TA CUN - 10008-(29-11-1976)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - 10008-(29-11-1976)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1976
17 4, rLATORIA tiente i ?RIØWIL ccNTCIO50 A3lZSR .IVC . aogotd D.$.. ? 9 IL 1976 DR. MkILZNO RCR1CUz P1iR7J Rafe Proceso No. 10000.. lwpettos Rs. atonales... Diandantes SocieI4 0Koover In'- dutttt1 )(.d.tant apod.r.do., la sociede "Heov.r 2ntutia1 je Coezcio S.A ..# pide el Tribunal so, ~rete 3.e revi.16n de la ltquidaaftSn oficial No. 0025 fl "el 8 de mayo s1.73 pecticada por L. Anin ptrci6n de 15puestoa iwacio.. nalee y las Resoluciones $rs. A..003661..P. del 26 d agoato de 1974 y 11-03371-8 del 23 de junio de 1.975, dictdEI por la )deintrcidn y 'ireccióe General de Inpue'ttos NecioneIfte o rerpectivam,nt.. mcdiflte las cu lei so 3. fijd el qrvarsn awrvporx.11ent-i SEto E ica1 clo 1.9700 tafld.Qt o su eolucitd en los hecbog S.L relcionedo$s 9.,. 14edinte 1 2iqui4ci4n que notifled peri,medío 61 wiso nro 003557 a cs.i 8 de Mayo de 1973 la AciIiirntr ciSn de Xmpuetto ciona le en 3ootó rsjust
ed peri,medío 61 wiso nro 003557 a cs.i 8 de Mayo de 1973 la AciIiirntr ciSn de Xmpuetto ciona le en 3ootó rsjust la 1iquidci6n prVeda c$u. la ccmip.ff. de la refrenets había entregado Junto con su 4.c1r,cidn de reflte y ptrinonio dio 1970# reajuste que consiatid en toai.rcomorente qrsvabl un aumento del patrimonio en 31 de Djcibr. de 1070 con relacjØe el ptrirnOni.o se 31 4e diciabre de 1969. '2... Xntrpue2tG contre dicha liquidacide el r.Utø sub.rnativo prtinente# la mime inistrci6n lo10088 - a a dcidi4 en priw re in tncie veedíainte la Rroluc de No. A.001 661-9. del 26 de agoto de 1974 y lugo la £iccidn General de Impuestos Nacionales, en esçunda Lr tencia. e~ 1. Repelucidn No. R-03371.44. del. 4 de Junio de 1975, dentro de 1 cual ente ditime deendencie practicó une nu " -& liquiccLón tomando coceo renta qrv1e uno¡ difeencia patrimonial 6 S1.218.590.00. acto Con el cual quedaran fi 1doa en forma de- - firLitiva por la ?dminrtracidn loe gr vá,p.nes sobre 1 renta y aepcci1..e a crgo die koevr IncstXiel y Cern rcial. S.A.
firLitiva por la ?dminrtracidn loe gr vá,p.nes sobre 1 renta y aepcci1..e a crgo die koevr IncstXiel y Cern rcial. S.A. por el af9a gravb1a 6 1970 en cu$ntLa total de $ 387.413.00. 39.. Pare prectndir de 3.óe informes e" - tenidos en La deaiarci6n de rente de le cornpafSa relativos a los ingresos, loe coatos, las deducciónea y las rentar exentea y tornar en cambio carno rente grv.bl•, no la r sultents de todos esto f ctores uno l& tliferenois de $ 1.218.590 entre loe patrirnonios en 31 de Di'cienbre je 1970 y en 33 de Diciembre de 169. la Dirección General sipuso en su .. cte. "Raup.cto de la diferencia existente, e]. U.lita so remite al Anexo No. 49 6 la .c1racidn d renta en .1 cual es re1cionfl 100 concepto que wotiv,ron un incremento por valor de $ 1.225.823.26 a saben incremento en lis reservas para impuestos de rSnta# sobre regelias sobre intereaes. dø Industria n&e tri y Crnercioo y pera bonifccionea o a.i comosnm'nto en los saldos 6L ¿ccionita principal, diferencia entre deprecie— cidn contable y fii'cal y utílid^d corrreia1 de 1970. 1 fue- - cionarlo liquidador .1 efectuar los ejutes en le bu.e petrisaldos 6L ¿ccionita principal, diferencia entre deprecie— cidn contable y fii'cal y utílid^d corrreia1 de 1970. 1 fue- - cionarlo liquidador .1 efectuar los ejutes en le bu.e petrimental partid ds tivo liquido ds1arado por 1a sociedad lo e cual determina que pq eq r>ertinente el análisis los heeboe enunCiedoa toda vez ce ellos no e e tvvi.rOn mm , base de cq.. peracide. De et.rr parte, no re encuentra dont en ninguna parte que la diferencie obedece e iinportción de capita (Sub ray4). - 4dIp segdn el In.xe 49 6 la deClrecidfl,ccinp1entaco con fi Anexo no 49..i que envi6 con note de rspea.. tia la ao1icjjtu de licecioree sobre .1 increrento patrieoniat nota radic da el 14 de Dicisre de 172 con el nums-. ro 121804. 