SUPERVIGILANCIA - Resolución 20193100043037 de 2019
Detalles
- Título
- SUPERVIGILANCIA - Resolución 20193100043037 de 2019
- Autor
- Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2019
RESOLUCIÓN
No.20193100043037
FUNCIONARIO O ANALISTA NOMBRE Tramitado y Proyectado por EDITH TORRES VERA Revisado para firma por CLAUDIA ACEVEDO MEJIA CARLOS MANUEL PEÑA IRAGORRI LUZ ELENA MORALES MALAVER Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad, lo presentamos para la firma.
DIRECCIÓN A COMUNICAR Página 1 de 2
SISTEMA GESTIÓN DE LA CALIDAD
Código: FOR-GDO-330-010
Fecha aprobación: 19/01/2019
Versión: 13
Resolución No. 20193100043037 Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada Centro de Información al Ciudadano: Calle 24ª No. 59 – 42 Torre 4 Piso 3
Sede Administrativa: Avenida Calle 26 # 57-41 Torre 8 - P iso 11
PBX: (571) 3078038 Línea Gratuita Nacional: 01 8000 119703
www.supervigilancia.gov.co Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 20143100099857 del 21 de noviembre de 2014 “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias para los empleos de los funcionarios públicos civiles y no uniformados de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.”
EL SUPERINTENDENTE DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA En ejercicio de las facultades legales, en especial de la que le confiere el artículo 22 del Decreto Ley 092 de 2007
CONSIDERANDO
Privada.”
EL SUPERINTENDENTE DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA En ejercicio de las facultades legales, en especial de la que le confiere el artículo 22 del Decreto Ley 092 de 2007
CONSIDERANDO
Que la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, es un organismo de carácter técnico del orden nacional, adscrito al Ministerio de Defensa Nacional con autonomía administrativa, financiera y presupuestal perteneciente al nivel descentralizado por servicios y dotada con personería jurídica por la ley 1151 de 2007.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Decreto Ley 092 de 200 7, la adopción, adición, modificación o actualización del manual específico de funci ones de las entidades que integran el sector defensa, se efectuará mediante Resolución interna del jefe del organismo y sólo requerirá para su expedición concepto previo favorable del Ministro de Defensa Nacional.
Que mediante Resolución No. 20143100099857 del 21 de noviembre de 2014 se adoptó el Manual Específico de Funciones y Competencias para los empleos de los funcionarios públicos civiles y no uniformados de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
Que la Directiva 01 de 2019 expedida por el señor Presidente de la República, en relación con los requisitos generales para los empleos de los distintos nivel es jerárquicos de los organismos y entidades del orden nacional del nivel central y descentralizado, estableció que para el ejercicio de los empleos correspondientes, cuyos requisitos especiales (estudios, experiencia y demás) se encuentren establecidos en la Constitución Política, en la ley o en los artículos 2.2.2.4.10 y
descentralizado, estableció que para el ejercicio de los empleos correspondientes, cuyos requisitos especiales (estudios, experiencia y demás) se encuentren establecidos en la Constitución Política, en la ley o en los artículos 2.2.2.4.10 y 2.2.34.1.2 del Decreto reglamentario 1083 de 2015, se acreditarán estrictamente los señalados en tales disposiciones, sin que sea permitido a las entidades modificarlos o adicionarlos en sus respectivos manuales específicos de funciones y de competencias laborales.
Que en la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, se encuentra el empleo de Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada Código 1-2 Grado 25, el cual establece requisitos adicionales a los consagrados en el Decreto 1083 de 2015, por lo tanto, se hace necesario modificar el Manual Especifico de Funciones y Requisitos para el mencionado empleo con el fin de dar cumplimiento a la citada Directiva.RESOLUCIÓN No.20193100043037
FUNCIONARIO O ANALISTA NOMBRE Tramitado y Proyectado por EDITH TORRES VERA Revisado para firma por CLAUDIA ACEVEDO MEJIA CARLOS MANUEL PEÑA IRAGORRI LUZ ELENA MORALES MALAVER Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad, lo presentamos para la firma.
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SISTEMA GESTIÓN DE LA CALIDAD
Código: FOR-GDO-330-010
Fecha aprobación: 19/01/2019
Versión: 13
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SISTEMA GESTIÓN DE LA CALIDAD
Código: FOR-GDO-330-010
Fecha aprobación: 19/01/2019
Versión: 13
Resolución No. 20193100043037 Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada Centro de Información al Ciudadano: Calle 24ª No. 59 – 42 Torre 4 Piso 3
Sede Administrativa: Avenida Calle 26 # 57-41 Torre 8 - P iso 11
PBX: (571) 3078038 Línea Gratuita Nacional: 01 8000 119703
www.supervigilancia.gov.co Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTICULO 1º Modificar el Anexo de la Resolución No. 20143100099857 del 21 de noviembre de 2014, “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y de Competencias para los empleos de los funcionarios civiles y no uniformados de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada”, en lo relacionado con el cargo de Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada, el cual quedará así:
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
EntidadDependencia :
SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCI AY SEGURIDAD PRIVADA
Nivel : DIRECTIVO
Denominación SUPERINTENDENTE DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA
Código: 1-2
Grado : 25
Ubicación
Geográfica:
DONDE SE UBIQUE EL EMPLEO
Número de Empleos: UNO (1)
II. REQUISITOS ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en una disciplina
Ubicación
Geográfica:
DONDE SE UBIQUE EL EMPLEO
Número de Empleos: UNO (1)
II. REQUISITOS ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en una disciplina académica.
Título de postgrado en cualquier modalidad o su equivalencia de acuerdo a lo contemplado en el artículo 2.2.2.5.1 del Decreto 1083 de 2015. Experiencia profesional relacionada.
ARTICULO 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente el anexo de la Resolución No. 20143100099857 del 21 de noviembre de 2014.