SUPERVIGILANCIA - Resolución 20251300006227 de 2025
Detalles
- Título
- SUPERVIGILANCIA - Resolución 20251300006227 de 2025
- Autor
- Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2025
Gi 20251300006227CS 7/5/2023, 2:39:00 p. m. SE LEVANTA SUSPENSIÓN DE TÉRMINOSSupervigilancia : Depx OFICINA ASESORA JURÍDICAFalta: 2 Anexa: 0a] Usuario: PRESENCIAL Resolución N° Por medio de la cual se levanta la suspensión de los términos de lasactuaciones administrativas a cargo de la Superintendencia de Vigilanciay Seguridad Privada y se dictan otras disposiciones. Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política, que estableceque la función administrativa está al servicio de los intereses generales y sedesarrolla con los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, económica,celeridad, imparcialidad y publicidad, y por lo anterior las autoridadesadministrativas velaran porque sus actuaciones cumplan con los fines esencialesdel estado, Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 4, con base en la función de los finesesenciales del estado en las entidades administrativas, propende por la satisfacción_de las necesidades generales de las personas, de conformidad con los principios ysu finalidad consagrados en la Constitución Política. Que la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, es un organismo delorden nacional de carácter técnico, adscrita al Ministerio de Defensa, conautonomía administrativa, financiera y con personería jurídica, en cumplimiento desus obligaciones legales y de conformidad con lo establecido en el artículo 3 delDecreto Ley 356 de 1994, el artículo 2 del Decreto 2355 de 2006 y articulo1.2,1,1.1. del Decreto 1070 de 2015, le corresponde ejercer control, inspección yvigilancia de los servicios de vigilancia y seguridad privada en todas susmodalidades en Colombia.
Que, en atención a la materialización de un caso fortuito, la Superintendencia sevio en la necesidad de expedir la Resolución No. 20251300001897CS del 7 deabril de 2025, mediante la cual se suspendieron los términos legales en lasactuaciones administrativas a cargo de la Superintendencia de Vigilancia ySeguridad Privada y se adoptaron otras disposiciones. Que, en aras de garantizar los principios que rigen la función pública, así como losderechos de los administrados, particularmente el debido proceso, la igualdad yespecialmente el principio de legalidad, se hace necesario reanudar el conteo detérminos legales en las actuaciones administrativas que se vieron afectadas por ladecisión adoptada mediante la resolución previamente mencionada y continuar conla prestación normal del servicio, en cumplimiento de la misión institucional. Como corolario de lo expuesto, resulta jurídicamente procedente ordenar ellevantamiento de la suspensión de los términos procesales, en estrictocumplimiento del principio de legalidad que orienta la función pública y confundamento en las competencias expresamente conferidas a estaSuperintendencia. Esta determinación asegura la aplicación efectiva de lodispuesto en los artículos 3° y 8° del Código de Procedimiento Administrativo y delo Contencioso Administrativo, en lo relativo a la sujeción estricta a la legalidad y Página 1 de 2 NOMBRE Y CARGO PROCESOElaboró JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ GUÁQUETA GESTIÓN JURÍDICARevisó y Aprobó _ | JHON FREDY LÓPEZ FRANCO — DANIELA FERNANDA ORTIZ CARDOZO GESTIÓN JURÍDICALos erriba tsmantes Sedaramos que hemos revisado el documento yf Encontramos ajustado a las pormas y dspostdones fegales vigentes y, por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad lopresentamos para la firma
Dirección: Calle 24A No. 59-42 Torre 4Piso 3 Centro Empresarial Sarmiento Angulo Cee ción: 0/08/2024Conmutador: (+601) 307 8038 Verslán: 20 Linea gratuita: 01 8000 119703G 20251300006227C5 $ 7/5/2025, 2:39:09 p.mSE LEVANTA SUSPENSIÓN DE TÉRMINOSSupervigilancia Dep: OFICINA ASESORA JURÍDICAFolio: 2 Anexo: ¢Pa Usuarias PRESENCIAL Resolución N° la obligación de garantizar procedimientos a cargo de las entidades publicas. Eneste contexto, la presente resolución se expide con todos los efectos jurídicospropios de un acto administrativo de carácter general y de obligatoriocumplimiento, razón por la cual las dependencias internas deberán adoptar lasmedidas administrativas y operativas necesarias para su ejecución inmediata,respetando en todo momento los derechos fundamentales de los administrados ylos principios que rigen la actuación de la administración pública.
En mérito de lo expuesto, la Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Levantar la suspensión de términos legales en los procesosadministrativos sancionatorios, disciplinarios, de jurisdicción coactiva, peticiones ydemás actuaciones administrativas que se vieron afectadas por la suspensiónordenada mediante la resolución No. 20251300001897CS del 7 de abril de2025, en trámite de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada a partirel día 7 de mayo del 2025.
ARTICULO SEGUNDO: Derogar la Resolución No. 20251300001897CS del 7 deabril de 2025 “Por medio de la cual se suspenden los términos de las actuacionesadministrativas a cargo de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privaday se dictan otras disposiciones.
ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de su publicación en lapágina web de la entidad y el diario oficial de conformidad con lo dispuesto en elartículo 65 de la ley 1437 de 2011.
ARTICULO CUARTO: Contra la presente resolución no procede recurso alguno,por tratarse de un acto administrativo de carácter general, de conformidad con lodispuesto en el articulo 75 de la ley 1437 de 2011.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE, Página 2 de 2
NOMBRE Y CARGO PROCESOElaboró JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ GUÁQUETA GESTIÓN JURÍDICARevisó y Aprobó_ | JHON FREDY LOPEZ FRANCO — DANIELA FERNANDA ORTIZ CARDOZO GESTIÓN JURÍDICALs arriba firmantes dedaramos que hemos revisado el documenta y lo encontramos ajustada a las normas y disposiciones Jegales vigentes y, por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad lopresentamos para la firma
Dirección: Calle 24A No. 59-42 Torre 4 Código: FORGDO-330-013Piso 3 Centro Empresarial Sarmiento Angulo O eConmutador: (+601) 307 8038 Fecha aprobación: 05/06/2024Línea gratuita: 01 8000 119703