1a cc,af1ft enun'rd corno beho detrrinnte de ¿u .) Ausento de 623,753,33 en -1 saldo de 1s provisiones pera atender, gestos ~uros por loe conceptos e que ce ref&a.m.. rid la 'ir.ci6n Gene el. øn el epnrte antes transcrito, de su providencias b) ausento de $ 475.060.67..de salde. f,vor del iccionente principalJ e) ausento en el e al.o e fvor de øoirçaflta filil del frieSE) .eetonl,te ptii.l é por ajuste de caobio. $ 3.O7S.85 de $ 13.836.07 entre le deprecicidn
øoirçaflta filil del frieSE) .eetonl,te ptii.l é por ajuste de caobio. $ 3.O7S.85 de $ 13.836.07 entre le deprecicidn contabilizada y 14 eo1iiteae como deducción, ye) espita li sacida de la utiltded cornrcia1 por $113•473.1. Como prsebe de los bece snussre-. dos so loe antriores literales óbrabans el Ane,O 31 de le d.cleracidn. sobrs movimiento de los provisiones meneioara.- das so m)# lo,, ¿.lento cntblç mSrero. 1.21.. 2-21, 341. 4-21, 5-21. 6-31. 6.34. 7-21. 0-21. 0-21. 10-21. 11-21. 12-21. 12-61. 12.44 y 1267 dbidsent• certlflctdós por el. revisor fiscal por medio , de los cueles se contabilizaron tos Cargo. y abonos efectuados en lg cuentas del arionjte prio. cipal (casa estris) y de le cpaS.n filial y menci01'd. indtcdos en lo. Ane 54 y 54-a'. documentos ánviedoa al reepont.r en 1, e rta ya citada del 14 de Diciembre de 1972 la solicitud d expUCeCione$ sobre el increrento ptrimcnis1 y relativos a la variac1i3n dSl saldo 4.1. cuenta que cionó en loe 11t:ra1ia b) y c) antrioresi el ?n.xo 19 sobre depeciecida. 1emoetrt1yo del de 1 contabilizada
cionó en loe 11t:ra1ia b) y c) antrioresi el ?n.xo 19 sobre depeciecida. 1emoetrt1yo del de 1 contabilizada por sobre la aolicite1a como deducción7 y la paqifla 4 del torinulario de le declaración donci se hb1a in.forndo sobre una ger.er4cie cOmercial por $ 113.173.19..4 Coro dlin)oocíoneo viol5des cita los arta. 23 y 54 de la Ley 01d1 1960. art. 23 del Decret...L4y 1366 da 1967 arte. 59 y 69 del Dec: to Ley 1652. da 1.61. Se expone el concepto d, ia, v101ci6n de esa» w ri• por los ctos aa. edeø. £jecutoriado el auto da citación pra sentencia sin que ea Observe csuea1 de rN1i-4 que invalide Lo actuado el Tribunal deCide el proceso previa 3.a aigui.. tee C'UIL)?C La ?isealte Cuerta de la Corporci6n en u vietec fondo expr.eas W fl daeecUrdO de la dancnte con la ispostción de que fué objeto y le cual considere ilegal. radica en que le 4nt,trci6n, pare le tasación del tri. buto se neogid al •isteae especial de cowp• roi6n de 2 trimonio. por loe conceptos Que en relcidr con el. patrimonio 11 q.ióo fieal de 1969, que oM total alcaned a la suma de $ 10.961.608.00 eón el determina en 1970. de $.13.076,
Que en relcidr con el. patrimonio 11 q.ióo fieal de 1969, que oM total alcaned a la suma de $ 10.961.608.00 eón el determina en 1970. de $.13.076, 880.90 surgió coro diferencia e explicar y co probr, le cantidad de $ 2415.572.00. &iart.no que disininuy6 e la cantidad de $ 1.228.899.83, pera fUer como impu ro a negar la ewua de $ 3e7.413.00. 'La deterv1n',idn la tomó la liquiic.- rs en razón Je h'b.r 1nclu1& como trtEnonto cia la ac. tora algunas créditos e favor le Las oeidad. HOO.. ver (. rica atina) 5.A.' y "Hoovar Mexicen, SJi.'# por valor de $ 3.399.303.41 por no haber de.ostado la rol~ cj.d eoon&tca entra las Socieddee citadas para efectos del Art. 73 de le Ley 81 de 1960. que &t -es Lea deudas que por oielauter Concepu.1 1000$ e 5 to tengan las agencias sUsursal•. filiales o c~. patfe$ uÓ fuflciorie en el palos pare con sus casas matrices extranjeras o ¿qe-ciø o sucursales o filie.- les de las ins con domicilio en el eXtQXioX 5 consideraren, para los ect'e de orden fiscal iO0iO patrimonio propio de la sgenciao suarsalee, fi—. lile o ccrnafLjas con o. -çocjos en Co1orbim. Asi
