilancia.”Que la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada en cumplimientodel artículo 10 de la Ley 526 de 1999, modificado por la Ley 1121 de 2006, emitió laCircular Externa No. 20240000245 del 14 de febrero de 2024y la Circular ExternaNo. 20240000275 del 27 de febrero de 2024 mediante las cuales se impartenlineamientos y directrices para la adopción del Sistema de Administración deRiesgos de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de laProliferación de Armas de Destrucción Masiva SARLAFT 2.0. para el sector devigilancia.Que la presente política describe la forma mediante la cual la Superintendenciade Vigilancia y Seguridad Privada desarrollará

las funciones de supervisiónrespecto de las entidades del sector de vigilancia, que deban implementarSistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos, Financiación delTerrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción MasivaSARLAFT 2.0., en los términos de las circulares referidas.

Página 2 de 7~~ NOMBREY CARGO rt o PROCESO| Elaboró JOSE DAVID MEDINA SERRATORevisóy Apro-| bd SUN! ALEJANDRA RODRIGUEZ CABRERA

Calle 24A No. 59-42 Torre 4 Piso 3 = lloresCentro Empresarial Sarmiento Angulo ESA ant SUPERly _ (+601) 307 8038 [sor] ES A < VIGILANCIA1 Porrera P SLPERINTEMDENCTADE VISILANCIA Y SERRA! Patent018000 119703 Fecha aprobación: 29/06/202320241300000035cS13/6/2024, 9:37:00 a. mm.COLOMBIA coe POTENCIA DE LA LR( y EMPRESAS TRANSPORTADORAS DE VALORES, V { JA a e EMPRESAS DE VIGILANCIA, EMPRESASARRENDADORAS, ETC...Dep: OFICINA ASESORA JURÍDICAFolio: 7 Anexo: €

Que el propósito fundamental de esta Política, es el de ejercer Supervisión a losservicios de vigilancia y seguridad privada sobre la implementación del Sistemade Administración de Riesgos de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismoy Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva SARLAFT 2.0,adoptando medidas como: instruir, guiar y retroalimentar a las entidadesobligadas para que mantengan una cultura de cumplimiento de gestión deRiesgos de LA/FT/FP, basada en unas políticas de cumplimiento efectivas,conforme a sus matrices y factores de riesgos identificados y ejecutando lasmedidas razonables aplicables a cada caso particular. Lo anterior, conforme alenfoque basado en riesgos EBR, que pretende incentivar a las entidadesobligadas a desarrollar su objeto social y mantener una adecuada gestión deriesgos LA/FT/FP, bajo la premisa de “a mayor riesgo, mayor control”.Que la Política de Supervisión del sistema de administración de riesgos deSARLAFT 2.0. de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, estábasada en cuatro pilares fundamentales:|. Pedagogía sobre la regulación en materia de LA/FT/FPLa Supervigilancia con el fin de fomentar una cultura de cumplimiento enmateria de LA/FT/FP en el sector de la vigilancia y seguridad Privada, enfocarásus esfuerzos en promocionar, informar, difundir, educar, guiar y retroalimentara los servicios vigilados, a sus administradores, Oficiales de Cumplimiento,Auditores Internos y, en general, a los empresarios del sector de la vigilancia yseguridad privada, acerca del control de la Gestión del

Riesgo LA/FT/FP, y sobrelas características, periodicidad y controles en relación con la información quedeben reportar ante esta Superintendencia y otras entidades como la Unidadde Información y Análisis Financiero UIAF.Para ello, se hará énfasis especial en la pedagogía como base fundamental paralograr una cultura de cumplimiento normativo. Para tal fin, se llevarán a cabolas siguientes actividades:a. Creación de espacios de capacitación sobre los conceptos, metodologías,etapas, elementos, reportes y demás lineamientos relacionados con elSARLAFT 2.0.

