TA CUN - 25000-23-41-000-2024-00707-00-(03-05-2024)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - 25000-23-41-000-2024-00707-00-(03-05-2024)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2024
REPÚBLICA DE COLOMBIA
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCION PRIMERA
SUBSECCION B
Bogotá DC, tres (3) de mayo de dos mil veinticuatro (2024)
Magistrado Ponente: CÉSAR GIOVANNI CHAPARRO RINCÓN Radicación: 25000-23-41-000-2024-00707-00
Solicitante: UNIÓN NACIONAL SINDICAL DE
EMPLEADOS DE MIGRACIÓN COLOMBIA
Requerido: MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES
Medio de Control: RECURSO DE INSISTENCIA
Asunto: SOLICITUD DE INFORMACIÓN EN EL
MARCO DE PROCESO DE NEGOCIACIÓN
COLECTIVA SINGULAR 2024
La Sala decide el recurso de insistencia remitido por la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores al correo elec trónico de la secretaría de la Sección Primera de esta corporación, con ocasión de la petición elevada por el repr esentante legal de la Unión Nacional Sindical de Empleados de Migración Colombia y el Ministerio de Relaciones Exteriores (UNASEMIGC-MRE).
ANTECEDENTES
1. – El contenido específico de la solicitud
- La parte demandante pidió al Ministerio de Relaciones Exteriores lo siguiente:
“1. En primer lugar, previendo conocer algunos aspectos sobre el estado actual de las finanzas del Ministerio, se requiere informe ejecutivo en el cual se haga claridad sobre el estado actual del presupuesto para la vigencia 2024, así como conocer el Plan Anual de Adquisiciones y la distribución del presupuesto por los conceptos de funcionamiento e inversión, determinando las cifras con
claridad sobre el estado actual del presupuesto para la vigencia 2024, así como conocer el Plan Anual de Adquisiciones y la distribución del presupuesto por los conceptos de funcionamiento e inversión, determinando las cifras con separación de los recursos en el plan o programa de bienestar, capacitaciones, y demás conceptos mediante los cuales se ejecutarán en la presente vigencia los recursos económicos con los que cuenta la Cancillería colombiana para el cumplimiento de todas las metas y retos del nuevo Gobierno Nacional.
2. En relación con el Consejo Directivo de Mi gración Colombia, suministrar descripción de la totalidad de las sesiones o reuniones que se adelantaron durante la vigencia 2023, con fecha e integrantes y las que se han llevado a cabo en la vigencia 2024, así como aportar copia del reglamento interno ac tual del señalado Consejo Directivo en el que se estableció su periodicidad y naturaleza de sus sesiones. (Decreto 4062/2011 y demás normas que reglamenten la materia).Radicación: 25000-23-41-000-2024-00707-00
Actor: Unión Nacional Sindical de Empleados de Migración Colombia Recurso de insistencia
2
3. Respecto al rol operativo de atención a colombianos en el exterior, describir el e mpleo técnico, profesional y/o consular creado al interior del MRE para satisfacer requerimientos en las representaciones de Colombia en Embajadas y Consulados para brindar información adecuada, oportuna y veraz sobre los procesos y procedimientos de la au toridad migratoria colombiana, destacando los temas de Niños, Niñas y Adolescentes, derechos y obligaciones para quienes ostentan la doble nacionalidad, entre otros aspectos que generalmente derivan
procesos y procedimientos de la au toridad migratoria colombiana, destacando los temas de Niños, Niñas y Adolescentes, derechos y obligaciones para quienes ostentan la doble nacionalidad, entre otros aspectos que generalmente derivan en sanciones, perdidas de vuelos y grandes molestias para nuestros connacionales cuando arriban al país y/o pretenden retornar al exterior sin el lleno de los requisitos legales.
