TA CUN - 10061-(11-02-1977)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 10061-(11-02-1977)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1977
PRIIL DE L4V/JA.
De conformidad con la .ier.4/61 3 /69 debe tenerse en cuenta activjdag para efectosjdfrl reconocimiento de las presaque haya lugar; igualinenftetbe tenerse en cuenta la wmi para los mismos efectos de conformidad con el art.4 del ecre.239/52 y art.4 del decre.992/67 TRImUAL c':4Cc3O ALI TIVC DE 1M }3ogot D,., 111 2. 1971 )6aqirLo Ponent ni DR. 1I!IrO Ro.P..ICJ?:zíELYRAZA Ref: Proceo No, 10061... Raoiuc..ca nlas, Min1s ríales. - 5 1 Dr. Zumael nrir,ue Vera Vera, mediante apodeO y en ejrcicic de la ^colón de plena jurisdiaeicn ccnsagra en el art. 67 de]. C..A., he al Tribunal las eigu1 nts pticiorieøi PIUA.- h'ue se declre la rUV;'D d 1 Resolución No. 7611 de fecha 22 de septiembre de 1.75 dictada por el ?int río de Defensa ciora1 0 u., com con ecueticia de 1 ULID?D, iwpetrda# se declare quC el ser.or XSAEL ENrICU;,: v' tiene c1erc a que dentro de los haberes sobre lon cuales le 1icuid6 el P11t4iterjo de Defensa sus tioeø sociales. se Incluye un 15% delsueldo berUco por razdn de la prime de a tividdde ue se ordene el rconocien to y pago, por prte del MIP11t4iterjo de Defensa sus tioeø sociales. se Incluye un 15% delsueldo berUco por razdn de la prime de a tividdde ue se ordene el rconocien to y pago, por prte del MIni e j nis río de Defensa Ncjcaj. :el. valor ce las JIL'- encia rísuitantrs ¿. fvor iel vt..r. n vi rtud de ¿ reliquidci6n prstcio:øl rfrida. JQs ue deben ' : CtU»re deflttø- 10061 a 2 a del término ea1do en el Att. 121 del C.Ç unuamente su petición en lor si<7uient ,os 01Qikl Mjni-t rio de Def ipnsa Ucioe6, por medio de1 flo1ucionea nmt?roá 13 y 7435 de 1.970 re.. conoció. p partir del 1 de n1ro de 1.970 si eor Ismael. nrique Vera Vera. en su conuición de exmpieado civil de esa entidzd una pensión mensual de jubilci6n eqive1ent. sI 75% de sus hb.r€s percibido» en promedio durante su di. timo aiio de srvicio., así cornos une corantj.m. N251 DentrodW los hbsra sobre lov cuales se 1iuidaron las rfr14is pr tciore se emitió incluir la prima de ctivi.d rAISP en forma permanente, percibió mi poderuante en cueritia el 15% de su sueldo biíiioo. 0354_Con fecha 5 de diciembre de 1.973 se solicitó si Mini't rio de Defí!na tíacio al e] rauate de
poderuante en cueritia el 15% de su sueldo biíiioo. 0354_Con fecha 5 de diciembre de 1.973 se solicitó si Mini't rio de Defí!na tíacio al e] rauate de tode lts pr ttcioee reconcidaso pare eue •e reliquiden incluyQndo dentro e los hber.• que se to ron como bese pa... re le u :.tdici6n, e' 15% de1euldo bsico de la prima de actividad. ptición este que fue r gpta ':edinte el a~ lopugnado".
