TA COR - 23001-23-33-000-2014-00416-00-(18-10-2024)
Tribunal Administrativo de Córdoba
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Detalles
- Título
- TA COR - 23001-23-33-000-2014-00416-00-(18-10-2024)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Córdoba
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2024
1
SIGCMA
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CORDOBA
SALA TERCERA DE DECISIÓN
Magistrada Ponente: Diva María Cabrales Solano
Montería, dieciocho (18) de octubre del año dos mil veinticuatro (2024)
Medio de Control: Nulidad y Restablecimiento del Derecho Radicación: 23-001-23-33-000-2014-00416-00
Demandante: Leidys Sevilla Sierra
Demandado: ESE Hospital San Francisco de Ciénaga de Oro
AUTO APRUEBA LIQUIDACION DE COSTAS
Vista la nota de Secretaría que antecede y las actuaciones registradas en el expediente digital en el Sistema para la Gestión Judicial SAMAI, corresponde al Desp acho pronunciarse sobre la aprobación de la liquidación de las costas en e l proceso de la referencia1; ello, conforme a lo reglado en el numeral primero del artículo 366 del Código General del Proceso, así las cosas, una vez revisada la liquidación en comento la encuentra el Despacho ajustada a la Ley y a los parámetros dados en la sentencia emitida por esta Corporación el día 2 de agosto de dos mil dieciocho (2018) y la sentencia de segunda instancia de fecha 21 de abril de dos mil veintidós (2022) proferida por la Sección Segunda Subsección A de la Sala de lo contencioso Administrativo del Consejo de Estado. Por tanto, se
RESUELVE:
APROBAR la liquidació n de costas en la suma de UN MILLON DIECINUEVE MIL DOCIENTOS NUEVE PESOS M/CTE ($1.019.209.oo), según se consideró. Ejecutoriada esta providencia archívese el expediente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
DOCIENTOS NUEVE PESOS M/CTE ($1.019.209.oo), según se consideró. Ejecutoriada esta providencia archívese el expediente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
(firmado electrónicamente)
DIVA CABRALES SOLANO
Magistrada
La presente providencia fue firmada electrónicamente por la Magistrada Ponente del Despacho 03 del Tribunal Administrativo de Córdoba en la sede electrónica del sistema para la gestión judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA . Puede validar la autenticidad del documento ingresando en el siguiente link: https://samairj.consejodeestado.gov.co/Vistas/documentos/evalidador.aspx
1 Visible en anotación registrada el 7 de junio de 2023 en el sistema para la Gestión Judicial SAMAI