4. De otra parte, respecto de la materialización del diálogo social efectivo y asertivo al interior del Ministerio de Relaciones Exte riores, enunciar los espacios, momentos, periodicidad de los mismos y demás herramientas implementadas al interior del MRE para la escucha activa a las y los trabajadores de Cancillería, lo anterior, previendo que la política de diálogo es una de las bande ras del nuevo Gobierno Nacional de nuestro presidente Gustavo Petro y el principal instrumento para reducir la conflictividad laboral.
5. Suministrar un informe ejecutivo sobre los avances, reuniones y gestión que se han ejecutado desde el Ministerio de Relaciones Exteriores con miras a reglamentar los aspectos inherentes a la nueva Política Integral Migratoria contenida en la Ley 2136 de 2021; en caso de no encontrarse avances sobre la materia, solicitamos presentar en forma escrita una propuesta para la integración de una mesa de trabajo integrada por delegados del Ministerio, la UAEMC, y generar un espacio para la representación de los trabajadores de Migración Colombia a través de la Unión Nacional Sindical, en especial en lo referente al fortalecimien to de los grupos de policía judicial de Migración Colombia a la luz de los preceptos de las competencias en la protección de los derechos de los migrantes y la contención de los punibles de tráfico de
referente al fortalecimien to de los grupos de policía judicial de Migración Colombia a la luz de los preceptos de las competencias en la protección de los derechos de los migrantes y la contención de los punibles de tráfico de migrantes, trata de personas y demás punibles transnacionales.
6. Certificar convenios, alianzas o el desarrollo de jornadas regionales adelantadas en el país en el marco de la expedición de pasaportes para empleados de diferentes entidades o sector privado, previendo la complejidad que actualmente representa adelantar este trámite tanto en el orden territorial como en Bogotá; igualmente, proporcionar información sobre el modelo contractual de la persona jurídica que en nuestro país tiene a su cargo la expedición del pasaporte colombiano.
7. Igualmente, solic itamos suministrar una caracterización por estadísticas sobre el número de mujeres y hombres que laboran en el MRE, discriminando edad, personas de especial protección, prepensionados, discapacitados, mujeres u hombres cabeza de hogar, casados y casadas, n úmero de hijos y si alguno de estos hijos o hijas tiene alguna situación de discapacidad, entre otros aspectos que permitan establecer grupos diferenciales.
8. Teniendo en cuenta la anterior petición, aportar informe estadístico de toda la planta de perso nal de la entidad, discriminando número de las y los trabajadores que laboran en Colombia en las diferentes sedes o puestos de trabajo dentro y fuera del país, determinando numéricamente la ubicación de
los empleos y al régimen que pertenecen de carrera ad ministrativa, consular, relación contractual, prestación de servicios o cualquier otro vínculo laboral o civil.
9. Aportar en archivo digital(formato Excel)listado actualizado al 29 de febrero
los empleos y al régimen que pertenecen de carrera ad ministrativa, consular, relación contractual, prestación de servicios o cualquier otro vínculo laboral o civil.
9. Aportar en archivo digital(formato Excel)listado actualizado al 29 de febrero de 2024, con el listado discriminado de la distribución de la planta interna y externa de la planta global de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores,
en el que se especifiquen los empleos de: Carrera Administrativa, Carrera Diplomática y Consular, libre nombramiento y remoción, provisionales, contratistas, prestación de servicios o cualquier otro vínculo laboral, relación contractual o civil, en especial el personal contratista que integra actualmente el Ministerio de Relaciones Exteriores, donde se describan nombres y apellidos completos, cargos, grado, núm ero de cédula de ciudadanía, ubicaciónRadicación: 25000-23-41-000-2024-00707-00
Actor: Unión Nacional Sindical de Empleados de Migración Colombia Recurso de insistencia
3 geográfica, salario, grupo interno de trabajo, y la dependencia, dirección o viceministerio al que pertenecen.