consideraren, para los ect'e de orden fiscal iO0iO patrimonio propio de la sgenciao suarsalee, fi—. lile o ccrnafLjas con o. -çocjos en Co1orbim. Asi que por no h bere. acreditado la fi!ici6n entre lea nombrada a 9ocieddea. .1 incremente patrimonial determinante de .la øonpr.ci6n incide sobre el valor en l renta capitalizada. D la. praba. •Uq&as al proreso aparece entre otras, el •pediento la contriby.n.- - te sobre le fijacidri del mrnto ie/eumnto det patri.. moido ficat o que no debrfa computarse con Pkeee en el de 1969 y 1970 ni en el valor da los saldos a favor de la Oo,.ita 'Hoover (w4 rica Latina) %.A, " por no ser filial de "Hoovar 1ncorpoxated, ya que el 60% de las ecCióne de 01400v.r (~rica Latina) S.A.% es da :ropiedd de personas naturales # r.su1tendo e2toncø. qUe 131 t «ynor del Arte 20 de le ¡47 $1 de 1960. esta CaripaCto no es filial dØ fliflUfl . 1e ye nombredpis e y en estas condtcionts, los creditos a fv0r de "Hoover (América. Latina) .A." y a crqo de la d anijnte no constituyen patriaorito propio de ¿teo pues e acu rdo al Art. 73 de la Ley 01 de 1960 es innecasria la consttci6n de las petciacionfe. sino la calidad como filfa.
rito propio de ¿teo pues e acu rdo al Art. 73 de la Ley 01 de 1960 es innecasria la consttci6n de las petciacionfe. sino la calidad como filfa. les entre O~er ('mrics¡-atino) .i. u y 'Hoovr XpcorpOrated', que •eq1n el proepto. son pátrimo.- - oto propio # es decir. pasivo no computable. porque las deucas e e ",-,rgo de una $ócidad filial e favoru # 10000 a de une 8 ociedd extr.nera domicillade en el psis, que a su VO ven filial de otra dela del fi$ fndol9 Y t 4ltIme filial como matriz o principal de la £ntj4 deudora colouiibiena, el sumento del saldo a favOr del principal accicnists y aun fillelos en el exterior é constituye tctor diferente de cspit.liss oidn relativo e «uu ingresó.. Porque como lo eetabl2 ce a Doctrtn. ontecioea, ....1sn la ociedad andaimas no .a obligatorio para el «cfonita autr.en tsr su aporte de cpitsj 9 cuando qtiera ue la bien general Ixiaque Incr~entwr> •l fondo de le Cenu pat1a con utilidades repartibles entre los asociadOs o con reserves voluflt!riaa que bey. resuelto distri.. b4r entre ellos como dividendo, ha de darlos opoeidn rtos para que reciben su dividendo en dinero o lo tomen en acciones por un precio que no podrá ser Lsf.tor al valor nominal que ellas tengan etntuteria..0 iante ?c$1 o ji i cciønajpti, de uKdo voluntario y cae
tomen en acciones por un precio que no podrá ser Lsf.tor al valor nominal que ellas tengan etntuteria..0 iante ?c$1 o ji i cciønajpti, de uKdo voluntario y cae dinero suyo aumente el aporte, Por ello, ese aporto adicional debe rspresantrs.le en acciones de 1z .o ciedado computade por su valor nominal como s e hí- su ea su aporte primitivo al tierpo do conetitujrse la cawpafa. (,sentencia de Septiembre 31 da 1971. Çon'ejsro Ponente Dr. Juan HernflJ Seas). Se tiene da lo dicho y de lo .vid.nci.. do ea autos, que le Q,uipeffe extranjera Iloover (Js rica l..tina) 8.A. o no e filial de ninguna otra debido e que eta ¿.1 50% de su capital ea patrimonio 4e personas natureleí, lo que de lugar a pensar qu1 10008 7 la diferencie patrimonial de los ejercicios de 1969 y 19700 es susceptible cM capitalización, de donde so colige que la liqu%daaidn del iwtpusto pueda be-. ceras por el sistema ordinario previsto en el Art. 23 de la Ley 81 da 1960. »De otro lado se observe, que la dan-. dante lleva e cabalidad los asientos Contables y el giro de »un negocios se ra].iza bajo 44 regl'vantacidn ordenada por lo. Eetatutos legals sobre la me~ tena, y de chi la opción a hacerse acreedora a les garanties y prerrogativas seflaledee en el Art. 25 de la Ley 81 de 1960,p en el sentido de que loe "contri.
