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TA CUN - 10111-(03-06-1977)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 10111-(03-06-1977)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1977

ESMTIAS4quid.ac i6u que debe demandarse es el acto que oontiehe la verdadera Iesici6n administrativa y no aquel que contiene simples operaciones aritméticas que . (r'f• ' -son la base del acto que debe acusarse. junio tres do oil noveciono3 uet.crita 4y siete b&JY LfL 11,.,,gistrado ponent IG1J i310 UF: proceao )o. 0.111.- ioto .ciona1e

)etnianteV ct1 ]zjnu.-

II ., 1 ediante apoderado y'en ejercicio .e Im acci6n de plena jurluclicci6n, uoioita a este Tribunal el wioz , Vfc= , .or Elías Lozano , declare p4ircialmente nub el acto adrl—. nttrativu por sodio tel cual se realíz6 la liquidación de eesantía cono servidor de la Lnpreaa nacional de Telecomunicaciones "!}IJC0LZ", en cuanto por 41 se le ne6 el derec10 a recibir la totalidad de esa prctaci6n por sus servicioa prestadoH a la oic lonada empresa al disponer su conlaoión en 30 de junio de 1.957, y que corno ooneeouncia ue Le ratablezoa un su dereoo ordenando al pago de su ceaantia definitiva por todo el tiempo , laborado en Telecoa a partir del U de ~uz>do 1.948 hata e]. 31 de dioiebre de 19968 9 incluaive, con basa en un promedio mensual de $ 3.677.47 computando las partidas Correspondientes lo cual arroja una diferencia entre lo liquidado y lo ue Be

de 19968 9 incluaive, con basa en un promedio mensual de $ 3.677.47 computando las partidas Correspondientes lo cual arroja una diferencia entre lo liquidado y lo ue Be 28.319.87.

:s relatan en antei,1c uienteø c. eler V.otor fl.ít ozaro fud funcionario de L XI e. Pacional de Te leo ounicacice desde el 12 de febrero de 1.948 hasta ci 31 de dieietbre de 1.968, inclusive hbitado deven do en el año de 1.968 un proeUio eenauu1 de t 3. 677.47 determinante de un factor csalarial aua1 44.129.65 conforne a la 1iquiaci6n k1eOLa por la Esprea; que al acar la 1iuidacin de ceaantfa, duta2 ( Juicio No. 10.111) fue' oonglada por el tiempo de servicios comprendido entre el 19 de febrero de 1.948 al 30 de junio do 1.957,mplioando Lao (3iapoaioion&s del Decreto 0118 do 1.957, que rige unicamerte para loa trabajadores particulares 1 para las empresas descentralizadas • no para los empleados de Telecom que tienen el carcter de funoionariou pdblicoa, actuación que de— termin6 la liquidaoi5n de una suma inferior a la que le correspondla por este concepto.

