T6.13 Anexo 3 - Resolución 000044 de 2021m.pdf

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T6.13 Anexo 3 - Resolución 000044 de 2021m.pdf
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—
Año
2021

Anexo T6.13 Especificación técnica. Reporte CRS Formato 2704 – Versión 1

OBJETIVO

Definir el contenido del Formato 2704 Reporte CRS donde se resumen los reportes válidos presentados a través del Formato 2430 CRS por cada Institución Financiera Sujeta a Reportar y en el cual estas indican que posterior a la aplicación de los procedimientos de debida diligencia, no identificaron cuentas reportables a jurisdicciones diferentes a las reportadas.

ESPECIFICACIÓN TECNICA

El Formato 2704 Reporte CRS que debe presentar la Institución Financiera Sujeta a Reportar a través del Sistema MUISCA de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN tiene las siguientes especificaciones:

1. Formato del Archivo

El Formato Reporte CRS, está compuesto por dos elementos complejos: Encabezado y Contenido.

Encabezado Contenido Información 1 Contenido Información 2

2. Formato del Encabezado

El encabezado del reporte contiene los siguientes datos, todos de carácter obligatorio, y generados automáticamente por el sistema de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN.

Denominación Casilla Tipo Longitud Campo Observaciones Año int 4 Formato AAAA Concepto int 1 1 = inicial Código del formato int 4 Reporte CRS = 2704 Número de reporte int 14 Número consecutivo de reporte Número de Identificación Tributaria int 9 Número de Identificación Tributaria de la Institución Financiera Sujeta a Reportar DV int 1 Digito de verificación del Número de Identificación

reporte Número de Identificación Tributaria int 9 Número de Identificación Tributaria de la Institución Financiera Sujeta a Reportar DV int 1 Digito de verificación del Número de Identificación Tributaria de la Institución Financiera Sujeta a Reportar.

2.1. Formato del Contenido

El contenido del reporte contiene los siguientes datos, todos de carácter obligatorio, y generados automáticamente por el sistema de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN de acuerdo con los reportes válidos presentados a través del Formato 2430 CRS por la Institución Financiera Sujeta a Reportar.de 2

Denominación Casilla Tipo Longitud Criterios Código de jurisdicción string 2 Código de la jurisdicción reportable, alfabético de 2 caracteres especificado en el estándar ISO 3166-1 Alpha 2 Jurisdicción de destino string 200 Nombre de la jurisdicción reportable Cantidad de cuentas int 10 Número de cuentas reportadas a la jurisdicción reportable Fecha de presentación tiemstamp Fecha y hora de presentación del formato

La Institución Financiera Sujeta a Reportar debe indicar que cumplió con los procedimientos de debida diligencia establecidos en el Anexo I de la Resolución 00078 de 2020.

Denominación Casilla Tipo Longitud Criterios Certificación de debida diligencia boolean 1 La Institución Financiera Sujeta a Reportar debe certificar que posterior a la aplicación de los procedimientos de debida diligencia, no identificó cuentas reportables a jurisdicciones diferentes

Certificación de debida diligencia boolean 1 La Institución Financiera Sujeta a Reportar debe certificar que posterior a la aplicación de los procedimientos de debida diligencia, no identificó cuentas reportables a jurisdicciones diferentes a las listadas en el formato

3. Validaciones

3.1. Validaciones Generales

3.1.1. Previo a la presentación del Formato 2704 Reporte CRS, la Institución Financiera Sujeta a Reportar debe incluir en su Registro Único Tributario la responsabilidad 54 correspondiente a Intercambio Automático de Información CRS.

3.1.2. La presentación del Formato 2704 Reporte CRS se debe realizar a más tardar el primer día hábil del mes de junio de cada año de acuerdo con la Resolución 000078 de 2020 y posterior a la presentación de los Formatos 2430 correspondientes al año objeto de reporte.

3.2. Validaciones del Cuerpo

3.2.1. La Institución Financiera Sujeta a Reportar debe certificar que posterior a la aplicación de los procedimientos de debida diligencia, no identificó cuentas reportables a jurisdicciones diferentes a las listadas en el formato.

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