b. Creación de un Micrositio dentro de la pagina web de laSuperintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, donde secompartirán de forma permanente contenidos de interés, tales como, ' Defensa Página 3 de 7NOMBRE Y CARGO PROCESOElaboró JOSE DAVID MEDINA SERRATO XReviso y Apro-bó SUNI ALEJANDRA RODRIGUEZ CABRERA N Centro Empresarial Sarmiento AnguloCalle 244 No. 59-42 Torre 4 Piso 3(+601) 307 8038018000 119703 pta Fecha aprobación: 29/06/202320241300000035cS13/6/2024, 9.37:00 a. mn.EMPRESAS TRANSPORTADORAS DE VALORESEMPRESAS DE VIGILANCIA, EMPRESASARRENDADORAS, ETC.Dep: OFICINA ASESORA JURÍDICAFolio: 7 Anexo: € ' Defensa videos, folletos, guías prácticas, conceptos, cronogramas de eventos,formación, educación y demás documentos de interés, destinados adivulgar e incentivar el cumplimiento de las normas en materia degestión del Riesgo LA/FT/FP y de reporte de información ante lasautoridades.c. Creación de alianzas con otras entidades públicas y actores privados parala promoción y difusión de las normas en materia de LA/FT/FP y dereporte de información ante las autoridades que componen el sistemaALA/CFT del país.d. Creación de foros para la capacitación sobre las instrucciones impartidaspor esta Superintendencia relacionadas con el SARLAFT 2.0, sobre eldiligenciamiento de formatos para el reporte de información tanto a laUIAF como a la supervigilancia y sobre tipologías de LA/FT/FP para elsector de vigilancia y seguridad privada.

2. Sistema de Alertas tempranas LA/FT/FP La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, ha implementadoherramientas tecnológicas que permitirán ejercer Supervisión con EnfoqueBasado en Riesgos, permitiendo identificar situaciones de incumplimientos alos lineamientos impartidos por esta superintendencia en materia de Lavado deActivos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armasde Destrucción Masiva. Esta estrategia de supervisión permitirá a laSupervigilancia gestionar alertas tempranas, generando acciones oportunaspara la corrección sobre los hallazgos identificados.4. Actividades de Supervisión al cumblimiento del SARLAFT 2.0.La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada realizará actividades desupervisión del cumplimiento de las disposiciones señaladas en el Sistema deAdministración de Riesgos de Lavado de Activos Financiación del Terrorismo yFinanciación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva SARLAFT 2.0.A efectos de adelantar la supervisión respecto del SARLAFT 2.0, laSuperintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada podrá incluir en suverificación lo siguiente:a. Que los servicios vigilados cuenten con una Matriz de Riesgo LA/FT/FP.

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| Revisóy APrO- | S UNI ALEJANDRA RODRIGUEZ CABRERA NS[bo = ASy 00. Calle 24A No. 59-42 Torre 4 Piso 3 TM il |Centró Empresarial Sarmiento Angulo E £A ¢ c ; SUPERLa . (+601) 307 8038 e] Y A VIGILANCIA018000 119703 ee Fecha aprobación: 29/06/202320241300000035c513/6/2024, 9:37:00 a. m.EMPRESAS TRANSPORTADORAS DE VALORESEMPRESAS DE VIGILANCIA, EMPRESASARRENDADORAS, ETC..Dep: OFICINA ASESORA, JURIDICAFolio: 7 Anexo: 0

