T8.6 Anexo 6 Resolución 478 de 2000.pdf

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Título
T8.6 Anexo 6 Resolución 478 de 2000.pdf
Autor
No disponible
Categoría
No disponible
Área del derecho
—
Año
2000

Anexo T8.6 Entrega de paquetes, conformación, requisitos y lugar de presentación Información Pública Por conducto de las oficinas que actúen con el carácter de centralizadora, las Entidades Autorizadas para Recaudar deberán entregar a la División de Recaudación o quien haga sus veces, en las respectivas Administraciones de Impuestos y Aduanas Nacionales, agrupados por tipo de formulario, todos los paquetes que contengan el original de las declaraciones o recibos de pago provenientes de la recepción y recaudo efectuados en un mismo día, por todas las oficinas, sucursales o ag encias asignadas a las centralizadoras conforme a lo previsto en la presente resolución. La entrega se efectuará una vez verificado el correcto diligenciamiento de las planillas de control y efectuados la trascripción y el procesamiento sistematizado de la información en los términos señalados en la Subsección 4 del Capítulo 1 del Título 11 de la Parte 1 de la presente resolución. En todo caso, la entrega se hará dentro del plazo establecido. Mientras la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales no señale otros, los lugares en los cuales debe cumplirse la obligación de entrega de la información son los siguientes:

Cod. Recepción efectuada Entregar los documentos en la jurisdicción de: en la Administración de:

01 Armenia Armenia 02 Barranquilla Barranquilla 03 Santa Fe de Bogotá Especial de Aduanas de Santa Fe de Bogotá 04 Bucaramanga Bucaramanga 05 Cali Cali 06 Cartagena Cartagena 07 Cúcuta Cúcuta 08 Girardot Bogotá Personas Naturales 09 Ibagué Ibagué 04 Bucaramanga Bucaramanga 05 Cali Cali 06 Cartagena Cartagena 07 Cúcuta Cúcuta 08 Girardot Bogotá Personas Naturales 09 Ibagué Ibagué 10 Manizales Manizales 11 Medellín Medellín 12 Montería Montería 13 Neiva Neiva 14 Pasto Pasto 15 Palmira Palmira16 Pereira Pereira 17 Popayán Popayán 18 Quibdó Quibdó 19 Santa Marta Santa Marta 20 Tunja Tunja 21 Tuluá Tuluá 22 Villavicencio Villavicencio 23 Sincelejo Sincelejo 24 Valledupar Valledupar 25 Riohacha Riohacha 26 Sogamoso Sogamoso 27 San Andrés San Andrés 28 Florencia Florencia 29 Barrancabermeja Bucaramanga 30 Santa Fe de Bogotá. Especial de Personas Jurídicas 31 Santa Fe de Bogotá Especial Grandes Contribuyentes 32 Santa Fe de Bogotá Personas Naturales 34 Arauca Cúcuta 35 Buenaventura Cali 36 Cartago Tuluá 37 Ipiales Pasto 38 Leticia Bogotá Personas Naturales 39 Maicao Riohacha 40 Tumaco Pasto 41 Turbo Medellín 42 Puerto Carreño Villavicencio 43 Puerto Inírida Villavicencio44 Yopal Tunja 45 Mitú Villavicencio 46 Puerto Asís Cali 41 Turbo Medellín 42 Puerto Carreño Villavicencio 43 Puerto Inírida Villavicencio44 Yopal Tunja 45 Mitú Villavicencio 46 Puerto Asís Cali Para efectos de recepción de información correspondiente a Impuestos Nacionales. La información correspondiente a Tributos Aduaneros de las Administraciones de Cartago, Ipiales y Tumaco deben ser entregadas en la Administración de Impuestos de Cali. La correspondiente a Leticia, Puerto Carreño, Puerto Inírida y Mitú debe ser entregada en la Administración Especial de Aduanas de Bogotá. La Entidad Autorizada para Recaudar deberá conformar paquetes por tipo de documento, que correspondan a la Administración Especial de Grandes Contribuyentes y remitirlos a la División de Recaudación de dicha Administración.

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