SUPERVIGILANCIA - Resolución 5614 de 2012

Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada

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Detalles

Título
SUPERVIGILANCIA - Resolución 5614 de 2012
Autor
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal Militar
Año
2012

SuperVigilanciaSuperintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada Resolución No. 56 1 4 - de 1 4 AGO. 2012 “Por la cual se establecen los lineamientos generales y el mecanismo (tecnológico para elreporte de Novedades” EL SUPERINTENDENTE DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA En ejercicio de sus facultades legales previstas en el articulo 104° dell Decreto — Ley 356de 1994 y en el artículo 6° del Decreto 2355 de 200

CONSIDERANDO

Que la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada fue creada por la Ley 62 de1993, como organismo técnico adscrito al Ministerio de Defensa Naciohal.Que le corresponde a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Ley 356 de 1994, ejercer control,inspección y vigilancia sobre todas la personas naturales o juridi¢as que desarrollenactividades de vigilancia y seguridad privada y sus usuarios de conformidad con loestablecido en la ley.Que el numeral 28° del artículo 74 del Decreto Ley 356 de 1994, previó como una de lasobligaciones para los servicios de vigilancia y seguridad privada, “(...) Dar aviso inmediatoa la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y demás autoridadescompetentes, y proporcionar toda la información relacionada con la ocurrencia desiniestros, en los cuales haya presencia de personas vinculadas a los servicios devigilancia y seguridad privada (...)”.Que a su turno, el artículo 104 del citado Decreto Ley, dispusd lo siguiente: “(...)INFORMACIÓN A LA AUTORIDAD. Salvo lo dispuesto en otrog artículos una vezobtenida o renovada la licencia de funcionamiento, los servicios de vigilancia y seguridadprivada deben llevar un registro actualizado y comunicar a la Superintendencia deVigilancia y Seguridad Privada dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes, lasnovedades que se presenten en materia de personal, armamento, equipo y demás mediosutilizados así como la relación de usuarios, indicando razón social y dirección. Así mismotrimestralmente, enviar las copias de los recibos de pago a los sistemas de seguridadsocial y de los

aportes parafiscales. La Superintendencia de Vigilancia y Seguridadprivada podrá establecer mecanismos ágiles q faciliten el suministro de esta información(...)”Que en uso de la facultad consagrada en el artículo 110 del Estatuto de Vigilancia ySeguridad Privada, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada ha expedidocirculares externas, relacionadas con el suministro de información de novedades, en lascuales se determinó la clase de información a reportar y el medio para tal fin.

Resolución No. 39 | 4 . de 1 4 AGO. 201 Dedoina s de3FUNCIONARIO O ANALISTA NOMBRE FIRMA FECHATramitado y Proyectado por Dra. Andrea García V.- Oficina Asesora Jurídica Julio de 2012: ñ Dra. Marcela Castro MaciasDelegada para el Control iRevisado para firma por Or. Cristian Krúger Sarmiento. Delegado para la Operación Hs— Julio de 2012Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y por lotanto, bajo nuestra responsabilidad, lo presentamos para la firma. tao : Calle 26 No. 59-51 Torre 4 Piso 3 Centro Empresarial Sarmiento Angulo Bogotá D.C., Colombia yr rhs,Sistema de Gestion de Centro de Información para el Ciudadano CIC calle 98A No. 60-92/96 (Y) El ds. Fon 3300-0193 : PBX: 57 -16577565 Linea gratuita nacional: 01 8000 919703 y iove footy y www.supervigilancia.gov.co m 505 reat Peay ‘toe Versión 1 peYH CO11/4471 0011/4470y SuperVigilanciamsnm Superintendencia de Vigilancia y Seguridad PrivadaFlopiiston de Caloribla

Resolución No. 38 \ A “de 1 4 AGO. 2012 Que el Decreto 019 de 2012 “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformarregulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la AdministraciónPública”, dispuso en sus considerandos que, con el objeto de facilitar |personas naturales y jurídicas ante las autoridades queactividad de lasumplen funcionesadministrativas, contribuir a la eficacia y eficiencia de éstas y fortalecer, entre otros, losprincipios de buena fe, confianza legítima, transparencia y morracionalizar los trámites y procedimientos contenidos en normas con fulidad, se requiereerza de ley.Que por lo expuesto, se hace necesario unificar los lineamientos generales que faciliten elcumplimiento del reporte de información sobre novedades por parte de los vigilados a laSuperintendencia, así como establecer el medio para el suministro deQue en mérito de lo anterior, RESUELVE dicha información.