COLOMBIA( POTENCIA DE LAVIDA

6. Que el SARLAFT 2.0 haya sido aprobado por el máximo órgano social o laJunta Directiva.c. Que el SARLAFT 2.0 tenga en cuenta los riesgos propios de la EmpresaObligada y ejecute las medidas razonables aplicables, previo análisis deltipo de negocio, la operación, el tamaño, las áreas geográficas dondeOpera, las señales de alerta y las demás características particulares.d. Que los servicios vigilados cuenten con metodologías de segmentación yclasificación de los Factores de Riesgo LA/FT/FP.e. Que los servicios vigilados cuenten con un Oficial de Cumplimientodesignado conforme a los lineamientos impartidos por la Supervigilanciaen materia LA/FT/FP, nombrado mediante acta por parte del máximoórgano social o junta directiva.f. Que el Oficial de Cumplimiento cuente con el perfil y capacidad dedecisión necesaria para cumplir con las funciones y obligaciones enrelación con el SARLAFT 2.0g. Que el Oficial de Cumplimiento realice los reportes de su gestión,conforme a los lineamientos impartidos por la Supervigilancia en materiaLA/FT/FP.h. Que el Oficial de Cumplimiento se encuentre registrado en el SIREL,administrado por la UIAF.Que los servicios vigilados realicen procedimientos de debida diligenciaen el conocimiento de los clientes y demás contrapartes y debidadiligencia intensificada, cuando sea el caso, conforme los lineamientosimpartidos por la Supervigilancia en materia LA/FT/FP.j. Que los servicios vigilados documenten y registren la decisión deadelantar, continuar, suspender o terminar cualquier relación jurídica conContrapartes.k. Que los servicios vigilados cuenten con mecanismos que permitan medirla

efectividad del SARLAFT 2.0.| Que los servicios vigilados divulguen el SARLAFT, conforme a loestablecido en los lineamientos impartidos por la Supervigilancia enmateria LA/FT/FP.m. Que los servicios vigilados realicen capacitaciones a sus funcionarios ypartes interesadas sobre la prevención y gestión del Riesgo LA/FT/FP.n. Que los servicios vigilados realicen los Reportes de OperacionesSospechosas (ROS) o Reportes de Ausencia de Operaciones Sospechosas(AROS) cuando a ello haya lugar, en los términos establecidos por laSupervigilancia en materia LA/FT/FP y demás instrucciones emitidas porla UIAF.

Página 5 de 7NOMBRE Y CARGO PROCESO yElaboró JOSE DAVID MEDINA SERRATO Úaaa SUNI ALEJANDRA RODRIGUEZ CABRERA “a; Calle24A No. 59-42 Torre4 Piso3 llCentro Empresarial Sarmiento Angulo Va ‘ ) 22-00utacior, (+601) 307 8038 SNS018000 119703 = Fecha aprobacion: 29/06/2023 Ive rece © SUPERSAVIGILANCIA20241300000035CS13/8/2024, 9:37:00 a. mEMPRESAS TRANSPORTADORAS DE VALORES,EMPRESAS DE VIGILANCIA, EMPRESASARRENDADORAS, ETC.. Ni YDep: OFICINA ASESORA JURIDICAFolia: 7 Anexo: Y

o. Lo demás que considere pertinente y necesario para su labor desupervisión. ) Defensa

4. De la Apertura de Investigaciones Administrativas Sancionatorias porPresuntos Incumplimientos de las directrices impartidas en la CircularExterna No. 20240000245 del 14 de febrero de 2024 y Circular Externa No.20240000275 de 2024. SARLAFT 2.0.De conformidad con el Decreto Ley 356 de 1994 le corresponde a laSuperintendencia de vigilancia y seguridad privada ejercer control, inspección,control y vigilancia, sobre todas las personas naturales o jurídicas que prestenservicios de vigilancia y seguridad privada. En este sentido, en el evento en que,conforme a las actividades de supervisión se advierta sobre el incumplimiento alas directrices impartidas en las Circular Externa No. 20240000245 del 14 defebrero de 2024y la Circular Externa No. 20240000275 del 27 de febrero de 2024SARLAFT 2.0. mediante las cuales fijan lineamientos a los servicios de vigilanciay seguridad privada para la implementación del SARLAFT 2.0. EstaSuperintendencia previo al inicio de ¡investigaciones administrativassancionatorias por presuntos incumplimientos, podrá adoptar las siguientesmedidas:

