TA CUN - 10029-(06-12-1976)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 10029-(06-12-1976)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1976
MAL JUXIXIMATIVO DE CUL)DWIAR04
Zøø&, D. jift, (1.976) .- -, Diaisabr. seis (6) de sil nøvse.ntos setenta y seisMinistrado Ponentu Dfl. ALVARO L40P'1]i UllA.. 1sf. Juiciø 1$. 10029.- M~IM8 $IlIJ?UÁl&- Dsa.s4.ass P0 PABLO ÑUD M4ZDÁ2Q LI. seaor Pedro Pablo Corrodbr atd.ado demandamate este ?rtbnsal par Inter~dIo de apodsrdo. 1 salidad parcial de 1 rss.1toi.k la. 7758 4. 1975 proferida por el Xinívsterio de Defensa Isotonal a 29 4e septiembre de dioho de 7 qae, seas canascasnota deello s ue deotare qae 61 tiene derecho a que dssro de los haberes so bre las ezalos se liquidé sus prestaciones ootalea, se tnolsya unquince (15) p' aLeMa del suelde afaise por rsk de le prisa de lisvidad. se narran .1 libelo Loe siuieMes II 10105. I.s.- 11 liMutario de Defensa lacienal, por medio de isa lesolua$ea.. lis. 0223 708244. 1969, r.oaaso a parttr 4.1 17 de sÓrO 4. 199699 ql sedor PWt10 PAlLO CORMOR L DOlADO, 'a sa eoMiu4n 4. ..n-eap]usto p1v11 de esa entidad una
ttr 4.1 17 de sÓrO 4. 199699 ql sedor PWt10 PAlLO CORMOR L DOlADO, 'a sa eoMiu4n 4. ..n-eap]usto p1v11 de esa entidad una pensiSn menesal de jubilsaifa qis1ante .1 75% de sus habares percibido ea preasdio dhsat. n ¡Itiso do da servicio, así soso. usa 22.- Dentro de lo haberes dentro de los aales se liquidaron las referidas prestaoionesss osttif incluir la2 - Juicio X11. 10029 prisa de aativdad qU5 •A forma permanente, peroibi6 mi poderdeate n ousntfa 4.1 15% de cu sueldo b&etao. 103... Can feoha 31 de agosto de 1973 se •o3ioit6 al Ninisterio de Isfansa Iioiaaal .1 xss3sat di todas isiprestw4.asa reosasaidas, pera qa es reliqaidea toI.qeadó - dentro d los kabez'es qas es tanaren osma base para Is liqsid.oik, .1 25% d•1 sueldo b¿aloo de la prisa de eottidsd, p ttaik seta qas fas segada mediante el soto impigeado." Coso dispesicisaes violadas zita lo. arto. 17 y 30 de 1 C.L; el art. 29-'491 le lay 65 de 1946$ el decreto 239 di2.952; 02 ¿eøet. 352 de 1964j 1. ley 4 de 1966; ci decreto 992 de30 de 1 C.L; el art. 29-'491 le lay 65 de 1946$ el decreto 239 di2.952; 02 ¿eøet. 352 de 1964j 1. ley 4 de 1966; ci decreto 992 de1967; .1 deareto4e7 188 4e 1968 la 1y 5 4. 1969 7 loe arte. 9. y 22 4.3. C.& 4.1 T. . seLor Piosal 3$, 41 Mirado ha emitido lasigetenta vieisa "AL as iaølair la PRIMA D AC?XVI»A» qe., 004 fsotar salarial debe aenpaaree para .l pago de las pr.rIsotones siotalós, hay v1914014n flagrante de las sarasa oey.- oosae$. 4e si apederado y no apilezolía de la reiterada jarispradeesia Ó1 It. Canseja 4e astado en namorase. fallas de osase daLlares, de lee osales se oitaá loa siguientes: "seteno la del 25 de noviembre 4. 1971, en 41 osas del ..ft.r R.1 Rsdrgea Qaoe.j (Cens.j.r. Ponente, de lar AI.IARO .RJULA OJIRZ). dioha soasik dijo:
esta forma quedé despejada toda 44 obre el pasto qas se asaltas; y, en oonaeoasncia el qator tíame dersoho a que pera la 1iqetdsoik 4e ea penaik jabilstois, 4.bsrL oseptsol. 2, pria A de sotividad ase, aaitt6 el saial haserle ese reoenooiniento'. (i4 raya la Pi.oslfa). "Usateneis 4. 22 de septiembre di 1974, sxp.diete3 - Jaicio Ua. 1)029 .- nimero 5159v en la cial se dije: "'La ler 41. de 1.966 y la 51. de 1969 prsospiaA que pas efectos de liquidar la pensión jubilatoria debe in oluirse todo lo devengado per .1 trabajadOr en e] óltime afts di suviei•s. La prisa 4e actividad es parte integrante delsalario y debe unen, en oventa pera case afecte.. "'Igual oosascurrs con el auxilie de cesantfa.j misma prisa 4e actividad, por ser parte integrante 4.1 sala riel debe me,fnotr pa liquidarla. "Igual cOsa OOSrS 00 1 auxilio 7 00 la inda~ niaaoi$n por la tnoapactdad fhtoa. La prima de actividad, por ser parte integrante del salario, debe ser factor para liqnidarla'. "enienia del 5 de diciembre di 1975. imazadante !A11EJL flItJZA ÁLkRC3N. Canee is ?M.nte 3 esta y en ladarla'. "enienia del 5 de diciembre di 1975. imazadante !A11EJL flItJZA ÁLkRC3N. Canee is ?M.nte 3 esta y en laanterior, el doctor !XJAaDO AOUILA VZiZ. "Por tido le expuesto, el criterio de la Pisoalta es invariable al respecte, por le casi solita al li. Tnibanal acceder a la pz".teaaiones de la dImaa!a. lo encuentra la dala que se haya incurrido en cae, sal de nulidad adjetiva que tenga inoidenota en lo actuado, y por a estands en tira. .1 auto que oiti para sentencia, a .310 precede previas las siguientes C 01181 D)RAC 1 OX$ 1 - E.t& debidamente probado en el plenario quePedro Pablo Corredor laldonado fue empleada civil del ramo de Defensa duaz&te veintidós anos y dtecinizfte días y que por .11. 