tena, y de chi la opción a hacerse acreedora a les garanties y prerrogativas seflaledee en el Art. 25 de la Ley 81 de 1960,p en el sentido de que loe "contri. buyentas que lleven libros completos de contbilidad é debidamente registrdos. tendrán dercho a le acep.. tecidn de lor, costos determin3cos de acuerdo con prg ticas contGbles de reconocida valor técnico, , 0 Y el art. 43 de la misma Ley, dispøne que I»lcw deducciones que pnedsn restarne de la renta bruta para obtener la renta liquida son las siguien. teas 'L.g expensas necesaria pgadas durante el eío o periodo gravable de que se trate, en el de. serrollo de cual-glier actividad cuya renta sea grave. bis. necesidad de los gastos deberé de. terminarse con criterio comercial, teniendo en ou~ ta los normalwente acostumbrados en la clse de ac-. tividad de que se trate. Para aceptar la deducción por salarlos pagados será nøc.sarto presentar un certificado expedido por e). servicio Nacioflal de Aprendizaje 3NAen que CO t que el o ntribuyente obligado ha~ aporte, uentra a pez y salvo con esta entidad. Uas deUd manifiestamente perdidas o sin valor, que se hayan descargado durante el to gravable de los libros de cnt.M,ilidad debidamente registrados y que se lllev.n a bese de ingresos y egresos causados siempre que el contribuyente dusstr• 1 realidad de la deuda just-1 fique su descargo y
gravable de los libros de cnt.M,ilidad debidamente registrados y que se lllev.n a bese de ingresos y egresos causados siempre que el contribuyente dusstr• 1 realidad de la deuda just-1 fique su descargo y pruebe que t1 deud so ha originado en operaciones pr cutoree de renta gravable. 'Una razonable deducción por la depre.— cietide por e] desgaste o deterioro normas de los b&.! nos usados en negocios o actividad, productoras de renta gravable hasta ecepletar .1 90% de su costo, siempre que 1 re pectiv propiedad haya estado en servicio en el fío o periodo de que se trate... 0 'Pude decirse de 10 e nterior, que como aparece de entes, en ].ó tocante a tete punto, la COn.. ttbuyent. al1a, lee exigencias de la norma, pueg al folio 157 del cuaderu, de afltecedsnes, obrn las contenc.taa de pu y salvo de l actora con 4. SEPA • Instituto Colombiano de Sqaroi ociai es. doctefl. tos que r avisten al a leence probatorio asignado por. el Art 79 del Decreto 1651 de 1961. Como de manera igual as advierte segdn loe asía itas contables, eo bre las dsog arogacioneü y gestos ocasionados por, diferentes conceptos, t ales como pago de intereses y depreciaai 'Por ello a estimarse la prosperidad de 1a, accidn porqUe si en le etapa gubernativa, qutsd l..w.
# 10008 - Qy depreciaai 'Por ello a estimarse la prosperidad de 1a, accidn porqUe si en le etapa gubernativa, qutsd l..w.