a. Requerimiento por presuntos incumplimientos: Para tal fin, seprocederá a requerir mediante Oficio a los servicios de vigilancia yseguridad privada que incumplan con las directrices impartidas en laCircular Externa No. 20240000245 del 14 de febrero de 2024 y la CircularExterna No. 20240000275 del 27 de febrero de 2024, mediante las cualesse fijan lineamientos para la implementación del SARLAFT 2.0ob. Visitas de inspección in situ o extra situ: Para tal fin, desarrollará visitasde inspección In Situ o Extra Situ, con el fin de recaudar información ydocumentación relevante, o adelantar otras actuaciones que resultennecesarias, tales como, precisar, aclarar o complementar la informaciónrelacionada con los servicios obligados.c. Planes de mejoramiento: Para tal fin, se definirá el conjunto de accionesque debe adelantar los sujetos obligados, tendientes a corregir las causasque dieron origen a los hallazgos identificados por la Supervigilancia en~ejercicio de las funciones de Supervisión en el sistema ALA/CFT.Lo anterior con el propósito de que se adopten las medidas correctivasnecesarias, dentro de un plazo perentorio, para subsanar las irregularidadesevidenciadas, siempre y cuando dichas irregularidades no constituyan a juicio Página 6 de 7NOMBRE Y CARGO PROCESO| Elaboró [JOSE DAVID MEDINA SERRATO. ~~ —~STM~C~COS- | Revisóy Apro-bó | SUNI ALEJANDRA RODRIGUEZ CABRERA

018000 119703 Fecha aprobación: 29/06/2023 Calle 24A No. 59-42 Torre 4 Piso 3 a iliCentro Empresarial Sarmiento Angulo E Pan 4} SUPER20241300000035CS13/6/2024, 9:37.00 8. m.EMPRESAS TRANSPORTADORAS DE VALORES,EMPRESAS DE VIGILANCIA, EMPRESASyon. e ARRENDADORAS, ETC..Hid Dep: OFICINA ASESORA JURÍDICAFolia: 7 Anexo. € ' DefensaCOLOMBIAK POTENCIA DE LAVIDA de la entidad un incumplimiento grave o reiterado. Una vez, se hayan emitidolos requerimientos mencionadosy la Empresa Obligada no proceda a corregir osubsanar la irregularidad, en los términos y condiciones establecidos, laSuperintendencia de Vigilancia y seguridad privada dará inicio al procesoadministrativo sancionatorio por presuntos incumplimientos de las directricesimpartidas en la Circular Externa No. 20240000245 del 14 de febrero de 2024 yla Circular Externa No. 20240000275 del 27 de febrero de 2024, o aquellas quela modifiquen, complementen o sustituyan SARLAFT 2.0.En este orden, la Superintendencia de Vigilancia y seguridad Privada podrá darinicio al proceso administrativo sancionatorio por un presunto incumplimientonormativo, en concordancia con los artículos 75 y 76 del Decreto Ley 356 de1994, y según lo contemplado en el artículo 4, numeral 20 del Decreto 2355 de2006.

5. Divulgación de la Política de Supervisión del SARLAFT 2.0.La Política de Supervisión del Sistema de Administración de Riesgos de Lavadode Activos Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación deArmas de Destrucción Masiva SARLAFT 2.0. pretende fijar lineamientos para lasupervisión de la Circular Externa No. 20240000245 del 14 de febrero de 2024 yla Circular Externa No. 20240000275 del 27 de febrero de 2024 las cuales fijanlineamientos a los servicios de vigilancia y seguridad privada para laimplementación del SARLAFT 2.0. En este orden, esta Política se dará a conoceren todos los niveles de la entidad, mediante canales formales y estrategias decomunicación existentes como son: correo institucional, intranet y en laherramienta Suite Visión Empresarial. Así mismo, se dará a conocer a losservicios de vigilancia y seguridad privada teniendo en cuenta los canales dedivulgación de información descritos en la presente Circular.COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, \ <= GUTIERREZ ROMEROSuperintendente de vigilancia y seguridad privada (e) Página 7 de 7NOMBRE Y CARGO PROCESOElaboró | JOSE DAVID MEDINA SERRATO :Revisó y Aproel| bo

Calle 24A No. 59-42 Torre 4 Piso3 sa physCentro Empresarial Sarmiento Angulo wee Van Get SUPER\ . (+601) 307 8038 [ee Ss A VIGILANCIA“018000119703 Fecha aprobación: 29/06/2023

SUNI ALEJANDRA RODRIGUEZ CABRERA

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