TA CUN - 00-1005-(17-05-2001)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 00-1005-(17-05-2001)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2001
ION DE NULIDAD Procedencia/ NOTIFICACION PERSONAL Forma / & de realizarla - -'
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCION CUARTA
"SUBSECCION "B"
Bogotá, D. C. Mayo diez y siete (17) del año dos mil uno. (2.001)
MAGISTRADO PONENTE: DR. NELSON ZULUÁGÁ IREZ—'
REF.- EXPEDIENTE No. 00-1005
ASUNTO: JURISDICCION COACTIVA DISTRITÁL
DEMANDANTE. DIRECCION DISTRITÁL DE TESORE
DE EJECUCIONES FISCALES Cl CELSO ALFONSO COBOS.
SENTENCIA. (EXCEPCIONES) Se decide el incidente de excepciones promovido en el presente proceso de Jurisdicción Coactiva. ANTECEDENTES El Subdirector de Atención al Medio Ambiente de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D. C., profiere la Resolución No. 0639/93, sancionando con multa de $51.623.00 al Señor CELSO ALFONSO COBOS, por infringir el artículo 27 del decreto 2437/83. Teniendo en cuenta que no se acreditó el pago de la suma adeudada, el Juzgado Unico Distrital de Ejecuciones Fiscales, libra mandamiento de pago contra CELSO ALFONSO COBOS y a favor del Distrito CapitalSecretaria Distrital de Salud por la suma de $51.623.00, más las costas del proceso (fol.5). Posteriormente se cita al ejecutado mediante aviso publicado en la prensa, como se puede observar afolio 70 del expedienteEXPEDIENTE No. 00-1005 2
del proceso (fol.5). Posteriormente se cita al ejecutado mediante aviso publicado en la prensa, como se puede observar afolio 70 del expedienteEXPEDIENTE No. 00-1005 2 No siendo posible la notificación personal del mandamiento de pago, el 4llcQbuio Distrital de Ejecuciones Fiscales, nombra curador Adprodujo en 1.993 y el Archivo Central de la Entidad responde "que no aparece registrado ningún expediente sobre el Señor Celso Alfonso Cobos ". Teniendo en cuenta lo anterior y revisado el expediente, no se evidencia prueba sobre las diligencias tendientes a la notificación del titulo ejecutivo, tanto personal como por edicto de conformidad con los artículos 44 y 45 del C. C.A., en consecuencia prospera la excepción propuesta, siendo esta contemplada en el numeral 90 del artículo 140 del C.P. C. por remisión expresa del 509 ibidem. En consecuencia, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION CUARTA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, FALLA. lo DECLARASE PROBADA LA EXCEP ClON DE INDEBIDA NOTIFICACIÓN. 2°. Como consecuencia de lo anterior, ordénase cesar la presente ejecución y levantar las medidas cautelares si hubiere a lugar. COPIESE, NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.EXPEDIENTE No. 00-1005 3 febrero del año en curso, informando que el Área de Acciones de Salud de la Dirección de Salud Pública, empezó a regir a partir del decreto 812 de 1.996, luego a partir de esa fecha se tiene información referente a
febrero del año en curso, informando que el Área de Acciones de Salud de la Dirección de Salud Pública, empezó a regir a partir del decreto 812 de 1.996, luego a partir de esa fecha se tiene información referente a tales investigaciones, por lo que respecto a la notificación de la resolución en estudio, no se tiene información, toda vez que el acto se produjo en ¡.993 y el Archivo Central de la Entidad responde "que no aparece registrado ningún expediente sobre el Señor Celso Alfonso Cobos ". Teniendo en cuenta lo anterior y revisado el expediente, no se evidencia prueba sobre las diligencias tendientes a la notificación del titulo ejecutivo, tanto personal como por edicto de conformidad con los artículos 44 y 45 del C. C.Á., en consecuencia prospera la excepción propuesta, siendo esta contemplada en el numeral 90• del artículo 140 del C.P. C. por remisión expresa del 509 ibidem. En consecuencia, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION CUARTA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, FÁLLA.
lo DECLARASE PROBADA LA EXCEP ClON DE INDEBIDA
NOTIFICACIÓN.
20. Como consecuencia de lo anterior, ordénase cesar la presente ejecución y levantar las medidas cautelares si hubiere a lugar.
COPIESE, NOTIFIQ VESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.EXPEDIENTE No. 00-1005 4
Discutido y aprobado en Sesión de ¡afecha. Acta No. 16