10. Conforme a la anterior solicitud, aportar copia de los informes presentados por los contratistas, res altando información sobre el supervisor del contrato y las funciones para las cuales fueron vinculados a la entidad mediante la figura de prestación de servicios o tercerización por termino fijo, más aún cuando la política de formalización del empleo del G OBIERNO DEL CAMBIO ha puntualizado el tema del desarrollo de las funciones permanentes, así como las normas que reglan la materia han definido cuando opera los elementos de existencia del contrato de trabajo o contrato realidad.
política de formalización del empleo del G OBIERNO DEL CAMBIO ha puntualizado el tema del desarrollo de las funciones permanentes, así como las normas que reglan la materia han definido cuando opera los elementos de existencia del contrato de trabajo o contrato realidad.
11. Aportar certificación por parte de la Subdirección de Talento Humano o la oficina que corresponda con el Resumen Estructural de la Planta de Personal
de la entidad, discriminando la relación de empleos en carrera administrativa que se encuentran ocupados, vacantes provisionales definitivas ocupadas y libres, así como vacantes en vacancia temporal ocupadas y disponibles, señalando el número de total de empleos con su nomenclatura.
12. Aportar certificación por parte de la Subdirección de Talento Humano o la oficina que correspon da con el Resumen Estructural de la Planta global de
Personal, discriminando la relación de empleos en Carrera Administrativa que se encuentran ocupados, vacantes definitivas ocupadas y pendientes por proveer, así como las de vacancia temporal ocupadas y p endientes por proveer, señalando el número de total de empleos con su nomenclatura que fueron ofertados en la OPEC de la convocatoria de méritos que adelantó el Ministerio de Relaciones Exteriores el año 2020, cuantos cargos han provistos del Proceso de Selección No. 1418 anexando evidencias y un listado de las ubicaciones por cargo en los diferentes grupos internos de trabajo actuales, cuantas personas no aceptaron el nombramiento y cuantas personas renunciaron después de haber sido nombrados en periodo de prueba y cuantas personas han renunciado después de haber sido nombrados en firme, cuántos de estos cargos están pendientes de proveer de la lista de elegibles del Proceso de Selección No. 1418
sido nombrados en periodo de prueba y cuantas personas han renunciado después de haber sido nombrados en firme, cuántos de estos cargos están pendientes de proveer de la lista de elegibles del Proceso de Selección No. 1418 de 2020 – MRE, con fundamento en la ley 1960 del 27 de junio de 2019 y demás normas aplicables. Igualmente indicar la estrategia de lo que resta de 2024 para cumplir con las vinculaciones que faltan de las personas que pasaron el concurso Nación 3 y están pendientes de posesionarse, aportar las evidencias de los trá mites ante la Comisión Nacional del Servicio Civil para agilizar dicho trámite.
13. Aportar certificación por parte de la Subdirección de Talento Humano o la oficina que corresponda con el listado con nombres y apellidos completos, cargos, grado, número de cédula de ciudadanía, ubicación geográfica, y puesto de trabajo o dependencia donde laboran actualmente las y los empleados que ya tienen requisitos para el derecho de pensión y aún siguen laborando.
14. Aportar informe de la Subdirección de Talento H umano, especificando la
relación con las denominaciones de los empleos de Carrera Administrativa, libre nombramiento y remoción, provisionalidad, contratistas, y prestación de servicios o cualquier otro vínculo laboral, relación contractual o civil, el gru po de trabajo al que pertenecen, nomenclatura del empleo, salarios, profesiones, perfiles, y si cumplen los requisitos para ejercer el cargo o las funciones asignadas, especificando la vinculación legal y reglamentaria que tienen en la entidad.
15. Aportar certificación por parte de la Subdirección de Talento Humano o la
perfiles, y si cumplen los requisitos para ejercer el cargo o las funciones asignadas, especificando la vinculación legal y reglamentaria que tienen en la entidad.
