🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SUPERVIGILANCIA - Circular Externa 20147000000375 de 2014

Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SUPERVIGILANCIA - Circular Externa 20147000000375 de 2014
Autor
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2014

¿PROSPERIDAD FORMATO SuperVigilanciaCIRCULAR Superntendencia de vigilancia y Seguridad Privada CIRCULAR EXTERNA o. 20147000000375 de 2014

CC PARA: TODOS LOS SERVICIOS DE VIGILANCA Y SEGURIDAD PRIVADA YCIUDADANIA EN GENERAL

DE: SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

ASUNTO: EXPEDICION DE CERTIFICACIONES

FECHA: 18-11-2014

Continuando con la política de simplificar los procesos y reducir los trámites, suprimiendola duplicidad de funciones, se expide la siguiente circular en la cual se informa al sector,que a partir de la fecha, esta entidad se abstendrá de expedir certificaciones sobre elestado patrimonial de los servicios de vigilancia y seguridad privada, atendiendo a quedicha función corresponde a los contadores o revisores fiscales, según sea el caso, decada una de las empresas. Se: sugiere que los pliegos de condiciones o términos referencia de los diferentesprocesos contractuales que se adelanten en vigilancia y seguridad privada, no exijancertificaciones en este sentido, teniendo en cuenta la falta de competencia de laSuperintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada para expedirla y por cuanto elEstatuto Contractual no fo dispuso asi. Por el contrario, actualmente es a través delRegistro única de Proponentes y de los indicadores financieros solicitado en cada procesoen particular que podrá establecerse la situación financiera de los oferentes oproponentes en cada proceso.

Así mismo esta Superintendencia se abstendrá de expedir certificaciones relacionadascon la existencia y representación legal de las cooperativas de vigilancia y seguridadprivada, toda vez que en virtud del Decreto 019 de 2012 y tal como lo señala la CircularExterna No.20147200000185 del 5 de junio de 2014 expedida por esta Entidad, “/afunción de registro de los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exijaesta formalidad y la certificación de existencia y representación legal de lasorganizaciones supervisadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada,estará a cargo de las Cámaras de Comercio de su domicilio principal, de acuerdo con lasnormas previstas para el registro mercantil y/o Registro Único Empresarial y Social RUES,observando lo dispuesto en el Decreto anti tramites y demás normas que lo adicionen,modifiquen o complementen, sin perjuicio de las autorizaciones especiales que paraFUNCIONARIO O ANALISTA NOMBRE FIRMA FECHATramitado y Proyectado por ivonne Janeth Camargo Latorre ña 18-11-2014Revisado para firma por Carlos Manuel Peña iragorri Al 18-11-2014Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y por lotanto, bajo nuestra responsabilidad, lo presentamos para la firma.

SISTEMA GESTIÓN DE LA CALIDAD Calle 24A No. 59-42 Torre 4 Piso 3 Centro Empresarial Sarmiento Angulo Bogotá D.C., Colombia ESeCódigo: FOR-GD-3300-008 Centro de Información para el Ciudadano CIC Avenida el Dorado No 69-63 OF 509/510 Torre 26 L Ey R 5Fecha aprobación: 08/05/2013 PBX: 57 -1-3078038 Línea gratuita nacional: 02 8000 119703 nyVersión: 3 www.supervigilancia.gov.co¿PROSPERIDAD FORMATO SuperVigilanciaUPARA TODOS CIRCULAR Superintendencia de Vigilancia y Segarided Privada 4 efectuar los registros, deba expedir esta Superintendencia de acuerdo con susfacultades”. Con respecto a las reformas estatutarias, éstas deberán inscribirse en la Cámara deComercio del domicilio de la organización o ante quien haga sus veces, dentro de lostreinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de realización de la asamblea. En estesentido ya se ha pronunciado la Superintendencia a través de la Circular ExternaNo.20147200000185 del 5 de junio de 2014, razón por la cual no procede la expediciónde certificaciones de registro o modificación de estatutos de cooperativas. Con base en lo anterior, la Superintendencia sólo certificará sobre las siguientessituaciones: - Que se encuentra en trámite la renovación de la licencia de funcionamiento de losservicios de vigilancia y seguridad privada, teniendo en cuenta lo dispuesto en elartículo 35 del Decreto 019 de 2012, y

  • El estado de los servicios de vigilancia y seguridad privada, respecto a las multas ysanciones (exclusivamente durante los últimos cinco años) Las certificaciones que se expidan tendrán una vigencia de noventa (90) días.

La presente circular rige a partir de su publicación. L PEÑA IRAGORRIndente de Vigilancia y Seguridad Privada ( E) FUNCIONARIO O ANALISTA NOMBRE FIRMA FECHATramitado y Proyectado por Ivonne Janeth Camargo Latorre ” 18-11-2014Revisado para firma por Carlos Manuel Peña Iragorri (AN 18-11-2014Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y por lotanto, bajo nuestra responsabilidad, lo presentamos para la firma. SISTEMA GESTIÓN DE LA CALIDAD Calle 24A No. 59-42 Torre 4 Piso 3 Centro Empresarial Sarmiento Angulo Bogota D.C., ColombiaCódigo: FOR-GD-3300-008 Centro de Información para el Ciudadano CIC Avenida el Dorado No 69-63 OF 509/530 Torre 26Fecha aprobación: 08/05/2013 PBX: 57 - 2 - 3078038 Línea gratuita nacional: 01 8000 119703Versión: 3 www.supervigilancia.gov.co

Consultar sobre este documento ...