SUPERVIGILANCIA - Resolución 20261000036567CS de 2026
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
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Detalles
- Título
- SUPERVIGILANCIA - Resolución 20261000036567CS de 2026
- Autor
- Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal_Militar
- Año
- 2026
Resolución N° “Por medio de la cual se adopta la Política de Gestión del Conocimiento y la Innovación en la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada”
NOMBRE Y CARGO PROCESO
Elaboró Gladys Montoya Garcia -Asesor Despacho
GESTION DE TALENTO HUMANO
Revisó y Aprobó
Gilbert Ramirez TejadaCoordinador Arlenciu Muñoz Ospina - Contratista Marta Cecilia Mengual Quintero Secretaria General
GESTION DE TALENTO HUMANO
GESTION DE TALENTO HUMANO SECRETARIA GENERAL Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y, por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para la firma
DIRECCIÓN A NOTIFICAR
EL SUPERINTENDENTE DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA
En ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto 2355 de 2006, el Decreto 1083 de 2015, el Decreto 1499 de 201 7 y demás disposiciones que las modifiquen o sustituyan, y
CONSIDERANDO
Que el Decreto 1499 de 2017 enmarca los principios de dirección, planeación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de la gestión en las entidades públicas, como ejes fundamentales para el cumplimiento de la misionalidad.
Que la normativa y orientaciones del Departamento Administrativo de la Función Pública establecen los lineamientos que deben ser adoptados , en especial lo dispuesto en el Documento CONPES 4080 de 2022 “Política Nacional de Gestión
Que la normativa y orientaciones del Departamento Administrativo de la Función Pública establecen los lineamientos que deben ser adoptados , en especial lo dispuesto en el Documento CONPES 4080 de 2022 “Política Nacional de Gestión del Conocimiento y la Innovación en el marco de la Política de Gobierno Digital”, sobre la implementación de la Política de Gestión del Conocimiento y la Innovación (PGC+i) en las entidades.
Que la adopción de la gestión del conocimiento y la innovación tiene como propósito facilitar el aprendizaje y la adaptación a través de la gestión de l conocimiento tácito y expl ícito, lo cual permite generar servicios de calidad ajustados a las necesidades de los ciudadanos , propicia la identidad y transformación de la Superintendencia en una institución sistemática de procesos de generación, preservación, uso, difusión y aplicación del conocimiento, y promueve la innovación pública como herramienta de aprendizaje continuo y mejora de los servicios.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la Política de Gestión del Conocimiento y la Innovación (PGC+i) como parte de las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) de la dimensión Gestión del Conocimiento y la Innovación.
Parágrafo. La Superintendencia se compromete a gestionar los recursos físicos, técnicos, financieros y humanos para la implementación y mantenimiento de la Política de Gestión del Conocimiento y la Innovación, a través de alianzas académicas y dinámicas de transferencia de conocimiento en planes y programas encaminados al desarrollo de la Supervigilancia.
Política de Gestión del Conocimiento y la Innovación, a través de alianzas académicas y dinámicas de transferencia de conocimiento en planes y programas encaminados al desarrollo de la Supervigilancia.
ARTÍCULO SEGUNDO. La Política de Gestión del Conocimiento y la Innovación tiene aplicabilidad para todos los procesos de la entidad con énfasis en el cumplimiento de la misionalidad, a través de l ciclo continuo que comprende cuatro etapas interrelacionadas: generación (producción), organización (almacenamiento), intercambio (transferencia) y uso (apropiación), las cuales se convierten en conocimiento o saberes y, por ende, potencian los procesos de innovación en la entidad.Resolución N° “Por medio de la cual se adopta la Política de Gestión del Conocimiento y la Innovación en la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada”
NOMBRE Y CARGO PROCESO
Elaboró Gladys Montoya Garcia -Asesor Despacho
GESTION DE TALENTO HUMANO
Revisó y Aprobó
Gilbert Ramirez TejadaCoordinador Arlenciu Muñoz Ospina - Contratista Marta Cecilia Mengual Quintero Secretaria General
GESTION DE TALENTO HUMANO
GESTION DE TALENTO HUMANO SECRETARIA GENERAL Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y, por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para la firma
DIRECCIÓN A NOTIFICAR
ARTÍCULO TERCE RO. Son responsables todos los servidores públicos , contratistas, pasantes y judicantes que desarrollan una actividad propia de la
lo presentamos para la firma
DIRECCIÓN A NOTIFICAR
ARTÍCULO TERCE RO. Son responsables todos los servidores públicos , contratistas, pasantes y judicantes que desarrollan una actividad propia de la Superintendencia y que contribuyen a la misionalidad a través del conocimiento tácito (conocimiento informal , experiencial y habilidades ) y del conocimiento explícito (todo lo que ha sido estructurado, codificado y documentado en la entidad). Este proceso será liderado desde el Grupo de Recursos Humanos, la Oficina Asesora de Planeación y Oficina de Sistemas.
ARTÍCULO CUARTO. Los Principios Rectores de la gestión del conocimiento son: a. Todos los servidores públicos, contratistas , pasantes y judicantes son fuente de conocimiento y experticia. b. La Gestión del Conocimiento y la Innovación es un mecanismo para alcanzar mejores resultados en el camino a la excelencia. c. Construir desde lo ya construido. d. Fortalecer los saberes tácito y explícito. e. Identificar situaciones problémicas que permitan espacios de ideación y transferencia de conocimiento como alternativas de solución.
ARTÍCULO QUINTO. La Política de Gestión del Conocimiento y la Innovación deberá articularse y armonizarse permanentemente con las demás políticas y dimensiones del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), el Sistema de Gestión de Calidad, y los lineamientos que en materia de Gobierno Digital y Función Pública expida el Gobierno Nacional, garantizando la coherencia institucional, la mejora regulatoria y el cumplimiento de los fines esenciales del Estado.
ARTÍCULO SEXTO. La presente resolución deberá ser divulgada a todos los servidores públicos y contratistas mediante los canales institucionales.
institucional, la mejora regulatoria y el cumplimiento de los fines esenciales del Estado.
ARTÍCULO SEXTO. La presente resolución deberá ser divulgada a todos los servidores públicos y contratistas mediante los canales institucionales.
ARTÍCULO SÉPTIMO. La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., el primer (1) día del mes de junio de 2026.
LARRY SADIT ÁLVAREZ MORALES
Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada