TA BOY - 15759333300220230009201-(07-07-2023)
Tribunal Administrativo de Boyacá
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Detalles
- Título
- TA BOY - 15759333300220230009201-(07-07-2023)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Boyacá
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2023
DERECHO FUNDAMENTAL DE PETICIÓN – Vulneración por parte de la UARIV al no haber respondido el derecho fundamental elevado por la actora. De acuerdo con la situación fáctica planteada, lo decidido en el fallo de primera instancia y la impugnación, corresponde a la Sala determinar si la UARIV se encuentra vulnerando a la actora el derecho fundamental de petición, respecto a la solicitud que asegura haber elevado ante dicha entidad el 17 de abril de 2023. (…). Por las razones expuestas, la Sala revocará la sentencia proferida en primera instancia, y en su lugar se tutelará el derecho fundamental de petición de la accionante, al evidenciar que sí está legitimada en la causa por activa, por ser quien en su oportunidad presentó el derecho de petición ante la UARIV, el 17 de abril de 2023, la que a la fecha de interponerse la tutela de la referencia, no había sido respondida de fondo, configurándose su vulneración ante la falta de respuesta, razón por la que se ordenará que se conteste y se notifique.
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