1e fue liquidado definitivamente el auxilio de c.eaath y 41e fue reconocida unapemolén de jubilaotón. El retira se produjo el 16 de octubre de 1968y el rscoacoimieo tuvo lugar el 31 de enero 4. 3969 por resolución'.4 IS hueLo 10029... 0. 00223 de 1969 diøtada por .1 Kinistoria 4. Detones. Caso de acaerdo con la ley las prestaciones sociales, en genere], prescrL1on en tres (3) sao., tas cabo dada slgana 4. - que envido el motor riolam la Laoluaik 4e la o•rrenpondi.nte 9rita
les, en genere], prescrL1on en tres (3) sao., tas cabo dada slgana 4. - que envido el motor riolam la Laoluaik 4e la o•rrenpondi.nte 9rita de aotivid&ud .1 día 31 4e ooct da 1971, ye su ¿ancho había pnsaor, te y por lo tente, .1 TnibensI tas puede entrar a ectedian 10 que rotopoeta a si fiLe debida o indebida la no Imalzaléa 4e la senotonada pr& as de actividad ea la ltqvidaoi6n del auxilio do oes.ntfa. Igualmente, lo precedente puede aplicarse a lapr•sonipoi6n de les aeadas 4, la penai6n de jtabilaot6a anteriores a tres ados contados bsoia atrás 4.1 31 di agoste 4. 1973, por lo analla $m]a tiabiM oe deb.rL abstener de astadisr este peato. II - Pero en lo si erré .1 sote moneada, asdecir la resoluoi6a 1. 7788 4. 1975 -29 de septiembre-, fue en le que stafts a La negativs da la iaeln.tM de le prisa de actividad ea lasmesadas posteriores y Ab preecnitas 4e l& pomúde do jebilaetin, yaque st bien es verdad qe le ley 131 de 1961 hizo ezclttsi&u de le ae3 otasada prima pare el o6apute 4e la.s presticionis sooiales, tambt10 en que el decreto-ley 188 de 1968 (.,t. 7..), al hablar nuevamente
otasada prima pare el o6apute 4e la.s presticionis sooiales, tambt10 en que el decreto-ley 188 de 1968 (.,t. 7..), al hablar nuevamente de elle, no hizo esa ezolvietia, por lo que ha de entenásra qne qsuek, be inoluLdas has era la norma apltoble en .l aómento del retiro dl motos, 2.uea teaf a derecho, senque posteriormente el deoreta'-30y 23 di 2971 -art. 82. volviera hacer la eao2asi6tu, tnaa ello no regíapsis squfls¿peca en la cual .zrgii el deroho. En este punto, pues, si se aoeedez e lea potioiouea de la parto motora.. D u C 1 8 1 JI n mérito 4. 10 expensto, el ?nibsna2 Adinistr1v. de Ua81masrca, dminLstrM• jasticis ea nombro 4. la R.p&bli-- JUiCiO NI. 1 )929... i os de Colombia y por autoridad de la ley, PALLA: Primeros Ea aula parcialmente la reeoluoik II. 7788 de 1975 —29 de septiembre~ proferida por el Ministerio de Detenca Nacional en caenta nagi la iaolasi6n de la partida oorespondiente a prima de aotiv&dad (equivalente al 15 da] sueldo bsieoea las mesadas no prescritas do la, peasin de jtbíl»iéa del señor Padre Pable Corredor Maldonado, 11 Iintserio di Defensa Nacional proce
ea las mesadas no prescritas do la, peasin de jtbíl»iéa del señor Padre Pable Corredor Maldonado, 11 Iintserio di Defensa Nacional proce der, dentro del termino eeiL4ado en el art. 121 de]. C.O.A., a reliq dar le que correspondo a penstis de jabilas4a del se5cz' Pedro Pablo.. Corredor N1diado incluyendo la partida del 15 del sueldo b&Çeioo osa prima de actividad y preceder¿ a .pagar las mesadas, kaoiendo Jo de.auentes aeoeearts, desde tres a1s contados haøis .r.. del 31de agosto de 1973 y mientras viva. Las mesadas oteriorea a ess lapa ce deolarsn prescritas. Tor gere Mtiganse las dsmta peticiones de la parte actora por haber prescrito los dereohos. COFI&, NOPIPIQU1 y si no fuere apelada, CON JLTES para ate el R. Consejo , do Estado.— a su. oportunidad, dev1 yace el cuaderno gubernativo a la oficina de origen.— CcUNIQUZ$E.— - CUXPLASE.- Aprobado en iota Ma. $ ALVARO LCQAPT LUXA ¿AMIR SILVA AMIN6 - Jiioio liv. 1O)29 .- liI(flIMJ ANTONIO (RDEWA AT43RTO MTflNO 10E2
JAM A 02333 GUAIIliIZO AQUILINO TOrn1(Uiz ?DR/ZA
li1NUL URUA ATOLA
liARCO SIULIO C3t1$ B.
Bscrtario