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TA CUN - 10016-(03-12-1976)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 10016-(03-12-1976)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1976

TRIT3I4?L Oi1TCIO0

ADZNIS'R. TIVC Bogota D.E., n hIq II Is 1 .- 4 ttative Maitrdo Ponente 442 ,y 9 IR. ROORIGUIZ FEÍLMAZA Refs Procoso o. 10036... Reeoluciones Mm t'ria1.s. Dna,1darate, Jaime Pulido Por intermedio de apO'rado y en ej rcicio de la accián de plena juriuiccidn, el tor Jaime Pulido fl.. nUla lvce al Tribna1 1a& sl <palenteo pticionerss 'R:A,.. wue se 4.cl?r. la NULL;;D de la Reecluciófl t4o. 6940 de f... cha 5 da septiembre de 19975, dictada pór el. Miniterio de Ds. fenea "acional 0 TiJA... 4Ie ocrio acn.cuencia de la ?WLD impetra. se declare que .1 isilor JAIME PU1IO I3QXLL.A, tiene derecho a ue dentro de Ion haberes sobre los cuales le liquidd el Mini t rio de Defen a Nacional sus prestaciones eoci1ee se incluya un 15% deleueldo lsiC por raa6n de la prima de atividad. Que na ordene el reconocid~ to y pago, por parte del Ministerjo de Dafena Nacional, del valor de las diferencias res a'4tantes e ivor de ictør en virtud de le reliquidcidn prez tciOrlal refer'ida s pos rTue deben e ctwtrne dentro del tr.. mino rera1do en el Art. 121 4el C. .k..

a'4tantes e ivor de ictør en virtud de le reliquidcidn prez tciOrlal refer'ida s pos rTue deben e ctwtrne dentro del tr.. mino rera1do en el Art. 121 4el C. .k.. Relciona los sig en ,,--es RcFOSssi 10016 m 2 - "1 • . 1 Mjniterio U. Defensa aciona1, por medio de ls R esolucion es ?oe. 7384 y 8278 de 1.68,0 rei. conocid a partir ual 8 de junio de 1.968. & atfor JPJ1& P P. LuX) BONIL.LA, en su conuicíón de e.enp1edo civil de .ee en.. tidad una peneidrt men~l de jubil ción eciuivslerite al 75% de sus haberes percibidoe en prodiodursnte su tilt mo afio de rvicio, avi COwo una cerantia. Dentro ce las haberes <»bre loe cus los rne liuL.ron las referídar ,r rt»ci neo ee citi6 incluir le prima de actividad que, en forma ertnanonte, prcibi6 mi poderda te en CU::Ttia del 15% de su suelJo b4nico. 39... 1'on fecha 23 de julio de 1.973, se eolicitá al Miii.ctstio de Dtne a"i:nal el rajur,te de to» das le proatacines reeonoas e pra que ,p teliquiden Incluyendo dentro de los hberes ue a tomar<--,n como bare para la lj uid.cidn, el 35% del sueló0 bico de la prima de acti.m

das le proatacines reeonoas e pra que ,p teliquiden Incluyendo dentro de los hberes ue a tomar<--,n como bare para la lj uid.cidn, el 35% del sueló0 bico de la prima de acti.m vidad. 'eticidn er tla que fue negada nrtdiafltc el a cto impugne.' A w• .

Como di.sorici: es viøl&cita los arte. 17 y 30 de la Constituci6n ciotal7 art.2Q de la Ley 65 de 1946 1 Decr.,,-~~to 239 de 1952, Decreto 351 de 1964 Ley 40 de 19661 Decreto 992 de 1967 Decet4tey 188 de 1968 Ley 5 de 1969 y loa rt.. 99 y 22 del cddigo uatantivo del r& ajo.

Se expone el Concepto de la vio1ai6n de es a normas por los actos aculadose L llse alla fegonda de la Corporcidn concepttla fvorjhle ente a li rticionee de la ana • ejecutoriado el auto de citci6n para. eeatecia sin que se obsrrve cautal de nuli&d que invalide lo actudo. el tribunal eci.de el proceso previas las ei. guientee.10016 - 3ccpi ,CIc• Al folio 4 del sepeciente adrnii'rti... yo y fol. 23 del Ctadcrno principal, hay contancia de que el actor yarda percibiendo pzra ir fecha del rrtiro la prima de actividad o sie bargo esta partida no fue inclufda dentro de 1 u que ee tomaron como bae pare liquidarle la peneidn de

actor yarda percibiendo pzra ir fecha del rrtiro la prima de actividad o sie bargo esta partida no fue inclufda dentro de 1 u que ee tomaron como bae pare liquidarle la peneidn de jubi1eic5n y la cee1ta. Dø conormitad con lo et.blecido por le Ley 41 de 1.966 y la Ley Si de 1.969 aclratorie de la ante.. rior # pl..raefectosde liquir la nsi6n. &.ieba inclurse tedo lo evengado por el trt3ajUor en el último año de servia. cías, por tanto la prima de actividad es parte int'grante del salario y ebe tenerse en cuenta para esos foctos. El auxilio de cesantía gdn lb dispon el artículo 42 del Decreto 239 de 1.952 y e]. £)ecr:to 992 de 1.967 debe liquidarse con b haberes dev çjdoa, por tanto debe tafDbien r tal efecto la prima e activitd. Por lo cue te que la reso1ucin Impugnada es violrtoria citn e. articulo 4 del ó en todos los r Incluida para re ve claramena. de las nomas Como el metor fue retirado el 7 de marzo de 1.968, cuando todavía flO re oncontraba en vi ancle e]. ecrto 2339 da 1.971, que excluye la prime de ctividad para 1iuiciar la pensidn y la cesantia» tiene derecho el ectc>r e que rA le incluya en la 1iquidci6n .. la pensiSn de jubile. alón u la casint1a la prtda .corresponiente e le príma de act lvi d d.

que rA le incluya en la 1iquidci6n .. la pensiSn de jubile. alón u la casint1a la prtda .corresponiente e le príma de act lvi d d. Por lo atc riormente w e'to, el Tria. bunal 'ont€rcioso; inir tivode undinamrea, de cwtdo aOnu col orador, fiscal, açLijir' Xflde jurticla en nombre1(. ... 10016 4 de la heptjbljca de Colombia y por auor1da de la P A L L i\ l.. Dajriio la u1idd de Le Reso1u ci& No. 6940 de fecha 5 de roptiembre de 1 9975, dictada por e 1. Minitrio de Defoflne dacione1/ 29... El Minirtrio de tefena mcir>na1 prQcederá a reajustar el or Jaite Pulido l3onilla, a partir de la fechn de su retiro la penei6n :O jubi1ci6n y el auxilio ceatfa. incluyendo Las ç rtie la correpondi~ te a lA prime de ictividid que e2 actor venia percibiendo, di... cho reajuste lo efectuaré dentro ,e) t rrino 'thlecido por el art. 121 del Cddígo G0t0nCio Írnini:rtivo. G6pise, riotiffiiite. cOnufliuePe y con etiltc se cot el if. Gon..Jo de Etdo, Aprob':do en la Ssidn no.,3

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etiltc se cot el if. Gon..Jo de Etdo, Aprob':do en la Ssidn no.,3

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P, E CC TA CU 'ZMA MICUÇ:, rC4IO V.

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Secret.rio.

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