SUPERVIGILANCIA - Circular Externa 16 de 2012

Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada

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Detalles

Título
SUPERVIGILANCIA - Circular Externa 16 de 2012
Autor
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2012

5 SuperVigilancia ENSSuperintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada

CIRCULAR EXTERNA No. 6

PARA: SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA.

DE: SUPERINTENDENTE DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA ASUNTO: FACTURACIÓN DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDADPRIVADA En cumplimiento de las funciones asignadas a esta Superintendencia como enteresponsable de dirigir, coordinar y ejecutar la inspección, vigilancia y control, sobre losservicios y la industria de vigilancia y seguridad privada, en especial en cumplimiento dela función de instrucción consagrada en el numeral 13 del Artículo 4° del Decreto 2355 de2006 “Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Vigilancia ySeguridad Privada y se dictan otras disposiciones”, se hace necesario emitir algunoslineamientos relacionados con el diligenciamiento de las facturas por parte de los serviciosde vigilancia y seguridad privada, así: OBJETIVO1. Dar cumplimiento a lo preceptuado en el Artículo 37 del Decreto 19 de 2012 “Por elcual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos ytrámites innecesarios existentes en la Administración Pública”2. Impartir lineamientos específicos sobre los requisitos mínimos que deben serobservados por los servicios de vigilancia y seguridad privada al momento deexpedir facturas por tales conceptos. GENERALIDADESLe corresponde a los servicios de vigilancia y seguridad privada acatar la constitución, laley y la ética profesional y observar en el ejercicio de sus funciones el cumplimiento de lasnormas legales y procedimientos establecidos por el Gobierno Nacional, así como lasórdenes e instrucciones impartidas por esta Superintendencia, entre otros.

FUNCIONARIO O ANALISTA NOMBRE FIRMA FECHATramitado y Proyectado por MCM - SDC har_16/07/12Revisado para firma por SDC - OAJ 0% 16/07/12Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y por lotanto, bajo nuestra responsabilidad, lo presentamos para la firma. Calle 26 No. 59-51 Torre 4 Piso 3 Centro Empresarial Sarmiento Angulo Bogotá D.C., ColombiaCentro de Información para el Ciudadano CIC calle g8A No. 60-92/96 EY)Sistema de Gestión de Calidad PBX: 57 - 16577565 Linea gratuita nacional: o1 8000 919703 o SES % :FOR-GD-3300-011 www. supervigilancia.gov.co 7 amaVersión 1 011/4471 6011/4470 |SuperVigilanciaSuperintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada

La prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada se cataloga como un actode comercio, de tal manera que a éstos les es aplicable la normatividad contenida en elCódigo de Comercio y demás normas concordantes. Lo anterior, sin perjuicio del controlal que están sometidos por parte de esta Superintendencia, con ocasión a la actividad quedesarrollan.En este sentido, la Superintendencia tiene la potestad de emitir las instrucciones queconsidere adecuadas para optimizar su función como ente de control, regular el sector ygarantizar la adecuada prestación del servicio. Lo anterior, igualmente se concreta con lopreceptuado en el Artículo 37 del Decreto 19 de 2012 “Por el cual se dictan normas parasuprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en laAdministración Pública”, el que dispone lo siguiente:“En ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control, lasSuperintendencias y demás entidades que cumplan funciones de policíaadministrativa, impartirán instrucciones a sus vigilados para que no exijan másrequisitos, trámites o procedimientos de los estrictamente necesarios, y orientarlos allogro de objetivos de eficiencia, economía, celeridad, y racionalización de trámites quebeneficien al ciudadano...”

Es así como, partiendo de la contabilización de incidencias de los servicios vigilados, asícomo de las quejas recibidas por los usuarios, encontramos que el incumplimiento de latarifa se ha posicionado dentro de las faltas mas recurrentes, por diversas razones, dentrode las que podemos citar, la falta de información del usuario, el ejercicio de prácticasempresariales tendientes a diluir la información y la imposibilidad de ejercer controlefectivo, entre otros.Teniendo en cuenta que la tarifa de los servicios de vigilancia y seguridad privada seencuentra regulada (Decreto 4950 de 2007), consideramos necesario impartir loslineamientos para estandarizar los instrumentos que soportan su correcta aplicación, enaras de facilitar la labor de inspección, iniciando por la factura cambiaria. LINEAMIENTOS “FacturaLa Factura es un título valor que el vendedor o prestador del servicio podrá librar yentregar o remitir al comprador o beneficiario del servicio. No podrá librarse factura alguna que no corresponda a bienes entregados real ymaterialmente o a servicios efectivamente prestados en virtud de un contrato verbal oescrito. FUNCIONARIO O ANALISTA NOMBRE FIRMA FECHATramitado y Proyectado por MCM - SDC bae 16/07/12Revisado para firma por SDCOAJ JA 16/07/12Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y por lotanto, bajo nuestra responsabilidad, lo presentamos para la firma. Calle 26 No. 59-51 Torre 4 Piso 3 Centro Empresarial Sarmiento Angulo Bogotá D.C., ColombiaCentro de Información para el Ciudadano CIC calle g8A No. 60-92/96Sistema de Gestión de Calidad PBX: 57 -16577565 Linea gratuita nacional: 01 8000 919703 Ae SORFOR-GD-3300-01 1 www, supervigilancia.gov.co je A