15. Aportar certificación por parte de la Subdirección de Talento Humano o la
oficina que corresponda el total de empleados de carrera administrativa que se encuentran como auxiliares de misión en planta externa desde el año 2020 a la fecha y si en el año 2024 se re alizarán convocatorias públicas para que los empleados de carrera administrativa se puedan presentar para ser auxiliares de misión. Teniendo en cuenta el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, el derecho al mérito preferente, y la vinculación durante el año 2022 y 2023 al Ministerio de Relaciones Exteriores mediante el Proceso de Selección No. 1418 de 2020 - Nación 3.Radicación: 25000-23-41-000-2024-00707-00
Actor: Unión Nacional Sindical de Empleados de Migración Colombia Recurso de insistencia
4
16. Aportar informe del estudio de levantamiento de cargas vigente de la Subdirección de Ta lento Humano, especificando la relación con las denominaciones de los empleos junto con el grupo de trabajo a que pertenecen, nomenclatura del empleo, salarios, perfiles, y suministrar cuáles fueron las recomendaciones que se generaron al respecto.
17. Proporcionar copia de todos los estudios existentes de ampliación de planta en el Ministerio de Relaciones Exteriores y especialmente el estudio realizado en la vigencia de la ex -Canciller Martha Lucia Ramírez y suministrar qué nivel de cumplimiento de los mismos se han ejecutado.
en el Ministerio de Relaciones Exteriores y especialmente el estudio realizado en la vigencia de la ex -Canciller Martha Lucia Ramírez y suministrar qué nivel de cumplimiento de los mismos se han ejecutado.
18. Proporcionar informe de las actividades realizadas del programa de bienestar durante la vigencia 2023. Así mismo, se informe y certifique como los servidores públicos de la entidad se benefician de actividades como el día de la familia, el día de los niños, capacitaciones, encargos, teletrabajo, apoyos educativos, fiesta de fin de Halloween y fin de año, etc., allegando las planillas y/o constancias mediante las cuales se pruebe la información aportada por la entidad.
19. Suministrar los soportes del proceso de selección de la contratación de los proveedores para las dotaciones de los funcionarios de la Cancillería de los diferentes tipos de contratación en qué forma, y especificaciones, de calidad, material, fueron realizados.
20. Solicito certificar la estadística numérica de las quejas y/o denuncias que por acoso laboral han sido tramitadas al interior de la entidad. En esta solicitud, es necesario que se discrimine la información por cada puesto de trabajo, embajada, consulado, áreas de trabajo, etcétera.
21. Entregar certificación con soportes en la que conste la inducción sobre el derecho de sindicación o la capacitación en Negociación Colectiva que han recibido los empleados del Ministerio de Relaciones Exteriores que han sido vinculados a la entidad durante la vigencia 2023 y lo que va corrido de 2024.
22. Allegar certificación de la oficina competente respecto del recaudo económico que la entidad realizó durante la vigencia 2023 con fundamento en
vinculados a la entidad durante la vigencia 2023 y lo que va corrido de 2024.
22. Allegar certificación de la oficina competente respecto del recaudo económico que la entidad realizó durante la vigencia 2023 con fundamento en la ley 961 de 2005 y de más normas aplicables, por concepto de tasas o cobros por la prestación de los servicios: certificados sobre los antecedentes judiciales de nacionales o extranjeros residentes en el país, cédulas de extranjería, prórroga de permanencia en el territorio nac ional de los extranjeros, salvoconductos de permanencia y salida del país, el registro de extranjeros y movimientos migratorios de nacionales y extranjeros.
23. Allegar certificación de la oficina competente respecto del recaudo económico que el Ministeri o realizó durante la vigencia 2023 con fundamento en el Decreto 1067 de 2015, la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de La Haya de 1961, la Ley 1212 de 2008 (Artículo 7) cobro de prestación de se rvicios del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores Apostilla y Legalización, la Resolución 6888 del 26 de noviembre de 2021 y demás normas aplicables, por concepto de: tasas o cobros por la prestación de los servicios de expedición de pasaportes, Apostillas y Legalizaciones y Visas, entre otros.
24. Aportar en archivo digital (formato Excel) listado actualizado al 29 de febrero de 2024, con el listado discriminado y la distribución del personal de empleados que ejercen la actividad de cond uctores en el Ministerio de
24. Aportar en archivo digital (formato Excel) listado actualizado al 29 de febrero de 2024, con el listado discriminado y la distribución del personal de empleados que ejercen la actividad de cond uctores en el Ministerio de Relaciones Exteriores, donde se describa el tipo de contratación, los cargos, grado, salario, ubicación del grupo interno en el que laboran actualmente, su ubicación geográfica, y el número de total de empleos con su nomenclatura.
