TA CUN - 10102-(10-02-1998)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - 10102-(10-02-1998)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1998
DOBLE ELECCION DE PERSONERO
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCION PRIMERA
SANTAFE DE BOGOTA, D. C., diez (10) de Febrero de mil novecientos noventa y ocho (1998).
MAGISTRADO PONENTE: DR. HERIBERTO REYES VARGAS.
REFERENCIA : EXPEDIENTE N°. 10. 10 2.- 02.-
DOBLE DOBLE ELECCION DE PERSONERO EN EL
MUNICIPIO DE PANDI.
El señor Alcalde Municipal de PANDI, de conformidad con lo establecido por el Artículo 101 del Decreto 1333 de 1986 en oncordancia con la Ley 136 de 1994, remitió los documentos que obran del Folio 3 al 18 para que de conformidad con su escrito ésta Corporación Resolviera sobre la doble elección de Personero, con fundamento en los siguientes "HECHOS 1-. El día 26 de diciembre de 1997 la Dra. LUISA FERNANDA ARANGO BOTERO, presentó renuncia de su cargo como Personera Municipal a partir del 30 de Diciembre de 1997, ante el señor Alcalde de la localidad JOSE CUBILLOS VELAZQUEZ 2-.Por Decreto 032 de fecha Diciembre 30 de 1997 el señor Alcalde ... aceptó la renuncia presentada por la Dra..... 3, Por Decreto 033 de fecha diciembre 31 de 1997 el Alcalde ... nombró al Doctor MARIO DANIEL VELANDIA FRANCO en el cargo de Personero Municipal en interinidad a partir del 31 de Diciembre de 1997. 4-. Por Decreto 003 de fecha Enero 2 de 1998 el suscrito Alcalde revocó el
Doctor MARIO DANIEL VELANDIA FRANCO en el cargo de Personero Municipal en interinidad a partir del 31 de Diciembre de 1997. 4-. Por Decreto 003 de fecha Enero 2 de 1998 el suscrito Alcalde revocó el Decreto 033 de Diciembre 31 de 1997 por el cual se nombró en interinidad al Doctor MARIO DANIEL VELANDIA FRANCO y ordenó oficiar al Concejo Municipal que se encontraba en sesión, a fin de que procediera a la elección del Personero para el período faltante, teniendo en cuenta que se presentaba falta absoluta del referido funcionario. 5-. Por Oficio 000286 del 7 de Enero de 1998 el Concejal en ejercicio Doctor LUIS EDUARDO CRUZ RODRIGUEZ, presentó consulta a la Dirección para la Descentralización de la Gobernación de Cundinamarca (OFICINA JURÍDICA), sobre la competencia respecto a la elección del Personero Municipal para el período faltante es decir, del 5 de Enero de 1998 al 28 de Febrero de 1998. 6-. Por oficio 00263 de hecha 8 de Enero de 1998 la Dirección para la Descentralización de la Gobernación de Cundinamarca absolvió la consulta anterior concluyendo "El actual Concejo Municipal debe nombrar alEXP.N°. 10. 102. 2 Doble Elección de Personero en Pandi. Personero para el período restante, es decir, el comprendido entre el 5 de Enero y el 28 de Febrero de 1998. ". 7-. Fundamentado en lo anterior y teniendo en cuenta la sesión programada para el 9 de Enero de 1998,de conformidad con el inciso 1 del Artículo 172 de
Enero y el 28 de Febrero de 1998. ". 7-. Fundamentado en lo anterior y teniendo en cuenta la sesión programada para el 9 de Enero de 1998,de conformidad con el inciso 1 del Artículo 172 de la Ley 136 de 1994 que expresa "En caso de falta absoluta el Concejo procederá en forma inmediata a realizar una nueva elección para el período restante "procedí a oficiar al Presidente del Concejo Municipal insistiendo en la elección del Personero Municipal. 8-.En la Sesión del 9 de Enero de 1998 el Concejo Municipal eligió al Doctor OSCAR CORREA ALZA TE identificado con ... y con la T. P. ... del C. S de la J., como Personero Municipal para el período del 9 de Enero al 28 de Febrero de 1998. 9, El Personero Electo en la misma fecha 9 de Enero de 1998 tomó posesión del cargo ante la Mesa Directiva de la Corporación que lo eligió. 10-. Mediante oficio 002 de fecha Enero 10 de 1998 el Presidente del Concejo Municipal le informó al suscrito sobre la elección del Personero Municipal. 11-. Mediante memorial anexo el Doctor OSAR CORREA ALZA TE ofició al Doctor MARIO DANIEL VELANDIA FRANCO, a fin de solicitarle la entrega del Despacho y demás bienes de la Personería, sin obtener respuesta hasta la fecha. 12-. Por medio de oficio de fecha Enero 11 de 1998 el Doctor MARIO VELANDIA FRANCO planteó, ante el suscrito el conflicto de elección de dos o más Personeros de acuerdo con el Artículo 101 del Decreto 1336 de 1986 sin aportar documentación alguna. 13-. El Doctor OSCAR CORREA ALZA TE presentó al suscrito los documentos