01114474Wi Bolly Eran Version 1 .Libertad y Gatenistmoq Delfinasabiode Cuota SuperVigilanciaSuperintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada Requisitos de la factura El Código de Comercio y el Estatuto Tributario establecen los requisitos que debe tenereste título valor. Es así como el Código de Comercio dispone en su Artículo 774, que lafactura cambiaria, además de los requisitos consagrados en el Artículo 621 Ibidem, debereunir los siguientes requisitos:La fecha de vencimiento,La fecha de recibo de la factura, con indicación del nombre, o identificación o firmade quien sea el encargado de recibirla según lo establecido en la presente ley.El emisor vendedor o prestador del servicio, deberá dejar constancia en el originalde la factura, del estado de pago del precio o remuneración y las condiciones delpago si fuere el caso. A la misma obligación están sujetos los terceros a quienesse haya transferido la factura.De conformidad con el estatuto tributario’, el original de la factura cambiaria debe contar,además, con los siguientes requisitos:Estar denominada expresamente como factura de venta (Debe estar previamenteimpreso)Apellidos y nombre o razón y NIT del vendedor o de quien presta el servicio (Debeestar previamente impreso)Apellidos y nombre o razón social y NIT del adquirente de los bienes o servicios,junto con la discriminación del IVA pagado.Llevar un número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva defacturas de venta (Debe estar previamente impreso)Fecha de su expedición. ]Descripción específica o genérica de los artículos vendidos o servicios prestados.Valor total de la operación. ;El nombre o razón social y el NIT del impresor de la factura (Debe estarpreviamente impreso)Indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas.

De lo anterior se extrae que los requisitos que consigna el Código de Comercio enrelación con la factura cambiaria, son los mínimos para que la misma sea considerada untítulo valor, de tal manera que la omisión de requisitos adicionales que establezcannormas distintas a las señaladas en aquel, no afectará la calidad de título valor de lasfacturas y la omisión de cualquiera de estos requisitos, no afectará la validez del negociojurídico que dio origen a la factura. " Art. 617 del E.T. Requisitos de la factura de ventaFUNCIONARIO O ANALISTA NOMBRE FIRMA ‘ FECHATramitado y Proyectado por MCM - SDC ha 16/07/12Revisado para firma por SDC - OAJ aK 16/07/12Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y por lotanto, bajo nuestra responsabilidad, lo presentamos para la firma. Calle 26 No. 59-51 Torre 4 Piso 3 Centro Empresarial Sarmiento Angulo Bogotá D.C., Colombia fzCentro de Información para el Ciudadano CIC calle 98A No. 60-92/96 A EsSisterna de Gestión de Calidad PBX: 57 -16577565 Linea gratuita nacional: 01 8000 919703 EN j SOSFOR-GD-3300-011 www. supervigilancia.gov.co :Versión 1 0014/4471A C011/4470SuperVigilancia RaittSuperintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada Sin perjuicio de lo anterior, y entendiendo que toda factura expedida debe cumplir losrequisitos minimos exigidos tanto en el Cédigo de Comercio, como en el EstatutoTributario, nos permitimos impartir las siguientes instrucciones que los vigilados deberanseguir al momento de facturar la prestación de sus servicios

INSTRUCCIONES1. Al momento de emitir una factura deberá cumplirse con los requisitos mínimosdeterminados por el Código de Comercio y el Estatuto Tributario, atendiendo lasparticularidades cuando la facturación sea de carácter electrónico.2. Todo adquirente de los servicios de vigilancia y seguridad privada está obligado aexigir la factura por parte del prestador del servicio.3. Cuando se trate de la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privadacon tarifa mínima regulada, además del cumplimiento de los requisitos de lafactura aquí citados, en su diligenciamiento se deberá incluir como mínimo lasiguiente información: o Sector al que se le presta el servicio (Ejm: Comercial, residencial)o En caso de pertenecer al sector residencial indicar el estrato al queperteneceo Indicación de la modalidad del servicio (vigilancia fija, móvil)Indicación de medio (tecnológico, canino, con armas, sin armas)o Descripción detallada y específica de los días y/u horas en que se prestó elservicio.o Indicación de la cantidad de puestos de prestación del servicio.o Indicación de los medjóS Tésnoldgicos o servicios adicionales prestados = FUNCIONARIO O ANALISTA NOMBRE FIRMA : FECHATramitado y Proyectado por MCM - SDC RS 16/07/12Revisado para firma por SDC - OAJ A 16/07/12Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y por lo .tanto, bajo nuestra responsabilidad, lo presentamos para la firma.

Calle 26 No. 59-51 Torre 4 Piso 3 Centro Empresarial Sarmiento Angulo Bogotá D.C., ColombiaCentro de Información para el Ciudadano CIC calle g8A No. 60-92/96Sistema de Gestión de Calidad PBX: 57 -1-6577565 Linea gratuita nacional: 01 8000 919703FOR-GD-3300-011 www.supervigilancia.gov.coVersión 1 0011/4471C011/4470

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