25. Suministrar la relación de las convocatorias realizadas al interior del Ministerio para socializar a los servidores públicos de la entidad su acceso a encargos conforme lo dispuesto en las normas que reglamentan la materia,Radicación: 25000-23-41-000-2024-00707-00
Actor: Unión Nacional Sindical de Empleados de Migración Colombia Recurso de insistencia
5 aportando para el efecto de evidencias de dichas convocatorias realizadas desde la Dirección de Talento Humano; así como indicar el procedimiento en el que actualmente los servidores públicos del MRE forma pueden obtener información respecto a su derecho de encargos para los empl eos de asesores para los profesionales universitarios de carrera y demás empleos con los cuales podrían mejorar sus condicionales salariales y perfiles laborales.
26. Justificar normativamente la existencia de la brecha salarial entre los
empleados asesor es, los secretarios de la carrera diplomática y los profesionales universitarios de carrera que fueron vinculados por mérito.
27. Aportar la relación en listado y en forma específica de las personas en la
actualidad ostentan cargos de carrera diplomática, pero fueron vinculados en provisionalidad o libre nombramiento y remoción y si cumplen los requisitos.” 1
27. Aportar la relación en listado y en forma específica de las personas en la
actualidad ostentan cargos de carrera diplomática, pero fueron vinculados en provisionalidad o libre nombramiento y remoción y si cumplen los requisitos.” 1 (negrilla y subraya del texto).
- Mediante el oficio N.° S -DITH-24-006715 del 14 de marzo de 2024, el Ministerio de Relaciones Exteriores respondió en los siguientes términos:
“Inicialmente, es menester indicarle que la Ley 1755 de 2015, por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Adminis trativo, se refiere al carácter reservado de los documentos, así:
“Artículo 24. Informaciones y documentos reservados. Solo tendrán carácter reservado las inform aciones y documentos expresamente sometidos a reserva por la Constitución Política o la ley, y en especial:
(…)
3. Los que involucren derechos a la privacidad e intimidad de las personas, incluidas en las hojas de vida, la historia laboral y los expedientes pensionales y demás registros de personal que obren en los archivos de las instituciones públicas o privadas, así como la historia clínica.
(…)
PARÁGRAFO. <Parágrafo CONDICIONALMENTE exequible> Para efecto de la solicitud de información de carácter reservado, enunciada en los numerales 3, 5, 6 y 7 solo podrá ser solicitada por el titular de la información, por sus apoderados o por personas autorizadas con facultad expresa para acceder a esa información”.
De otra parte, es pertinente dar aplicación a las disposiciones legales
3, 5, 6 y 7 solo podrá ser solicitada por el titular de la información, por sus apoderados o por personas autorizadas con facultad expresa para acceder a esa información”.
De otra parte, es pertinente dar aplicación a las disposiciones legales contenidas en la Ley 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales, que define como datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación , tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertinencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cua lquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos”. Respecto a la protección de las bases de datos, serán aplicables los pr incipios instituidos en la citada ley para los documentos sujetos a reserva legal incluidos en las hojas de vida, para lo cual debe tener en cuenta el principio de libertad desarrollado en el Artículo 4 de la Ley 1581 ibidem, que establece:
“Artículo 4°. Principios para el Tratamiento de datos personales.
1 Archivo No. 04 del expediente digital.Radicación: 25000-23-41-000-2024-00707-00
Actor: Unión Nacional Sindical de Empleados de Migración Colombia Recurso de insistencia
6 En el desarrollo, interpretación y aplicación de la presente ley, se aplicarán, de manera armónica e integral, los siguientes principios:
(…)
Actor: Unión Nacional Sindical de Empleados de Migración Colombia Recurso de insistencia
6 En el desarrollo, interpretación y aplicación de la presente ley, se aplicarán, de manera armónica e integral, los siguientes principios:
(…)
c) Principio de libertad: El Tratamiento sólo puede ejercer se con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento (…)”.