más Personeros de acuerdo con el Artículo 101 del Decreto 1336 de 1986 sin aportar documentación alguna. 13-. El Doctor OSCAR CORREA ALZA TE presentó al suscrito los documentos que lo acreditan como electo y posesionado en el cargo de Personero Municipal. 14-. A la fecha el Doctor OSCAR CORREA ALZA TE viene ejerciendo sus funciones de Personero en las oficinas que para tal efecto le adecuó la Administración Municipal. 15, El Doctor MARIO DANIEL VELANDIA FRANCO se ha negado ha hacer entrega de las oficinas y demás elementos de la Personería, argumentando que el anterior Alcalde le hizo el nombramiento, desconociendo la revocatoria que por Decreto el suscrito le hizo y además desconociendo la elección por parte del Concejo del nuevo Personero y las comunicaciones que se le han efectuado, con graves inconvenientes para la buena marcha de la Administración Municipal. PETICIONES Como quiera que con los hechos anteriores, se está demostrando el conflicto en la elección del Personero del Municipio de Pandi Cundinamarca, solicito a los Honorables Magistrados fallar con prontitud a fin de decidir con carácter definitivo si la elección del Personero se realizó con el lleno de los requisitos legales y a cuál de los dos corresponde dicha dignidad. ".EXP. No. lO.102. 3 Doble Elección de Personero en Pandi. PRUEBAS Aportó los documentos reseñados en su escrito, menos el Acta del Concejo Municipal correspondiente a la sesión en la cual se efectuó la elección del Personero. TRAMITE DE LA SOLICITUD Por auto del 16 de Enero de 1998, se le solicitó al Concejo Municipal de
Municipal correspondiente a la sesión en la cual se efectuó la elección del Personero. TRAMITE DE LA SOLICITUD Por auto del 16 de Enero de 1998, se le solicitó al Concejo Municipal de PANDI copia del Acta N°. 002 de la Sesión del 9 de Enero de 1998 en la cual fue elegido Personero Municipal el Dr. OSCAR CORREA ALZATE. Recibido el texto completo del Acta citada, encuentra la Sala que el Concejo Municipal de PANDI en su Sesión del día 9 de Enero de 1998 eligió Personero para el PERIODO ENERO A FEBRERO 28 DE 1998, (FOLIO 30) al Dr.
OSCAR CORREA ALZATE.
Obran además pruebas del "nombramiento del Doctor MARIO DANIEL VELANDIA FRANCO en el cargo de PERSONERO MUNICIPAL en INTERINIDAD a partir del 31 de Diciembre de 1997,", Decreto 033 del 31 de Diciembre de 1997, Folio 5; de su posesión en1el cargo, Folio 6; y del Decreto 003 del 2 de Enero de 1998 mediante el cual se revoca el Decreto 033 de 1997
"POR MEDIO DEL CUAL SE NOMBRÓ EN INTERINIDAD EN EL
CARGO DE PERSONERO MUNICIPAL AL DR. MARIO DANIEL
VELANDIA FRANCO.".
Revocado el nombramiento del Doctor VELANDIA FRANCO como Personero Municipal de Pandi y elegido para el resto del período que termina a finales de éste mes el Doctor CORREA ALZATE, no se presenta la figura consagrada en el Artículo 101 del Decreto 1333 de 1986 por cuanto sólo está vigente la elección realizada por el Concejo Municipal en la sesión del 9 de
finales de éste mes el Doctor CORREA ALZATE, no se presenta la figura consagrada en el Artículo 101 del Decreto 1333 de 1986 por cuanto sólo está vigente la elección realizada por el Concejo Municipal en la sesión del 9 de Enero de 1998 contenida en el Acta N°. 002. Para la Sala no existe la doble elección de Personero y en consecuencia se abstendrá de conocer de la misma.
POR LO EXPUESTO, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA,
RESUELVE:
10. ABSTENERSE DE CONOCER SOBRE LA DOBLE ELECCION DE --
PERSONERO MUNICIPAL EN PANDI, POR CUANTO NO EXISTE
LA FIGURA CONSAGRADA EN EL ART. 101 DEL DECRETO 1333
DE 1986. 2°.- ORDENAR QUE UNA VEZ EN FIRME ESTA PROVIDENCIA SE COMUNIQUE DE INMEDIATO A LOS SEÑORES ALCALDE, PERSO----
NERO Y PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PANDI.
CÓPIESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Discutido y aprobado en Sesión de Sala de la fecha. ACTA N°. 015.-EXP.N°. 10. 102. 4 Doble Elección de Personero en Pandi.