TA BOY - 15001233300020170038100-(24-01-2018)
Tribunal Administrativo de Boyacá
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Detalles
- Título
- TA BOY - 15001233300020170038100-(24-01-2018)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Boyacá
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2018
FONDOS DE CRÉDITO EDUCATIVO A NIVEL DEPARTAMENTAL Y MUNICIPAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR - Las entidades territoriales cuentan con autorización legal para crear fondos educativos que permita el apoyo o ayuda a los estudiantes de bajos ingresos económicos para acceder a la educación superior.
El artículo 67 de la Constitución Política consagra que "corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo". En desarrollo de esos mandatos constitucionales el legislador profirió la Ley 1012 de 2006 "Por medio de la cual se reforman los artículos 111 y 114 de la Ley 30 de 1992, sobre Créditos Departamentales y Municipales para la Educación Superior", autorizando a las entidades territoriales la posibilidad de crear los fondos de crédito educativo a nivel departamental y municipal para la educación superior, fundamentado en los postulados de la descentralización a que alude la Constitución Política de tal manera que las comunidades se auto gobiernen y resuelvan sus propios asuntos. En los artículos 1o y 2o se consagra lo siguiente: (…) Posteriormente el artículo 27 de la Ley 1450 de 2011 introdujo la siguiente modificación: (…) La normatividad antes expuesta, permite concluir que las entidades territoriales cuentan con autorización legal para crear fondos educativos que permita el apoyo o ayuda a los estudiantes de bajos ingresos económicos para acceder a la educación superior.
NOTA DE RELATORÍA: PARA VER EL TEXTO COMPLETO DE LA PROVIDENCIA EN
que las entidades territoriales cuentan con autorización legal para crear fondos educativos que permita el apoyo o ayuda a los estudiantes de bajos ingresos económicos para acceder a la educación superior.