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TA COR - 23001-23-33-000-2022-00168-00-(10-07-2024)

Tribunal Administrativo de Córdoba

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Detalles

Título
TA COR - 23001-23-33-000-2022-00168-00-(10-07-2024)
Autor
Tribunal Administrativo de Córdoba
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2024

SIGCMA

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CÓRDOBA

SALA CUARTA DE DECISIÓN

Magistrada Ponente: Dra. María Bernarda Martínez Cruz

Montería, diez (10) de julio de dos mil veinticuatro (2024)

AUTO REQUIERE Clase de Proceso INCIDENTE DE DESACATO – ACCIÓN POPULAR Radicación 23.001.33.33.000.2022.00168.00 Demandante (s) Aylin Yanith Ariz Hernández y otros Demandado (s) Instituto Nacional de Vías – INVIAS – Agencia Nacional de Infraestructura – ANI – Municipio de Montería – Secretaría de Tránsito Municipal y otro

La parte accionante dentro del presente proceso presenta memorial por medio del cual solicita se de apertura a incidente de desacato por incumplimiento a la orden dada en auto de fecha 30 de mayo de 2023 . Dicha solicitud la fundamenta en que a la fecha no se han realizado las reparaciones correspondientes, ausencia de agentes de tránsito en el sector y mal estado de los reductores de velocidad.

Siendo procedente la solicitud, y previo a resolver sobre la admisión del mismo, se estima necesario requerir a l Municipio de Montería y a Autopistas de la Sabana SAS, a fin de que informen las razones por las cuales no se ha dado cumplimiento al auto de fecha 30 de mayo de 2023, y en caso de no ser los funcionarios encargados de cumplir la orden judicial, deberán indicar a quien le corresponde tal cumplimiento.

Así mismo, revisado el expediente electrónico se observa que se han recibido informes por parte de Autopistas de la Sabana SAS en fecha 8 de junio de 2023 1 y del Municipio de Montería en

a quien le corresponde tal cumplimiento.

Así mismo, revisado el expediente electrónico se observa que se han recibido informes por parte de Autopistas de la Sabana SAS en fecha 8 de junio de 2023 1 y del Municipio de Montería en fecha 17 de agosto de 2023 y 13 de septiembre de 20232, informes que conforme lo ordenado en auto de fecha 30 de mayo de 2023 deben ser presentados de manera bimensual.

D I S P O N E:

PRIMERO: Requiérase a los Representantes Legales del Municipio de Montería y Autopistas de la Sabana SAS, para que en el término perentorio de tres (3) días, informen las razones por las cuales no se ha dado cumplimiento al auto de fecha 30 de mayo de 2023 . En caso contrario, aportar las pruebas que demuestren el cumplimiento a la orden judicial. Así mismo, de no ser el funcionario encargado de cumplir la orden judicial , deberán indicar a quien le corresponde tal cumplimiento.

SEGUNDO: Vencido el término dispuesto en numeral anterior, pasar inmediatamente el expediente al Despacho.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

(Firmado electrónicamente)

MARÍA BERNARDA MARTINEZ CRUZ

Magistrada

1 C02MedidaCautelar-Archivo PDF 17-Expediente electrónico 2 C02MedidaCautelar-Archivo PDF 18 y 19-Expediente ElectrónicoCONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente por la Magistrada del Despacho 04 del Tribunal Administrativo de Córdoba en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad

del Tribunal Administrativo de Córdoba en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA. Puede validar la autenticidad del documento ingresando en el siguiente link: https://samairj.consejodeestado.gov.co/Vistas/documentos/evalidador.aspx

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