DISOIC(JT

VIOLUAJ Y 00NCEPi0 DE Ik V1&cI0t Cita como disposiciones violadas las siguientes: arte. 17 de la Ley 69 de 1.945; 32 de la ley 61 U. 1.946; 39 del DeVIOLUAJ Y 00NCEPi0 DE Ik V1&cI0t Cita como disposiciones violadas las siguientes: arte. 17 de la Ley 69 de 1.945; 32 de la ley 61 U. 1.946; 39 del Decreto 2935 de 1.966; 39 del becretp 1596 del mismo akio; 30 de la Conetitucidn Nacional, sobre el concepto de la violaci6n de las anteriores ciopoaicionca el zonor apoderado discurre en propiedad. coci'ro DELMINIEkIO IfliLIC0: La ae1ora fiscal 12 del Tribunal al emitir su concepto de fondo conoeptda. que .1 Tribunal deberd abstenerse de fallar en el fondo el negocio, porque ue demandé una uuidaoi6n de cesantía acto de mero tramite, liquidación pro-forma y no un acto administrativo propiamente dicho (f.l). C ON iI1)EhAC I0NbJ D} L TEt IBUNiL: Late Tribunal ha venido negando la adsiei6n de demandas iguales, por las siguientes razoneez "a)- La juriadiccidn oontencioao-adniniatrutiva esta matituida para definir los negocios originados en las decisiones que tome la adLiniatraoidn.. . ."eto. (rt. 29 9 'ecreto 528 de 1.964).$ 3 ( Juicio bu, 1.111) "b)-xiVirtí ocurrir en demanda ante lo oontcrcioso adriiniatrativo ea necsario que os haya agotado la vta ues,nativa, Lo que se ntunderd ouaixdo Loa actoa o providencias respectivas no en susceptibles de ninguno de luo recursos estab1eojdos....' ( ,rt. 32 C.C.A; 12 y 13 del .ecreto 2733 de 1.959). "0)-La ac0:6n encaniw&dü a obtener una reparaoi6n por leai6n de derechos particulares prescribe ... al cabo de cuatro sesee a partir de la publioaoidn, notificacidn o ejecuoidn del acto ....( rt. 83 (.C..). "d)- La acoidn de nulidad procede oontr loo actos adinistatioe cuando son violatorioe de la Conatituci8u, la ley, las Ordenanzas, los Acuerdos, los reg1arntoe ejecutivos, o sea de una norsa de jerarqufa superior aegdn el acto de que se trate o quien Lo haya expedido. Y no adio por loe anteriores motivos, " sino también cuando han sido expedidos en forma irreular, o con abuso o 8taviaci6n de las atribuciones propias del funcionario o oorporocidn que los prtiere ". ( a.62 a 67 C.C.A). "e)- i. la demanda deberd acompañarse una copia del acto acusado. OQfl las constancias de su publioaoidn, notif leaci6n o ejecucidn, eegdn loe casos " ( Arti 86 C.C..) El documento presentado no contiene propiamente un acto adiiniatrativo, pues no decide una petict6n del aeor Victor',lías Lozano ; ni se sabe si Jote le hizo alguna psEl documento presentado no contiene propiamente un acto adiiniatrativo, pues no decide una petict6n del aeor Victor',lías Lozano ; ni se sabe si Jote le hizo alguna pstici&i a TELÉ:(0M; ni el le fuá negada o concedida; ni cuando o deedo qué dfa se considera letdonado el deraníante; ni si existe un derecho suyo , civil o administrativo, que d. I serle reconocido; ni en qué forma podrfa ser restablecido en su derecho '.4 ( f7uICIO vio. 10. 11.1) .or o uer el ioOunto acuaucio un acto aittr&tivo, la c uencia ¿a rudeate ua l ue abuLüii#jrae de pro&tuuoir una eniertcta de 6rito quL. tejata i ai1vo los pon¡. b1et derechos del empleado o trubujdor, las cuales le se--. rÇn definidos oun4o haga la petioi6n formal, y sobre ¡lis se pronuncio la erapreua del Estado. Ln méritu c4e lu c.ipueuto. el Tribunal Conteoioøo Ad.- aizu.a'tralivo de Cunin rca, 4 .niatraud ,juticia en nostre úe lt& epdblic e Cullombia y por autoridad de la ley o e cue;do con su fí1 ,1cal 1, £E as roxuncir la Uente ncia que resuelva las peticiones (is la deuawia con que 3U Ori.Ud ente procoo. C4pioaü, nottqueue y oou.que&o. (robao en la esin del da lTVi. JIN ; U ILi!O 0i IC UEZ :L}U

C4pioaü, nottqueue y oou.que&o. (robao en la esin del da lTVi. JIN ; U ILi!O 0i IC UEZ :L}U MIGlik L k2TOWIO (ÁR1NMi Y. LLV.k. C) 1kCCME W iBETG Mo:.E;:o c;.ir 111 r`1.1U ;i)J cuÁ:NIzc çA T .Á.JJ.j Marco ¿ilio Celia B. .secretario. —b.UL cctc N.

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