ARTÍCULO PRIMERO.- Objetivo: Fijar criterios de contenido técnico yjurídico en materiade reporte de información de novedades de los vigilados a la Superintendencia, con el finde racionalizar los trámites y optimizar los sistemas de comunicaciónsu recepción. e información para ARTÍCULO SEGUNDO.- Ámbito de Aplicación: La presente Resolución aplica a todoslos servicios vigilados por la Superintendencia de Vigilancia y Segurida ARTÍCULO TERCERO.-Clase de Información: los servicios vigilados d Privada. deberán reportar lasiguiente información identificada como novedades con su respectiva periodicidad así:

1. NOVEDADES OPERATIVAS: Se entiende por novedad opevento en el cual se presentan hechos que pueden llegar a afconformidad con la clasificación que se establezca en el aplnovedades se caracterizan particularmente por ser eventualestal manera que su reporte debe ser inmediato.

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7 erativa, todo aquelectar el servicio, decativo. Este tipo dee imprevisibles, de

2. NOVEDADES ADMINISTRATIVAS: Son todas aquellas relacionadas con elfuncionamiento del servicio de vigilancia y seguridad privada, Y que surgen conocasión del giro ordinario de sus actividades; tales novedades son: personal,armamento, equipos y medios utilizados y relación de usuariotipo de novedades debe realizarse los cinco (5) primeros días d. El reporte de estee cada mes.

ARTÍCULO CUARTO.- Mecanismo Tecnológico: Adóptese como único medio para elreporte de novedades el aplicativo tecnológico denominado RENOVA. Resolución No. y) 6 1 4 . de TA AGO 2012 PasinardesFUNCIONARIO O ANALISTA , NOMBRE ' FIRMA - FECHATramitado y Proyectado por Dra. Andrea García V.- Oficina Asesora Juridica Julio de 20127 ; Dra. Marcela Castro MaciasDelegad: | Controt iRevisado para firma por Dr. Cristian Krúger Sarmiento. Delegado para la Operación Julio de 2012Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y por lotanto, bajo nuestra responsabilidad, lo presentamos para la firma. ey . o Calle 26 No. 59-51 Torre 4 Piso 3 Centro Empresarial Sarmiento Angulo Bogotá D.C., Colombiama de Gestión de Centro de Información para el Ciudadano CIC calle 98 A No. 60-92/96 GPBX: 57 -1~6577565 Linea gratuita nacional: 01 8000 919703FOR=5D-3300-01 3 wWww.supervigilancia.gov.co 5650011/4471"peiC 011/4470& SuperVigilanciaee. Superintendencia de Vigilancia y Seguridad PrivadaRepúblicaste Calorriona

Resolución No.5814. 14 A60, 2012 PARÁGRAFO.- Determínese a través de circulares externas la operatividad del aplicativo.ARTÍCULO QUINTO.- Derogatorias: Se derogan todas las dispositiones que le seancontrarias, y en especial las contenidas en las Circulares Externas No|24 de 2006, 057 de2008 y 015 de 2011. ARTÍCULO SEXTO.- El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de supublicación. - « , Resolución No. 30 | 4 de. 1 4 AGO. 2012 Pagina3 de 3FUNCIONARIO O ANALISTA NOMBRE FIRMA FECHATramitado y Proyectado por Dra. Andrea García V.- Oficina Asesora Jurídica Julio de 2012Revi fi Dra. Marcela Castro MaciasDelegad | Control i Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y por lotanto, bajo nuestra responsabilidad, lo presentamos para la firma. . . Calle 26 No. 59-52 Torre 4 Piso 3 Centro Empresarial Sarmiento Angulo Bogotá D.C., Colombia PA, .oi de Gestión de Centro de Información para el Ciudadano CIC calle 98A No. 60-92/96 © if ' YFOR-GD-3300-013 PBX: 57 - 16577565 Linea gratuita nacional: 02 8000 919703 A 7Versión 1 www.supervigilancia.gov.co “e 505 ECO11/4471 co11/4470

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