SUPERVIGILANCIA - Concepto 0000223 de 2008
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
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Detalles
- Título
- SUPERVIGILANCIA - Concepto 0000223 de 2008
- Autor
- Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2008
CONCEPTO 223 DE 2008
(Septiembre 15) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA
Para: Pedro Antonio Vásques Galvis
Coordinador Grupo de Habilitación Empresarial De: Dra. Diana Collazos Sáenz Jefe Oficina Asesora Jurídica
Asunto: Solicitud Concepto Respetado doctor Vásques: En atención al asunto de referencia, respecto si la Secretaría General de la SuperVigilancia, es la oficina competente para expedir los certificados de existencia y representación legal de las cooperativas de trabajo asociado que prestan el servicio de vigilancia y seguridad privada, nos permitimos manifestar lo siguiente: Según el artículo 45 del decreto 2150 de 1995, las cooperativas de trabajo asociado que prestan servicios de vigilancia y seguridad privada, se encuentran excentas de registrarse ante las Cámaras de Comercio, razón por la cual la SuperVigilancia, ha tenido a su cargo como función expedir los certificados de existencia y representanción legal de estas cooperativas.
Por su parte la Ley 454 de 1998, en su artículo 63 , preescribe que: "Los actos de registro e inscripción de las entidades de la economía solidaria a que se refiere la presente ley, serán realizados por las Superintendencia a la cual corresponda su supervisión..." Ahora bien, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, las Secretarias Generales son las dependencias designadas para dar fe pública de aquellos actos y registros de las entidades públicas de las que forman parte. En el caso particular, la Secretaría General de la SuperVigilancia en desarrollo del numeral 18 del artículo 13 del Decreto 2355 de 2006, es la facultada, por su naturaleza jurídica para expedir el certificado de existencia y representación legal de las cooperativas de trabajo asociado
del numeral 18 del artículo 13 del Decreto 2355 de 2006, es la facultada, por su naturaleza jurídica para expedir el certificado de existencia y representación legal de las cooperativas de trabajo asociado que prestan servicio e vigilancia y seguridad privada. El presente cocepto se expide conforme lo establecido en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo. Coordialmente, DIANA COLLAZOS SÁENZ Jefe Oficina Asesora JurídicaDisposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia n.d.
Última actualización: 20 de abril de 2024