# 10008 - Qpor ausencia o falta de asidero l gel rc'pecto de la ptueb. 1flo tuvieron encuenta pormenores significa- é ~' i 1 1-10. tivos ignificetivoe de la razón aducida por la actora sobre la vera cidad del reclamo, vino ya a consolidarse en la etapa contenciosa, que de le amplitud que lo compone y elementos de juicio que lo cor'oboran, llena la exigen-. cia del propdsito buscado. Circunstancia por la que se disienta del rispetable parecer del sefeapoderado de la dernandaLa, que si bien en su argumentaci6n expone juicios fundamentos, la razón a que se llegó se considera suficiente para establecer la viabili-.- dad de lo pedido en la forma como ha quedado consi2
- - nado. n este orden de ideas. La 1iscalf emite concepto favofable a lis súplicas de la demanda.. - Como el anterior concepto haJors2lado un detallado estudie que el Tribunal encuentre ajustado a la realidad procesal y jvxf dice del presente proceso, en trmi-. nos gene r.1. lo acoge, en cuanto a les tsee que han de tener-. me .ncuentá para le nueve 11qu1dción. por cuento evid.nta. te# como lo anote .l ,erSor oderado del Minie ttrjo de da no puede resolverse .1 casc con la declaratoria de firmeme .ncuentá para le nueve 11qu1dción. por cuento evid.nta. te# como lo anote .l ,erSor oderado del Minie ttrjo de da no puede resolverse .1 casc con la declaratoria de firmees de la liqidacidn provede, sino aue rviankse la operecidn acinistrativa de Iiquidci6n de los iruestoe por el ejercicio fiscal de 1.970. ha zls practicrse una nueva liqul-. dai6n t.niendo.e enc1ent lo sq!lt detenn1n.do y de cuerdo con lee bases planteadas por la 7iacelfe é liquidcidn qus que-. dará sais10008 - 10 fterital La oepitalisd e& La liquide. cl4n oficial 14o. 002557mB dmvj
yo $ de 39973 •e•:
$2.104.962..
Valores acoptedoe segtn Pso1 aLón No. 03371.8 de junio 23 de 1975 $8$6.372. Va1Ors aquf aceptados $605.230 Total recenocide............. ' i;ents gravable ai1' eatbI..cida .613.360135.206.. Mótø3tOs eøDeCialeØ 3% Pcento eldctttco e X.C.&.S 473.15. 14,195.. 34% Provivienda 6% obre eraio t ØS susttutJva 458.154.. 9•34 66% Provivienda 6% aabre 4580154i. p143U
TOTAL, A C,-R0O DL COTRXL . _I
$176.890.
eraio t ØS susttutJva 458.154.. 9•34 66% Provivienda 6% aabre 4580154i. p143U
TOTAL, A C,-R0O DL COTRXL . _I
$176.890. Pao&. SegdA o qu. obren en el expediente admíntrtritívo,, folios 21 e 32 el contribuyente por la vigencia gravbl...d. 3970 efct pagos por P, JJ'0C DEL. . $ 3.179Por lo sxpuetO. el IribUnel oflt.fli.ø inis.trtivo dé &fldiflnixin# admi,niattando jnticia einoebr. de la R.pdbltc. 4ó Colixabia y por autoridad de la Ley. TAL1As geyfaae le W rci4n ajnitrtj~ te de liguidacidn de impuestos de rente y coylefltariot ven— la aoCi.d4 ,"NooVer Industrial i Comercio 8.A. 0 0~ rreapórd1ent. al .io gravb1e de; l.970 2$... Efl con cuencie,fijse la centidad4 CITWDO A1TA 1 SEIS MIL OChOCI KIMS HVIrA kE5O5 ($l7 890-) 11/CTE.,p por cóntepto da valor total da 30, 1ptos. de renta y oompienentatioa qUe COrr"gponds a crqo d 1 contribuyente 6ocieds4 "Maov.t Indu'rial y Smerolo por ,1 &o grvable 4. 1.970, 3,-. Coao por tito olmo concepto, la
tribuyente 6ocieds4 "Maov.t Indu'rial y Smerolo por ,1 &o grvable 4. 1.970, 3,-. Coao por tito olmo concepto, la contribuyente oe1edad øoover Industrial y Coarcie $ .A. . .fectu6 pqoe por, la de 1139711., 4stale por ceflCalar la stfta da ?RE MIL CIENTO NTA Y 1UVVE PESOS .dlteee con t Cópiese. •csn'.jo de not jifqu tadO y conevalf dasa el papel cøgndn. 05robdo en la Sesián No. 19.
AIdV/RO LGC4TWNA ?iQUILINO RODRIGUEZ P
RAWiEL AcolTA QU!34M
ALTO WRÓ oçuz
-R S.LVA AkIU
JAIfIS MOt3SOS cuJT¼Nl?o
MANUEL URUL1' A MM 24ZZ.tQ CEL.XS 0.
Secretario..'