🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

TA COR - 23-001-23-33-000-2024-00100-00-(20-06-2024)

Tribunal Administrativo de Córdoba

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
TA COR - 23-001-23-33-000-2024-00100-00-(20-06-2024)
Autor
Tribunal Administrativo de Córdoba
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2024

SIGCMA

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CÓRDOBA

DESPACHO 006

Magistrada Ponente: LUZ ELENA PETRO ESPITIA

Montería, veinte (20) de junio del año dos mil veinticuatro (2024)

AUTO ADMITE ACCIÓN CUMPLIMIENTO

Vista la nota secretarial que antecede, procede el Despacho a estudiar el decreto de pruebas presentado dentro del proceso de la referencia, previas las siguientes: CONSIDERACIONES Mediante providencia de fecha 31 de mayo de 2024, se admitió la acción de la referencia, ordenándose por Secretaría la notificación a las partes y al señor Agente del Ministerio Público indicándoles que dentro de la oportunidad para contestar la demanda podían aportar y solicitar pruebas. Revisadas las contestaciones de la presente acción se observa que las entidades accionadas no solicitaron la práctica de pruebas, por lo que el despacho se procede a pronunciar sobre las pruebas pedidas por la parte actora en el escrito de demanda , en ese orden solicita: - Que se requiera al SENA para que allegue a este Despacho la Planta total del SENA, entidad que convocó a concurso de méritos en el año 2017, todos los cargos con la denominación de instructor, código 3010, grado 1, área temática de talento humano, donde informe detalladamente el estado de cada cargo desde el año 20 17, puntualmente si el cargo se encuentra en vacancia, en provisionalidad, en provisionalidad temporal o en carrera administrativa , ubicación, f echa en que se ha dado la vacante y la razón por la que no fue reportado para uso de lista de elegibles.

provisionalidad, en provisionalidad temporal o en carrera administrativa , ubicación, f echa en que se ha dado la vacante y la razón por la que no fue reportado para uso de lista de elegibles. - Que se requiera al SENA para que informe a este despacho respecto de los 190 cargos ofertados en la Convocatoria Nro. 436 de 2017SENA realmente cuantos fueron nombrados y posesionados y cuantos faltaron por posesionar, donde se debe anexar acta de posesión de estos concursantes nombrados. - Que se requiera al SENA para que informe a este despacho que pasó o que va a pasar con los demás ca rgos que no fueron provistos y que ya habían sido autorizados para su nombramiento, ya que la CNSC no expidió listas generales o recompuestas. - Que se requiera a la Comisión Nacional del Servicio Civil para que entregue un informe de cuantos cargos fueron declarados desiertos con la denominación de instructor, código 3010, grado 1, área temática de talento humano. - Que se requiera a la Comisión Nacional del Servicio Civil para que entregue un informe detallado de que cargos a reportado el SENA en el SIMO para uso de

Acción: Cumplimiento Radicación: 23-001-23-33-000-2024-00100-00

Demandante: Elis Yaneth Almanza Lázaro

Demandado: Comisión Nacional del Servicio Civil-CNSC y el Servicio Nacional de Aprendizaje-SENAExpediente No. 23001233300020240010000

lista de elegibles con cargos no ofertados en aplicación a la Ley 1960 de 2019 con la denominación de instructor, código 3010, grado 1, área temática de talento humano.

lista de elegibles con cargos no ofertados en aplicación a la Ley 1960 de 2019 con la denominación de instructor, código 3010, grado 1, área temática de talento humano. - Que se requiera a la Comisión Nacional del Servicio Civil para que informe a este despacho respecto de los 190 cargos ofertados realmente cuantos fueron nombrados y posesionados y cuantos faltaron por posesionar, donde se debe anexar acta de posesión de estos concursantes nombrados. - Que se requiera a la Comisión Nacional del Servicio Civil para que informe a este despacho que pasó o que va a pasar con los demás cargos que no fueron provistos y que ya habían sido autorizados para su nombramiento, ya que la CNSC no expidió listas generales o recompuestas.

Así las cosas, conforme lo establece el articulo 1 0 #6 de la Ley 393 de 1997 la parte demandante puede con la demandante solicitar y aportar las pruebas que pretenda hacer valer , así las cosas, por encontrarse procedentes se decretarán las mismas, ordenando que por Secretaría se requiera al SENA y a la CNSC el material probatorio antes enunciado para efectos de que allegue dentro de los dos (02) días siguientes al requerimiento efectuado. En virtud de lo expuesto, se RESUELVE: PRIMERO: Decrétese las pruebas documentales solicitadas por la parte demandante, en consecuencia, por Secretaría requiérase a las siguientes entidades: Al Servicio Nacional de Aprendizajes -SENA para que allegue a este Despacho los siguientes documentos e información: - Planta total del SENA donde informe detalladamente el estado de cada cargo

consecuencia, por Secretaría requiérase a las siguientes entidades: Al Servicio Nacional de Aprendizajes -SENA para que allegue a este Despacho los siguientes documentos e información: - Planta total del SENA donde informe detalladamente el estado de cada cargo desde el año 2017, puntualmente si el cargo se encuentra en vacancia, en provisionalidad, en provisionalidad temporal o en carrera administ rativa, ubicación, fecha en que se ha dado la vacante y la razón por la que no fue reportado para uso de lista de elegibles. - Informe respecto de los 190 cargos ofertados en la Convocatoria Nro. 436 de 2017SENA indicando cuantos fueron nombrados y posesio nados y cuantos faltaron por posesionar, anexando acta de posesión de estos concursantes nombrados. - Informe respecto de lo que ocurre con los demás cargos que no fueron provistos y que ya habían sido autorizados para su nombramiento, ya que la CNSC no expidió listas generales o recompuestas.

A la Comisión Nacional del Servicio Civil , para que emita informe donde relacione: - Cuantos cargos fueron declarados desiertos con la denominación de instructor, código 3010, grado 1, área temática de talento humano. - Que cargos fueron reportado el SENA en el SIMO para uso de lista de elegibles con cargos no ofertados en aplicación a la Ley 1960 de 2019 con la denominación de instructor , código 3010, grado 1, área temática de talento humano. - De los 190 cargos ofertados en la Convocatoria Nro. 436 de 2017SENA cuantos fueron nombrados y posesionados y cuantos faltaron por posesionar, anexando

humano. - De los 190 cargos ofertados en la Convocatoria Nro. 436 de 2017SENA cuantos fueron nombrados y posesionados y cuantos faltaron por posesionar, anexando acta de posesión de estos concursantes nombrados.Expediente No. 23001233300020240010000

  • Lo que aconteció con los demás cargos que no fueron provistos y que ya habían sido autorizados para su nombramiento, ya que la CNSC no expidió listas generales o recompuestas.

Para allegar el material probatorio antes decretado se les otorga a las entidades requeridas el término de (02) días contados a partir de la comunicación de este requerimiento.

SEGUNDO: Notifíquese el presente auto por estado a las partes , al señor Agente del Ministerio Público y al señor Defensor del Pueblo Regional de Córdoba o a su delegado, conforme lo establece el articulo 14 de la Ley 393 de 1997.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

(firmado electrónicamente)

LUZ ELENA PETRO ESPITIA

Magistrada

Constancia: La presente providencia fue firmada electrónicamente por la Magistrada del Despacho 006 del Tribunal Administrativo de Córdoba a través de la plataforma SAMAI.

En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA. Puede validar la autenticidad del documento ingresando al siguiente link: https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/documentos/evalidador.aspx

Consultar sobre este documento ...