Como djWoUCjc: nes vii'U cite él art. 2 de le Ley 65 de 1946v arta. 17 y 30 de la Conteitución Macíonaly Decreto 4239 de 1952v L)0ceto 351 de 19647 J'Sy 44 de 1966v úcr etc 992 de 1967v Decreto-Liey 188 4 1968, Ley 5 de 1969 y los a .t. 99 y 22 del Código u,tantivo del ni r h,j o , fe expone el concepto d la vioi,cidn de ese@ normap por 10 ctor, CuEEdOS.OLOMBIA CIONAL 10061 a 3 a L $ ÇUfla d. le 'or:orción conc.p.... tus a las ticjçnçr del denanJaflte. £Jecutorieuu el rnitc de cltaci6n p're sentencia sin iie se observe cw'l de nutid ed •ue inv&.ide lo so.. tundo, ci Tribun8lbcd. el proceso, prvi lar, iguientee C I ES Al folio 25 del pecliente. hay certificnci6n
cia sin iie se observe cw'l de nutid ed •ue inv&.ide lo so.. tundo, ci Tribun8lbcd. el proceso, prvi lar, iguientee C I ES Al folio 25 del pecliente. hay certificnci6n do la DiVisi6n de Archivo (en, al del Minir etio de De enea Naciosi. de que el ator es ab percibiendo pira in fecha del tiro la prima de activLad. siñ inbrgb, eta partida no fui incluS dentro de 1."ax que e toçrrOn COmO bese para liq lidorla la penicn de jubi1ci6n y l a cesantía. D• conforidd con lo etb1écic por la Ley de 1.966 y la Ley Se de 1.969 ci,rtoria de La anterior, pare efectos do liq ,11der la p0flin de jubilicidn. debe in— clufree todo lo devengado por el. traj.dor en el ilitime de iervicios,por tanto lje prlmü i..Jctividad es rte in— tegrante del salario y debe tenrre en cuenta pare esos ef. tos. E1 auxilio de cefentía tepgdn lo diepon el artículo 49 del Lereto 239 de 1952 y el eticulo 4° del De— creta 992 de 1.967 # debe li:uiLrae con be en todos los h beres devengados, por tanto también debe ner Incl1,1da pare tal efecto &a prima de it, tivtuad. Por lo cua], 0 el ramet.. te que 1a ro1uci6n iwpugnde ea violtoria de ls normas ci t . ::ta a.-OLOMBIA CIONAL #10061 - 4
te que 1a ro1uci6n iwpugnde ea violtoria de ls normas ci t . ::ta a.-OLOMBIA CIONAL #10061 - 4 Corno el e ctor fue rtiredo el 19 de octubtl de 1.969, cu tc>dv1€i sc, encont rbe esi.encia el Decreto 239 cIa 1.971 tiene de ech a que re Le incluya en la li.. qi4dci6n de la ceintia y la peni6n de jubiLcidn la partide crespondiente a la rime ck actívidad e Lo antoirior e& su'tcinte para que el Tribunal Contencioso ¡ninístrtiVo de Oaninanrcao dinistrafl do jue ida en noui:'re de la Repti -lico de Co1owbi y por nutoridad de la L.r. - -
- ALI3E $ IQ.- Decl árame la nulidad ce la RsOluCidn No. 711 de 22 de eeptiornLre de 1.975, d.tcta34 por el Mini8terio de Deana t4ecional.
299El Nin1tcrio de Defene Ncicia1 rjutaré al. Dr. Iwrel Inrique Vera Vera, e p;rt1r de le feche de su r'tiro@ la penri6n ue jubilci6n y .1 auxilio de csfltas ic1uyendC en le partides la Correspondiente a la prime ctiviced ue 1 eíor 1e1 Inrizuft Vera Vera. vena percibiendo. 39,.. l Mint'rio u. Defensa Lcic el procederá e pfortuer el reajuste orden, dentro del termino eela prime ctiviced ue 1 eíor 1e1 Inrizuft Vera Vera. vena percibiendo. 39,.. l Mint'rio u. Defensa Lcic el procederá e pfortuer el reajuste orden, dentro del termino eetb1eci& en el art. 121 del Código llontencioso drninistrstivo. Cdpiee. notifique y c6ns11teee con «1 no Consejo de tdo. /%prob' en la &eeión No.