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SUPERVIGILANCIA - Resolución 20261000036567CS de 2026

Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada

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Detalles

Título
SUPERVIGILANCIA - Resolución 20261000036567CS de 2026
Autor
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal_Militar
Año
2026

Resolución N° “Por medio de la cual se adopta la Política de Gestión del Conocimiento y la Innovación en la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada”

NOMBRE Y CARGO PROCESO

Elaboró Gladys Montoya Garcia -Asesor Despacho

GESTION DE TALENTO HUMANO

Revisó y Aprobó

Gilbert Ramirez TejadaCoordinador Arlenciu Muñoz Ospina - Contratista Marta Cecilia Mengual Quintero Secretaria General

GESTION DE TALENTO HUMANO

GESTION DE TALENTO HUMANO SECRETARIA GENERAL Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y, por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para la firma

DIRECCIÓN A NOTIFICAR

EL SUPERINTENDENTE DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

En ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto 2355 de 2006, el Decreto 1083 de 2015, el Decreto 1499 de 201 7 y demás disposiciones que las modifiquen o sustituyan, y

CONSIDERANDO

Que el Decreto 1499 de 2017 enmarca los principios de dirección, planeación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de la gestión en las entidades públicas, como ejes fundamentales para el cumplimiento de la misionalidad.

Que la normativa y orientaciones del Departamento Administrativo de la Función Pública establecen los lineamientos que deben ser adoptados , en especial lo dispuesto en el Documento CONPES 4080 de 2022 “Política Nacional de Gestión

Que la normativa y orientaciones del Departamento Administrativo de la Función Pública establecen los lineamientos que deben ser adoptados , en especial lo dispuesto en el Documento CONPES 4080 de 2022 “Política Nacional de Gestión del Conocimiento y la Innovación en el marco de la Política de Gobierno Digital”, sobre la implementación de la Política de Gestión del Conocimiento y la Innovación (PGC+i) en las entidades.

Que la adopción de la gestión del conocimiento y la innovación tiene como propósito facilitar el aprendizaje y la adaptación a través de la gestión de l conocimiento tácito y expl ícito, lo cual permite generar servicios de calidad ajustados a las necesidades de los ciudadanos , propicia la identidad y transformación de la Superintendencia en una institución sistemática de procesos de generación, preservación, uso, difusión y aplicación del conocimiento, y promueve la innovación pública como herramienta de aprendizaje continuo y mejora de los servicios.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la Política de Gestión del Conocimiento y la Innovación (PGC+i) como parte de las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) de la dimensión Gestión del Conocimiento y la Innovación.

Parágrafo. La Superintendencia se compromete a gestionar los recursos físicos, técnicos, financieros y humanos para la implementación y mantenimiento de la Política de Gestión del Conocimiento y la Innovación, a través de alianzas académicas y dinámicas de transferencia de conocimiento en planes y programas encaminados al desarrollo de la Supervigilancia.

Política de Gestión del Conocimiento y la Innovación, a través de alianzas académicas y dinámicas de transferencia de conocimiento en planes y programas encaminados al desarrollo de la Supervigilancia.

ARTÍCULO SEGUNDO. La Política de Gestión del Conocimiento y la Innovación tiene aplicabilidad para todos los procesos de la entidad con énfasis en el cumplimiento de la misionalidad, a través de l ciclo continuo que comprende cuatro etapas interrelacionadas: generación (producción), organización (almacenamiento), intercambio (transferencia) y uso (apropiación), las cuales se convierten en conocimiento o saberes y, por ende, potencian los procesos de innovación en la entidad.Resolución N° “Por medio de la cual se adopta la Política de Gestión del Conocimiento y la Innovación en la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada”

NOMBRE Y CARGO PROCESO

Elaboró Gladys Montoya Garcia -Asesor Despacho

GESTION DE TALENTO HUMANO

Revisó y Aprobó

Gilbert Ramirez TejadaCoordinador Arlenciu Muñoz Ospina - Contratista Marta Cecilia Mengual Quintero Secretaria General

GESTION DE TALENTO HUMANO

GESTION DE TALENTO HUMANO SECRETARIA GENERAL Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y, por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para la firma

DIRECCIÓN A NOTIFICAR

ARTÍCULO TERCE RO. Son responsables todos los servidores públicos , contratistas, pasantes y judicantes que desarrollan una actividad propia de la

lo presentamos para la firma

DIRECCIÓN A NOTIFICAR

ARTÍCULO TERCE RO. Son responsables todos los servidores públicos , contratistas, pasantes y judicantes que desarrollan una actividad propia de la Superintendencia y que contribuyen a la misionalidad a través del conocimiento tácito (conocimiento informal , experiencial y habilidades ) y del conocimiento explícito (todo lo que ha sido estructurado, codificado y documentado en la entidad). Este proceso será liderado desde el Grupo de Recursos Humanos, la Oficina Asesora de Planeación y Oficina de Sistemas.

ARTÍCULO CUARTO. Los Principios Rectores de la gestión del conocimiento son: a. Todos los servidores públicos, contratistas , pasantes y judicantes son fuente de conocimiento y experticia. b. La Gestión del Conocimiento y la Innovación es un mecanismo para alcanzar mejores resultados en el camino a la excelencia. c. Construir desde lo ya construido. d. Fortalecer los saberes tácito y explícito. e. Identificar situaciones problémicas que permitan espacios de ideación y transferencia de conocimiento como alternativas de solución.

ARTÍCULO QUINTO. La Política de Gestión del Conocimiento y la Innovación deberá articularse y armonizarse permanentemente con las demás políticas y dimensiones del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), el Sistema de Gestión de Calidad, y los lineamientos que en materia de Gobierno Digital y Función Pública expida el Gobierno Nacional, garantizando la coherencia institucional, la mejora regulatoria y el cumplimiento de los fines esenciales del Estado.

ARTÍCULO SEXTO. La presente resolución deberá ser divulgada a todos los servidores públicos y contratistas mediante los canales institucionales.

institucional, la mejora regulatoria y el cumplimiento de los fines esenciales del Estado.

ARTÍCULO SEXTO. La presente resolución deberá ser divulgada a todos los servidores públicos y contratistas mediante los canales institucionales.

ARTÍCULO SÉPTIMO. La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., el primer (1) día del mes de junio de 2026.

LARRY SADIT ÁLVAREZ MORALES

Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada

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