En este orden, este Ministerio se abstendrá de brindar la información que tenga carácter reservado de la historia laboral de los servidores públicos e involucra derechos a la privacidad e intimidad de las personas, como son el número de identificación, edad, núcleo familiar, discapa cidad, la situación pensional particular de cada funcionario, entre otros.
Aclarado lo anterior, en atención a su derecho de petición del 26 de febrero de 2024, a continuación, se da respuesta en los siguientes términos:
1. Respuesta De manera atenta s e remitan los siguientes anexos allegados por
la Dirección Administrativa y Financiera:
INFORME DE EJECUCIÓN a 28-02-2024 FRMRE Informe de Ejecución MRE a 28 de febrero de 2024. INFORME EJECUTIVO – PRESUPUESTO FRMRE A 28 de febrero de 2024. INFORME EJECU TIVO – PRESUPUESTO MRE A 28 de febrero de 2024. Plan Anual de Adquisiciones Fondo Rotario del MRE 2024. Plan Anual de Adquisiciones Ministerio de Relaciones Exteriores 2024.
2024. Plan Anual de Adquisiciones Fondo Rotario del MRE 2024. Plan Anual de Adquisiciones Ministerio de Relaciones Exteriores 2024.
Así mismo, se relacionan las últimas publicaciones realizadas en la página web de la Cancillería del PAA y el enlace de consulta, para su información y fines pertinentes.
FR: https://www.cancilleraria.gov.co./ministry/finances/rotatingfund/procurement/plan-anual-adquisiciones-2024-FMRE.
MRE: https://www.cancilleraria.gov.co./ministry/finances/foreign/procurement/plananual-adquisiciones-2024-ministerio-relaciones-exteriores.
Ahora bien, es importarte informar que este Ministerio no cuenta con rubros presupuestales para el desarrollo del Plan de Bienestar.
Finalmente, para el desarrollo del Plan Institucional de Capacitación en la vigencia 2024, se tiene un proyecto de inversión por valor de $731.065.528”.
2. Respuesta: Se remite copia en medio magnético del oficio radicado No. 20246110016823 del 6 de marzo de 2024 allegado desde la Unidad
Administrativa Especial Migración Colombia
3. Es importante mencionar que la Resolución 10704 del 21 de diciembre de 2018 “Por la cual se adoptan los Programas de Inducción y Reinducción del Ministerio de Relacione s Exteriores y se deroga la Resolución 922 de 2016”, establece las inducciones que deben recibir los servidores públicos que desempeñarán sus funciones en las Embajadas y Consulados de Colombia en el Exterior, para el caso en concreto el artículo 8 de la r esolución en cita, señala
establece las inducciones que deben recibir los servidores públicos que desempeñarán sus funciones en las Embajadas y Consulados de Colombia en el Exterior, para el caso en concreto el artículo 8 de la r esolución en cita, señala que los siguientes cargos deben recibir la inducción referente a los temas No. 8 (Nacionalidad) y No. 24 (Unidad Administrativa Especial Migración Colombia)
CARGOS DE CATEGORÍA DIPLOMÁTICARadicación: 25000-23-41-000-2024-00707-00
Actor: Unión Nacional Sindical de Empleados de Migración Colombia Recurso de insistencia
7 (Tercer Secretario hasta Ministro Plenipotenciario)
AUXILIAR DE MISIÓN DIPLOMÁTICA
4. Respuesta
En el marco de las funciones de la Dirección de Talento Humano, es importante resaltar que tanto el (la) Director(a) de Talento Humano y los Coordinadores (as) de los Grupos Internos de Trabajo siempre están prestos a escuchar a los servidores públicos de este Ministerio, para lo cual se brindan los espacios de reunión con los funcionarios, así como de las organizaciones sindicales.
