TA CUN - 000c1799-(30-03-2000)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 000c1799-(30-03-2000)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2000
CONCILIACION PREJUDICIAL - Aprobación prestaciones sociales TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE Cu1t ~~- o 1 ~-, - C ', i 1 ~,4 " IÍ_1 --
Santafé de Boot oCoD rnar© (2000). ma gistrada Ponente: Dr2. MAWN1 I@EUM MCU[1EJI
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CONCILIAC!ON PR, UDI8A
Tb.rn3 Adrnln15te de CunflaI' Expediente: No. 000C1 79
Actor: EDMUNDO PINILLA MATM
Demandada: REGISTRADURIA [A©ICftAS [L EW AD@ CIVIL Al Despacho se encuentra la diligencia de CONCOLOACION PREJUDICIAL referenciada, remitida por la PROCURADURIA 55 Judicial ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, contenida en el Acta de Conciliación Prejudicial de fecha mara 18 de 2~ con, sus antecedentes, la cual se llevó a cabo entre el Sr. EM^@ M MULLAlLH en calidad de peticionario y, la Dra. GILMA CIAL~ ©L' apoderada judicial de LA NACION - REGISTRADURIA NACIO NAL DEL lEbTA DO ©IV[L conforme a poder que obra a folio 18 del expediente, procede éste Despacho al estudio de su viabilidad, teniendo en cuenta Das siguientes
CONSIDERACIONES: Expeolente No. C1799
2 Actor : EDMUNDO PINILLA MATIZ
Entidad : REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
Magistrada Ponente: era. MARTHA BTANCQJR
ANT E C ED ENTE S :
2 Actor : EDMUNDO PINILLA MATIZ
Entidad : REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
Magistrada Ponente: era. MARTHA BTANCQJR ANT E C ED ENTE S : EDMUNDO PINILLA MATIZ, en nombre propio, presentó ante la Oficina de radicación y correspondencia de la Dirección Ejecutiva de administración Judicial (Procuraduría 50 Judicial Administrativa - Reparto -), solicitud de CONCILIACION PREJUDICIAL, para lo cual hizo las siguientes PRETENSIONES A CONCILIAR: Solicito el reconocimiento y pago de prestaciones sociales a que tengo derecho como lo ordena la sentencia número C401 emitida por la Corte Constitucional, que de acuerdo con la Liquidación efectuada por ia Reglstraduría asciende a ia suma de DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS ($234.946.00) MCTE., también solicito el pago de los intereses moratorios que se generen desde el 12 de agosto de 1998 hasta que sea efectuado el pago.".
Como HECHOS fundamento de sus pretensiones adjunta oficio de noviembre 17/99 suscrito por el Jefe de División Administrativa de Personal, así como las diferentes constancias de Da prestación del servicio adeudado. Fueron aportadas como PRUEBAS documentales las visibles a folios 3 a 12 del expediente. Examinado el acervo probatorio allegado al proceso,Expeente NO. 000-C1799
3 Actor : EDMUNDO PINILLA MATIZ
Entidad : RECISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Magistrada Ponente: Dra. MTMA 3ETANC especialmente el contenido de la comunicación suscrita por el Jefe de Da División Administración de Personal de la Registraduría Nacional del
Entidad : RECISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Magistrada Ponente: Dra. MTMA 3ETANC especialmente el contenido de la comunicación suscrita por el Jefe de Da División Administración de Personal de la Registraduría Nacional del Estado Civil que obra a folio 5 del expediente, observa la Sala, que éstos reúnen los requisitos necesarios para ser tenidos en cuenta por el Juzgador al momento de su valoración, en razón a que Dos mismos están demostrando claramente el derecho alegado por el accionante.
Asímismo, el Contenido del Acta de C@ncd~lael(ln d e mar2@ 161000 suscrita ante la Procuraduría Cincuenta y el Tribunal Administrativo de CuMinamar©a y en va cual ha sido reconocido el valor de $234.946.00 por concepto de pago de Prestaciones por el término que estuvo vinculado como Supernumerario en la Registrad uría Nacional del Estado Civil, conforme a la solicitud hecha por el actor. Por lo anteriormente expuesto, permite a ésta sala de Decisión, conforme a lo previsto en el artículo 73 de la Ley 446/98 modificatorio del artículo 65 A de la Ley 23/91, CONCILIACION PREJUDICIAL SUSCRIITA ANTE CINCUENTA Y CINCO el día dieciséis p116) de mana de 9@@ rnil l2©; suscrita por el señor EDMUNDO PINILLA MATIZ - peticionario y, la doctora GILMA CALVAN COLEY como apoderada judicial de La Nación Registraduría Nacional del Estado Civil -Entidad demandada , en razón a que la misma no es contraria a las normas Ueja materia y, no causa lesividad alguna a Hoz Interés©[i ]©0
Registraduría Nacional del Estado Civil -Entidad demandada , en razón a que la misma no es contraria a las normas Ueja materia y, no causa lesividad alguna a Hoz Interés©[i ]©0 Estado.&peente No. 000C1799
Actor : EDMUNDO PINILLA MATIZ
Entidad : REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
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Magistrada Ponente: Dra. kATK& sETANCUR Por lo expuesto, ésta sala de decisión, RESUELVE: lo.- APROBAR LA CONCILIACION P©UL acordada entre el señor EDMUNDO PINILLA MATIZ C.C. No. 17 175.789 de Bogotá peticionario - y la doctora GILMA GALVAN COLEY Apoderada judicial de la Entidad demandada, Registraduría Nacional del Estado Civil - celebrada ante la PROCURADURIA ONCE JUDICIAL ante el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, según consta en Acta de marzo 16 de 2000, conforme a las razones expuestas en la parte motiva. 20.- COMUNIQUESE, la anterior decisión al señor REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL, a el peticionario señor EDMUNDO PINILLA MATIZ y, a la apoderada judicial de Da Registraduría Nacional, a las direcciones registradas en el escrito de solicitud de conciliación. Hecho lo anterior, IRCHH~ Das presentes actuaciones.
COPIESE, NOTIFIQUESE Y ©MPLi0
Aprobada según consta en Acta de Ua Techa ft]©0 (Di 1. 1 V1 5 TéluI :1%!1lZpe&ite Na XOC1799
Actor : EDMUNDO PINILLA MATIZ
Aprobada según consta en Acta de Ua Techa ft]©0 (Di 1. 1 V1 5 TéluI :1%!1lZpe&ite Na XOC1799
Actor : EDMUNDO PINILLA MATIZ
Entidad : RECISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
Magistrada Ponente: Dra. MARTHA R!TANCU UO
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