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TA CUN - 040-(15-02-1996)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 040-(15-02-1996)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1996

DERECHO DE PETICION TRIBuNAL AD1111ÍISTRAT1 1VO DE cuÑDrN MARCA cr FCCION EG1JNDA 52

SUB-ECION D. ij.

Gantafé de Bogotá D.C., quince (15) de Febrero de mil novecientos noventa y seis ( 1996).

MAGISTRADA PONENTE : DRA. MARIA DEL CARMEN IJARRIN CERON

REF.: Expediente Nro. 040

ACCION DE TUTELA

DEMANDANTE : ELA ELVIRA MARIA ARMENTA DE SALINAS.

DEMANDADA . CAJA NACIONAL DE PREVISON SOCIAL seora ELSA ELV!RA MARIA ARMENTA DE SALINAS dOntif ícada . con la C c Nro 27 1.016.294 de Vi11nueva ( '.Guajira) actuando por medio de apoderado instíuró acción de tutela nntra CAJA NACIONAL DE. PRVI5IONSOCIAL para que sea protegiøo su derecho de petición vulnerada' por esta entidad al no dar, respuesta e su solic.tu4 de reonocimiento de pensión de Jubilación, formulada el lo. de arzo de 1995 .radicada rcn el Nro. 27.016.204 Recibida la demanda por -ata CÓrpc.ra&xón se odenó, por auto de 7 de febrerQ de 1994 (ti lQ1 oficir a la Dirección General de la Caja Ncional de Previsión parar que rindiera un informe detallado sre el tratte ciado a la petición presentada.Exp.Wra. 04u por la accionante; certifiara si hubo respuesta sobre dicha petición;.y enviara copia de los antecedentes administrativos de

informe detallado sre el tratte ciado a la petición presentada.Exp.Wra. 04u por la accionante; certifiara si hubo respuesta sobre dicha petición;.y enviara copia de los antecedentes administrativos de la 3olicitud de la demandante. Vencido el término, de das días otorgados a la entidad demandada para que cumpliera la ordenado , respondió por oficio C.t.J.No 472 de 13 de febrero dé 1996: " En atención a su oficio, N. 96—32 de]. 7 de los corrientes, ton, .1 presente íne permito remitir fotocopia de los antecedentes adiÍ tiativósde la petición elevada ante esta Entidad par la seora d& la referencia; a su vele informo que el expediente %cencontraba para reviión de 6ustnçión en el 6rup de Control y Reparto, dpués de haberse expedido los paL y salvos correspondientes de Receptar..a y Archivo de Expedientes déntro del tramite correspondiente y sin que a la fechase haya proferido acto administ.rativó que resuelvaen forma definitiva el pedimentQ en razón al volumen de petxiones --presentadw, ante esa 9ubdi.rección y a lo dtspendi.oso del trámite que hy que : imprimirle a cada Una de ellas" (fl.C1 ,15 Tomando el lo.. de marzo de 1995, como el día en que se elevó la soiicítttd de recorocimiento.de la pensióngracla de la demandante, se tiene quehan transcurrido once (l1) meses, sin que la entidad demandada haya producido respuesta, según lo ordenamientos del C.C.A , sobre trámite de peticiones en interés

demandante, se tiene quehan transcurrido once (l1) meses, sin que la entidad demandada haya producido respuesta, según lo ordenamientos del C.C.A , sobre trámite de peticiones en interés particular. En conseeueñci,a , la Sala encuentra que el derecha de petición reconocido> en el. artíu10 23 de la Constitucir4 Nacional. y desarrollado en los artículos, 90 y ss del 1 1 A. ha sido vurerado con l conducta omisiva de la Caja Nacional de Prévjsjón Social,- lo ual jmlic1aprotección, del mismo y así lo ordenará este Tribunal.. En mérito de lo expuestoR el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, SECCION SEGUNDAS Sub-Seccíón D. • administrandopersonas a A la accj.oflntej b) Al Defensor del Pueblo' c) Personalmente .al Director-irector de Caja Nacional .. Exp.Nrb. O justicia en nombre de la RepuIlz.c -a de C6lombi.a y por autoridad de la. Ley la. Amparar el derecho:de peticiób invocado por la seora ELSA ELVlRA MARIA ARMENTA DE SALINAS identificada con la C.C.Nro. 27.01.204 de Vilan'Áva• (Guajira.) epresadoon la parte motiva de .esta pridencia. Conforme a lo 2o El Director General de la Caja Nacianat de Previsión Social, dentro del término -dé cuaeenta y ochc 48) horas partir de la notifi¿:acitbrl, de este fal1, dbetá, raspan de la demandante quien reside en'a calle 20 Nro 18-A-20 de

Social, dentro del término -dé cuaeenta y ochc 48) horas partir de la notifi¿:acitbrl, de este fal1, dbetá, raspan de la demandante quien reside en'a calle 20 Nro 18-A-20 de Valledupar, ( César ) a través de su apoderado .a la Avenida J1menez No. 5-30-0 -ricina503de estaciudad. 3o De Conformiddd"on el ar.t{çula3a. del decreto 2591 de 1991 ; notifíquese tgr.fiamente este fallo a l iguint.es Previsión Previión Social. 4o. Si. no fuere impugnado esta providencia dentro de los tres (t )'días 5iguÁ lenteW, .su tifiçacaón, enyLse a la FI Corte Con5tituci.onl vencidg' dicPC tér91 Mino para su eventual revisiór(inc.. 2o.art. 1,1 1 becreto291 de1991). Cópiese, notifíque cúmplase.Aprobado en sesión -dE. • fjeFh4.1e n.Aci Nró.;

MÑRIA DCL CARMNJARFUN CERON FIUMON JIMENEZ OCHOA

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