(…)
5. Respuesta
De acuerdo con la información allegada por la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, debe tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 19 de la Ley 1755 de 2015, en ese sentido, se reitera la respuesta brindada a través del oficio S -DITH-23-006780 del 23 de marzo de 2023, en relación con el numeral 5) del mismo derecho de petición, presentado por la UNASEMIGC el 3 de marzo de 2023.
(…)
respuesta brindada a través del oficio S -DITH-23-006780 del 23 de marzo de 2023, en relación con el numeral 5) del mismo derecho de petición, presentado por la UNASEMIGC el 3 de marzo de 2023.
(…)
6. Respuesta
Nuevamente y de acuerdo con la información allegada por la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servici o al Ciudadano, al tenor de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 1755 de 2015, se reitera la respuesta brindada a través del oficio S-DITH-23-006780 del 23 de marzo de 2023, que respondió la misma presunta hecha en el numeral 6) del derecho de petición presentado por la UNASEMIGC el 3 de marzo de 2023 (adjunto lo anunciado). No obstante, informamos, que el Ministerio de Relaciones Exteriores ha suscrito 28 convenios interadministrativos con las gobernaciones para la atención y prestación del servicio de pasaporte en los departamentos de Colombia.
(…)
7. Respuesta De acuerdo con lo anteriormente indicado, este Ministerio se limitará a brindar la información relativa al número de mujeres y hombres que laboran en la Entidad con corte al 29 de febrero d e 2024; la demás información es de carácter reservado de la historia laboral de los servidores públicos e involucra derechos a la privacidad e intimidad de las personas, como son el número de identificación, edad, núcleo familiar, discapacidad, la situació n pensional particular de cada funcionario, entre otros.
Aclarado lo anterior, consultado el sistema de novedades de personal se evidencia la siguiente información sobre el número de servidores públicos
identificación, edad, núcleo familiar, discapacidad, la situació n pensional particular de cada funcionario, entre otros.
Aclarado lo anterior, consultado el sistema de novedades de personal se evidencia la siguiente información sobre el número de servidores públicos (mujeres y hombres) que laboran en Cancillería:
GENERO NÚMERO DE
FUNCIONARIOS
MUJERES 757
HOMBRES 738
TOTAL
FUNCIONARIOS
1497
8. Respuesta
En archivos PDF se allega información requerida respecto de los servidores públicos, contratistas y contratos laborales locales”.Radicación: 25000-23-41-000-2024-00707-00
Actor: Unión Nacional Sindical de Empleados de Migración Colombia Recurso de insistencia
8 “En lo que respecta a los p untos 9, 14 y 27, en archivos PDF se allega la información requerida sobre los servidores público, contratistas y contratos laborales locales.
Ahora bien, es de indicar que los salarios son liquidados según Decreto 301 del 5 de marzo de 2024, “Por el cua l se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la Rama Ejecutiva, Corporaciones Autónoma Regionales y de Desarrollo sostenible, y se dictan otras disposiciones” en planta interna del Ministerio y por el Decreto 2348 del 20 de noviembre de 2014 “Por el cual se dictan normas sobre el Régimen Salarial y Prestacional de los servidores públicos diplomáticos, consulares y administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones” en plata externa del Ministerio, con sus diferentes ajustes a la
Salarial y Prestacional de los servidores públicos diplomáticos, consulares y administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones” en plata externa del Ministerio, con sus diferentes ajustes a la prima especial en el Artículo 19 de los Decretos 304 de 2020, 961 de 2021, 473 de 2022, 905 de 2026 y 301 de 2024.
De otra parte, se informa que el Ministerio tiene vigentes 100 contrato laborales locales de conformidad con la Convención de Viena de 1961 de 1963 con personas nacionales o residentes permanentes del Estado receptor que, por necesidades del servicio son contratados, para desempeñar labores de apoyo administrativas y técnicas en el exte rior. Los pagos que se derivan de dichos contratos se realizan de acuerdo con lo establecido en la normatividad laboral del país receptor.
Respuesta. En lo que respecta a lo
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.